Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Extremadura. Convenio. (BOE-A-2025-12674)
Resolución de 12 de junio de 2025, del Consorcio Centro de Investigación Biomédica en Red, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Extremadura, para la promoción e impulso de la investigación en el área temática de Bioingeniería, Biomateriales y Nanomedicina. Unidad 16 de Nanbiosis.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 21 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 82552

Las partes se reconocen recíprocamente la capacidad y competencia necesarias
para la firma de este convenio y, por este motivo,
INDICAN
I. Ámbito normativo
I. Corresponde a la Administración General del Estado, en virtud de lo establecido
en el artículo 149.1.15 de la Constitución, la competencia exclusiva sobre el fomento y
coordinación general de la investigación científica y técnica.
II. La Ley 14/2007, de 3 de julio, de Investigación biomédica, contempla el fomento
y la promoción de la actividad investigadora en el Sistema Nacional de Salud y prevé la
colaboración y participación para la ejecución de programas o proyectos de
investigación.
III. El artículo 47 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público (LRJSP), define los convenios como aquellos acuerdos con efectos
jurídicos adoptados por las Administraciones Públicas, los organismos públicos y
entidades de derecho público vinculados o dependientes o las Universidades públicas
entre sí o con sujetos de derecho privado para un fin común.
IV. La Orden Ministerial SCO/806/2006, de 13 de marzo, por la que se aprueban las
bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a financiar estructuras
estables de investigación cooperativa, en el área de biomedicina y ciencias de la salud,
establece que los CIBER tienen como objeto:
a. Impulsar la investigación de excelencia en Biomedicina y Ciencias de la Salud
que se realiza en el Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología, mediante el desarrollo y
potenciación de estructuras estables de Investigación Cooperativa.
b. Promover y financiar, a través del Instituto de Salud Carlos III, O.A, M.P., la
asociación estable de grupos de investigación pertenecientes a centros de investigación,
en las diversas modalidades de Investigación Cooperativa en Red (Centro de
Investigación Biomédica en Red y Redes Temáticas de Investigación Cooperativa en
Salud), para contribuir a fundamentar científicamente los programas y políticas del
Sistema Nacional de Salud en las áreas prioritarias del Plan Nacional de I+D+I.
c. Generar grandes Centros de Investigación traslacional estables, de carácter
multidisciplinar y pluriinstitucional, donde se integre la investigación básica, clínica y
poblacional, al objeto de desarrollar un único programa común de investigación,
focalizado en ciertas patologías que son relevantes para el Sistema Nacional de Salud
por su prevalencia o que, debido a la repercusión social de las mismas, son
consideradas estratégicas para el mismo.
II.

Exponen

I. Que la UEX es una entidad de Derecho Público de carácter multisectorial y
pluridisciplinar que desarrolla actividades de docencia, investigación y desarrollo
científico y tecnológico, que actúa conforme a lo establecido en la Ley Orgánica 2/2023,
22 de marzo, del Sistema Universitario, y cuyos fines son:
a) La preparación tanto para el ejercicio de actividades profesionales que exijan la
aplicación de conocimientos y métodos científicos como para el ejercicio de la creación
artística mediante la impartición de las correspondientes enseñanzas.
b) La creación, el desarrollo y transmisión crítica de la ciencia, de la técnica y
tecnología, de las ciencias humanas y sociales, así como de las artes, con el fin de servir
a la sociedad, en la satisfacción de sus necesidades educativas, culturales y
profesionales, favoreciendo la formación permanente y libre de sus miembros.
c) La difusión, la valoración y la transferencia del conocimiento al servicio de la
cultura, de la calidad de vida y del desarrollo económico.

cve: BOE-A-2025-12674
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Núm. 149