Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2025-12648)
Resolución de 11 de junio de 2025, de la Universitat de Valencia, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
63 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 149
Sábado 21 de junio de 2025
Sec. II.B. Pág. 82356
señalados, deberán presentar declaración jurada o promesa de no hallarse separadas de
sus respectivos cónyuges.
b) Documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos que señala la
base segunda para participar en los concursos de acceso, excepto en el caso de los
títulos de Doctor/a expedidos por la Universitat de València o de cualquier otro requisito
cuya acreditación documental obre en los archivos de esta institución, en que no será
necesario aportarlos.
La acreditación de la nacionalidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria, se
realizará mediante los documentos correspondientes, certificados por las autoridades
competentes del país de origen, traducidos al español, que será la lengua oficial en la
que tendrá lugar el desarrollo del proceso selectivo.
c) Currículum académico, docente, investigador y de gestión específico para la
categoría de la plaza (anexo II) y documentación acreditativa de los méritos alegados en
el currículum.
Cuarta.
Admisión de aspirantes.
4.1 En el plazo máximo de veinte días hábiles desde la finalización del plazo de
presentación de solicitudes, el Vicerrectorado con competencias en materia de
profesorado dictará una resolución declarando aprobada la lista provisional de las
personas candidatas admitidas y excluidas.
Dicha resolución, junto con las listas completas de las personas candidatas admitidas
y excluidas, en las que se indicarán las causas de la exclusión, se publicará en el tablón
cve: BOE-A-2025-12648
Verificable en https://www.boe.es
3.6 Las personas que opten a más de una plaza habrán de presentar una instancia
independiente para cada una de ellas, acompañada de la documentación
complementaria.
En el caso de convocatoria conjunta de plazas, se especificará en una única
instancia la primera de las plazas a las que se refiere la convocatoria, acompañada de
una única documentación complementaria y un único pago de tasas. Se considera que la
convocatoria de plazas es conjunta cuando en el anexo I, el dígito referente al «n.º de
plazas» es superior a uno.
3.7 En el caso que se convocaran de manera conjunta más de cinco plazas, se
deberá reservar la cuota legal para la cobertura con personas con discapacidad, siempre
que dichas personas superen los procesos selectivos y acrediten la discapacidad, así
como la compatibilidad con el desarrollo de las tareas. Si esta cuota no fuera cubierta,
acrecerá el resto de las plazas con carácter general.
Las personas con discapacidades deberán presentar, en su caso, junto con la
solicitud el certificado del grado de discapacidad expedido por el órgano competente.
3.8 En el caso de incidencia técnica que imposibilite el funcionamiento ordinario del
sistema o aplicación que corresponda, y hasta que aquella se solucione, la Universitat de
València podrá determinar una ampliación de los plazos no vencidos, de acuerdo con lo
previsto en el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE de 2 de octubre de 2015).
Tanto la incidencia técnica acontecida como la ampliación concreta del plazo no vencido
tendrán que publicarse en tablón de anuncios.
3.9 Los sistemas de identificación y de firma admitidos para los interesados de
acuerdo con el contenido de los artículos 9 y 10 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, son
los recogidos en la sede electrónica de la Universitat de València.
3.10 Si alguna de las personas interesadas presentara su solicitud
presencialmente, el órgano convocante la requerirá para que lo enmiende a través de la
presentación del formulario electrónico correspondiente a la presente convocatoria que
se encuentra en el entorno de tramitación electrónica de la Universitat de València, en los
términos del artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de forma que la solicitud solo
será admitida si se presenta por medios electrónicos en el canal que indica la
convocatoria y dentro de los plazos de la misma.
Núm. 149
Sábado 21 de junio de 2025
Sec. II.B. Pág. 82356
señalados, deberán presentar declaración jurada o promesa de no hallarse separadas de
sus respectivos cónyuges.
b) Documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos que señala la
base segunda para participar en los concursos de acceso, excepto en el caso de los
títulos de Doctor/a expedidos por la Universitat de València o de cualquier otro requisito
cuya acreditación documental obre en los archivos de esta institución, en que no será
necesario aportarlos.
La acreditación de la nacionalidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria, se
realizará mediante los documentos correspondientes, certificados por las autoridades
competentes del país de origen, traducidos al español, que será la lengua oficial en la
que tendrá lugar el desarrollo del proceso selectivo.
c) Currículum académico, docente, investigador y de gestión específico para la
categoría de la plaza (anexo II) y documentación acreditativa de los méritos alegados en
el currículum.
Cuarta.
Admisión de aspirantes.
4.1 En el plazo máximo de veinte días hábiles desde la finalización del plazo de
presentación de solicitudes, el Vicerrectorado con competencias en materia de
profesorado dictará una resolución declarando aprobada la lista provisional de las
personas candidatas admitidas y excluidas.
Dicha resolución, junto con las listas completas de las personas candidatas admitidas
y excluidas, en las que se indicarán las causas de la exclusión, se publicará en el tablón
cve: BOE-A-2025-12648
Verificable en https://www.boe.es
3.6 Las personas que opten a más de una plaza habrán de presentar una instancia
independiente para cada una de ellas, acompañada de la documentación
complementaria.
En el caso de convocatoria conjunta de plazas, se especificará en una única
instancia la primera de las plazas a las que se refiere la convocatoria, acompañada de
una única documentación complementaria y un único pago de tasas. Se considera que la
convocatoria de plazas es conjunta cuando en el anexo I, el dígito referente al «n.º de
plazas» es superior a uno.
3.7 En el caso que se convocaran de manera conjunta más de cinco plazas, se
deberá reservar la cuota legal para la cobertura con personas con discapacidad, siempre
que dichas personas superen los procesos selectivos y acrediten la discapacidad, así
como la compatibilidad con el desarrollo de las tareas. Si esta cuota no fuera cubierta,
acrecerá el resto de las plazas con carácter general.
Las personas con discapacidades deberán presentar, en su caso, junto con la
solicitud el certificado del grado de discapacidad expedido por el órgano competente.
3.8 En el caso de incidencia técnica que imposibilite el funcionamiento ordinario del
sistema o aplicación que corresponda, y hasta que aquella se solucione, la Universitat de
València podrá determinar una ampliación de los plazos no vencidos, de acuerdo con lo
previsto en el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE de 2 de octubre de 2015).
Tanto la incidencia técnica acontecida como la ampliación concreta del plazo no vencido
tendrán que publicarse en tablón de anuncios.
3.9 Los sistemas de identificación y de firma admitidos para los interesados de
acuerdo con el contenido de los artículos 9 y 10 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, son
los recogidos en la sede electrónica de la Universitat de València.
3.10 Si alguna de las personas interesadas presentara su solicitud
presencialmente, el órgano convocante la requerirá para que lo enmiende a través de la
presentación del formulario electrónico correspondiente a la presente convocatoria que
se encuentra en el entorno de tramitación electrónica de la Universitat de València, en los
términos del artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de forma que la solicitud solo
será admitida si se presenta por medios electrónicos en el canal que indica la
convocatoria y dentro de los plazos de la misma.