Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-12797)
Resolución de 12 de junio de 2025, del Consorcio para la Construcción, Equipamiento y Explotación del Laboratorio de Luz Sincrotrón, por la que se publica el Convenio con la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., para la realización conjunta del proyecto de I+D+i «Metaloperando».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 23 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 83354
Los intervinientes se reconocen capacidad legal para formalizar el presente
convenio, y a tal efecto,
EXPONEN
1.º Que la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación,
en su artículo 34.1, establece que los agentes públicos del Sistema Español de Ciencia,
Tecnología e Innovación, incluidos las Universidades públicas, los Organismos Públicos
de Investigación de la Administración General del Estado, los organismos de
investigación de otras Administraciones Públicas, y los Institutos e instituciones del
Sistema Nacional de Salud, podrán suscribir contratos y convenios sujetos al derecho
administrativo.
Asimismo, el artículo 34.1 de la citada Ley 14/2011 prevé que podrán celebrar estos
convenios y contratos, los propios agentes públicos entre sí, o con agentes privados que
realicen actividades de investigación científica y técnica, nacionales, supranacionales o
extranjeros, para la realización conjunta de las siguientes actividades: a) proyectos y
actuaciones de investigación científica, desarrollo e innovación; b) creación o
financiación de centros, institutos, consorcios y unidades de investigación, e
infraestructuras científicas; c) financiación de proyectos científico-técnicos singulares; d)
formación de personal científico y técnico; e) divulgación científica y tecnológica y f) uso
compartido de inmuebles, de instalaciones y de medios materiales para el desarrollo de
actividades de investigación científica, desarrollo e innovación.
2.º Que el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP), regula, entre otros, los convenios
establecidos entre las Administraciones Públicas, los organismos públicos y entidades de
derecho público entre sí o con sujetos de derecho privado para colaborar en proyectos
de interés mutuo.
3.º Que el CELLS es un consorcio de carácter público de los previstos en el
artículo 3.1.b) de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, integrado
por la Administración General del Estado y por la Administración de la Generalidad de
Cataluña, que desarrolla sus actividades en el área de producción y usos científicos de
radiación sincrotrón y que tiene por objeto construir, equipar y explotar un laboratorio de
luz sincrotrón y promover la investigación basada en su uso. Actualmente se encuentra
adscrito a la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Ciencia,
Innovación y Universidades.
4.º Que el CELLS ha construido y equipado el laboratorio de luz sincrotrón ALBA,
ubicado en el término municipal de Cerdanyola del Vallès (Barcelona), encontrándose en
explotación desde el año 2012. La citada entidad es un centro de investigación y
tecnológico del más alto nivel en el que trabajan científicos y técnicos con alta
cualificación orientados al desarrollo de distintas iniciativas de investigación, desarrollo e
innovación en distintos ámbitos tales como la energía, el medio ambiente, las ciencias de
la vida, la biotecnología, la nanotecnología, la microelectrónica, el patrimonio cultural,
etc., mediante el uso de las avanzadas técnicas de luz sincrotrón de sus laboratorios
experimentales.
En febrero de 2024 el ALBA-CELLS obtuvo el reconocimiento de la Comisión
Europea «HR Excellence in Research» (HRS4R) como integrante de la Estrategia de
Recursos Humanos para Investigadores. Este sello reconoce el compromiso del CELLS
con el desarrollo de una estrategia de recursos humanos para el personal investigador
aplicando los principios de la Carta Europea del Investigador y el Código de Conducta en
la contratación de investigadores.
5.º Que el CSIC, de conformidad con el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio,
de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación («Ley de la Ciencia»), es un Organismo
Público de Investigación (OPI) de la Administración General del Estado, adscrito al
Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, a través de la Secretaría General de
Investigación. Su objetivo fundamental es desarrollar y promover investigaciones en
cve: BOE-A-2025-12797
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 150
Lunes 23 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 83354
Los intervinientes se reconocen capacidad legal para formalizar el presente
convenio, y a tal efecto,
EXPONEN
1.º Que la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación,
en su artículo 34.1, establece que los agentes públicos del Sistema Español de Ciencia,
Tecnología e Innovación, incluidos las Universidades públicas, los Organismos Públicos
de Investigación de la Administración General del Estado, los organismos de
investigación de otras Administraciones Públicas, y los Institutos e instituciones del
Sistema Nacional de Salud, podrán suscribir contratos y convenios sujetos al derecho
administrativo.
Asimismo, el artículo 34.1 de la citada Ley 14/2011 prevé que podrán celebrar estos
convenios y contratos, los propios agentes públicos entre sí, o con agentes privados que
realicen actividades de investigación científica y técnica, nacionales, supranacionales o
extranjeros, para la realización conjunta de las siguientes actividades: a) proyectos y
actuaciones de investigación científica, desarrollo e innovación; b) creación o
financiación de centros, institutos, consorcios y unidades de investigación, e
infraestructuras científicas; c) financiación de proyectos científico-técnicos singulares; d)
formación de personal científico y técnico; e) divulgación científica y tecnológica y f) uso
compartido de inmuebles, de instalaciones y de medios materiales para el desarrollo de
actividades de investigación científica, desarrollo e innovación.
2.º Que el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP), regula, entre otros, los convenios
establecidos entre las Administraciones Públicas, los organismos públicos y entidades de
derecho público entre sí o con sujetos de derecho privado para colaborar en proyectos
de interés mutuo.
3.º Que el CELLS es un consorcio de carácter público de los previstos en el
artículo 3.1.b) de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, integrado
por la Administración General del Estado y por la Administración de la Generalidad de
Cataluña, que desarrolla sus actividades en el área de producción y usos científicos de
radiación sincrotrón y que tiene por objeto construir, equipar y explotar un laboratorio de
luz sincrotrón y promover la investigación basada en su uso. Actualmente se encuentra
adscrito a la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Ciencia,
Innovación y Universidades.
4.º Que el CELLS ha construido y equipado el laboratorio de luz sincrotrón ALBA,
ubicado en el término municipal de Cerdanyola del Vallès (Barcelona), encontrándose en
explotación desde el año 2012. La citada entidad es un centro de investigación y
tecnológico del más alto nivel en el que trabajan científicos y técnicos con alta
cualificación orientados al desarrollo de distintas iniciativas de investigación, desarrollo e
innovación en distintos ámbitos tales como la energía, el medio ambiente, las ciencias de
la vida, la biotecnología, la nanotecnología, la microelectrónica, el patrimonio cultural,
etc., mediante el uso de las avanzadas técnicas de luz sincrotrón de sus laboratorios
experimentales.
En febrero de 2024 el ALBA-CELLS obtuvo el reconocimiento de la Comisión
Europea «HR Excellence in Research» (HRS4R) como integrante de la Estrategia de
Recursos Humanos para Investigadores. Este sello reconoce el compromiso del CELLS
con el desarrollo de una estrategia de recursos humanos para el personal investigador
aplicando los principios de la Carta Europea del Investigador y el Código de Conducta en
la contratación de investigadores.
5.º Que el CSIC, de conformidad con el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio,
de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación («Ley de la Ciencia»), es un Organismo
Público de Investigación (OPI) de la Administración General del Estado, adscrito al
Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, a través de la Secretaría General de
Investigación. Su objetivo fundamental es desarrollar y promover investigaciones en
cve: BOE-A-2025-12797
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 150