Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030. III. Otras disposiciones. Ciudad de Ceuta. Convenio. (BOE-A-2025-12671)
Resolución de 12 de junio de 2025, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio de colaboración con la Ciudad de Ceuta, para la ejecución de proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 149

Sábado 21 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 82528

Niveles Altos (DANA) entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024, permite la
ampliación de plazos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia mediante
su disposición adicional sexta. Esta posibilidad de ampliación se fundamenta en el
artículo 8 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12
de febrero de 2021, y en la interpretación de la Comisión Europea, considerando la
normativa nacional y comunitaria vigente.
Por ello y de conformidad, tras previa consulta por escrito con la Secretaría General
de Fondos Europeos, se flexibilizan los plazos de cumplimiento de los objetivos CID, en
los siguientes términos:
– CID n.º 326, hasta el día 1 de junio de 2025.
– CID n.º 470, hasta el día 1 de junio de 2025.
– CID n.º 322, hasta el día 1 de septiembre de 2025.
Tercera.

Cambio de denominación de proyecto.

Por petición expresa de la Ciudad Autónoma de Ceuta se modifica el proyecto n.º 2,
que se denominaba anteriormente «Construcción de edificio anexo a la actual residencia
pública de mayores Virgen de África en la Ciudad Autónoma de Ceuta», y que pasará a
denominarse en lo sucesivo «Reforma y modernización de la residencia pública de
mayores Virgen de África».
Cuarta.

Perfeccionamiento y vigencia de la adenda.

La presente adenda se perfecciona desde el momento de su firma por las partes, y
será eficaz una vez inscrita, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en
el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector
público estatal. Asimismo, se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» en el plazo
de diez días hábiles desde su formalización.
Su plazo de vigencia será el mismo que el del convenio al que se refiere, es decir,
hasta el 31 de diciembre de 2026, sin posibilidad de prórroga.
Y, en prueba de conformidad, las partes intervinientes firman la presente adenda con
la fecha de la última firma electrónica (10 de junio de 2025).–Por el Ministerio de
Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, el Ministro, Pablo Bustinduy Amador.–Por
la Ciudad Autónoma de Ceuta, la Consejera de Sanidad y Servicios Sociales, Nabila
Benzina Pavón.
«ANEXO III
Descripción de los proyectos a desarrollar por la Comunidad Autónoma:
Ciudad Autónoma de Ceuta
Centro de alojamiento menores «Ceuta Siglo XXI»

Línea: C22.I2

a) Descripción de la inversión.

Construcción de un centro para el alojamiento temporal de los MENAS que permita su adecuada atención, su
formación y su integración social.

b) Implementación de la
inversión.

La inversión se realizaría a lo largo de los ejercicios 2023/2025 En el primero de ellos se confeccionaría el
proyecto y se iniciarían las actuaciones de cimentación, estructura y cerramiento. En el segundo y tercer
ejercicio se terminarían las actuaciones edificativas y tecnológicas. Y, además, en el tercer ejercicio se llevaría
a cabo el equipamiento y puesta en funcionamiento.

c) Presupuesto del proyecto.

La inversión total es de 6.300.000 euros.

cve: BOE-A-2025-12671
Verificable en https://www.boe.es

H/O CID 325
Proyecto n.º 1