Administración Local. III. Otras disposiciones. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2025-12804)
Resolución de 11 de junio de 2025, del Consejo Insular de Mallorca (Illes Balears), referente a la incoación del expediente de declaración, como bien de interés cultural, del yacimiento arqueológico Vilar de Talapi.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 150
Lunes 23 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 83423
III. OTRAS DISPOSICIONES
ADMINISTRACIÓN LOCAL
12804
Resolución de 11 de junio de 2025, del Consejo Insular de Mallorca (Illes
Balears), referente a la incoación del expediente de declaración, como bien
de interés cultural, del yacimiento arqueológico Vilar de Talapi.
En la sesión del día 30 de mayo de 2025, la Comisión Insular de Patrimonio Histórico
de Mallorca, acordó, entre otros, el siguiente:
1. Incoar el expediente de delimitación del yacimiento arqueológico Vilar de Talapi
situado en el polígono 15 parcelas 351, 352, 353 y 354, del término municipal de Sa
Pobla, según la descripción y la delimitación de su entorno de protección que figuran en
el informe técnico de 19 de mayo de 2025, que se adjunta y forma parte integrante del
presente acuerdo.
2. Suspender la tramitación de las licencias municipales de parcelación, de
edificación o de derribo en la zona afectada y, también, la suspensión de los efectos de
las licencias ya concedidas. Cualquier obra que haya que realizar tendrá que ser
previamente autorizada por la Comisión Insular de Ordenación del Territorio, Urbanismo
y Patrimonio Histórico.
Esta suspensión dependerá de la resolución o de la caducidad del procedimiento.
3. El acuerdo de declaración se tendrá que adoptar en el plazo máximo de veinte
meses contadores desde la fecha de iniciación del procedimiento, el cual caducará una
vez transcurrido este plazo. Caducado el procedimiento, no se podrá volver a iniciar en
los tres años siguientes, a menos que lo pida el titular del bien.
4. Notificar este acuerdo a los interesados, al Ayuntamiento de Sa Pobla y al
Gobierno de las Islas Baleares.
5. Publicar este acuerdo de incoación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en
el Boletín Oficial del Estado, y anotarlo en el Registro Insular de Bienes de Interés
Cultural y comunicarlo al Registro de Bienes de Interés Cultural de las Islas Baleares a
fin de que se proceda a su inscripción, y a la vez comunique al Registro General de
Bienes de Interés Cultural del Estado las inscripciones y anotaciones que se realicen.
Palma, 11 de junio de 2025.–El Secretario de la Comisión Insular de Patrimonio
Histórico, Miquel Barceló Llompart.
Descripción
Introducción y antecedentes
En fecha de 16 de mayo de 2024, en el transcurso de una visita técnica en las
parcelas 1 y 2 del polígono 13 de Sa Pobla, en la finca de Talapi, se observó que en la
parcela 352 del polígono 15, donde se sitúa una parte del yacimiento del Vilar de Talapi,
hay una obra en ejecución y ha habido movimiento de tierras y excavaciones. Este
hecho da lugar a un informe de inspección SEFYCU 3475824. Se abre el expediente
R.29369.
Día 6 de junio se emite requerimiento:
Se requiere, del Ayuntamiento de Sa Pobla, que entregue la siguiente
documentación a la Dirección Insular de Patrimonio Histórico:
1.
2.
3.
Copia del expediente municipal.
Copia de la licencia.
Informe sobre la licencia concedida sin la autorización de la CIPH.
cve: BOE-A-2025-12804
Verificable en https://www.boe.es
1.
Núm. 150
Lunes 23 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 83423
III. OTRAS DISPOSICIONES
ADMINISTRACIÓN LOCAL
12804
Resolución de 11 de junio de 2025, del Consejo Insular de Mallorca (Illes
Balears), referente a la incoación del expediente de declaración, como bien
de interés cultural, del yacimiento arqueológico Vilar de Talapi.
En la sesión del día 30 de mayo de 2025, la Comisión Insular de Patrimonio Histórico
de Mallorca, acordó, entre otros, el siguiente:
1. Incoar el expediente de delimitación del yacimiento arqueológico Vilar de Talapi
situado en el polígono 15 parcelas 351, 352, 353 y 354, del término municipal de Sa
Pobla, según la descripción y la delimitación de su entorno de protección que figuran en
el informe técnico de 19 de mayo de 2025, que se adjunta y forma parte integrante del
presente acuerdo.
2. Suspender la tramitación de las licencias municipales de parcelación, de
edificación o de derribo en la zona afectada y, también, la suspensión de los efectos de
las licencias ya concedidas. Cualquier obra que haya que realizar tendrá que ser
previamente autorizada por la Comisión Insular de Ordenación del Territorio, Urbanismo
y Patrimonio Histórico.
Esta suspensión dependerá de la resolución o de la caducidad del procedimiento.
3. El acuerdo de declaración se tendrá que adoptar en el plazo máximo de veinte
meses contadores desde la fecha de iniciación del procedimiento, el cual caducará una
vez transcurrido este plazo. Caducado el procedimiento, no se podrá volver a iniciar en
los tres años siguientes, a menos que lo pida el titular del bien.
4. Notificar este acuerdo a los interesados, al Ayuntamiento de Sa Pobla y al
Gobierno de las Islas Baleares.
5. Publicar este acuerdo de incoación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en
el Boletín Oficial del Estado, y anotarlo en el Registro Insular de Bienes de Interés
Cultural y comunicarlo al Registro de Bienes de Interés Cultural de las Islas Baleares a
fin de que se proceda a su inscripción, y a la vez comunique al Registro General de
Bienes de Interés Cultural del Estado las inscripciones y anotaciones que se realicen.
Palma, 11 de junio de 2025.–El Secretario de la Comisión Insular de Patrimonio
Histórico, Miquel Barceló Llompart.
Descripción
Introducción y antecedentes
En fecha de 16 de mayo de 2024, en el transcurso de una visita técnica en las
parcelas 1 y 2 del polígono 13 de Sa Pobla, en la finca de Talapi, se observó que en la
parcela 352 del polígono 15, donde se sitúa una parte del yacimiento del Vilar de Talapi,
hay una obra en ejecución y ha habido movimiento de tierras y excavaciones. Este
hecho da lugar a un informe de inspección SEFYCU 3475824. Se abre el expediente
R.29369.
Día 6 de junio se emite requerimiento:
Se requiere, del Ayuntamiento de Sa Pobla, que entregue la siguiente
documentación a la Dirección Insular de Patrimonio Histórico:
1.
2.
3.
Copia del expediente municipal.
Copia de la licencia.
Informe sobre la licencia concedida sin la autorización de la CIPH.
cve: BOE-A-2025-12804
Verificable en https://www.boe.es
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