Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Cantabria. Convenio. (BOE-A-2025-12596)
Resolución de 26 de mayo de 2025, de la Autoridad Portuaria de Santander, por la que se publica la Adenda de prórroga y modificación al Convenio de cooperación educativa con el Centro de Orientación e Información de Empleo de la Universidad de Cantabria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 148

Viernes 20 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 82087

EXPONEN
Primero.
Que con fecha de 4 de mayo de 2021 se firmó el Convenio cuyo objeto consiste en
regular el desarrollo de prácticas tanto curriculares (integradas en el plan de estudios)
como extracurriculares (de carácter voluntario) en la Autoridad Portuaria de Santander
para alumnos de la Universidad de Cantabria.
Segundo.
En su cláusula novena se recoge que la vigencia del convenio será de cuatro años,
pudiendo ser prorrogado en cualquier momento antes de su finalización por acuerdo
expreso de las partes por un período de hasta cuatro años adicionales.
Tercero.
Considerando las Partes que el interés en el desarrollo del objeto en base al cual se
suscribió el presente convenio subsiste en la actualidad, se muestran conformes con la
prórroga de éste por un periodo de cuatro años adicionales.
Cuarto.
Por otro lado, en su cláusula sexta se indica que «los estudiantes en prácticas
quedarán amparados en caso de enfermedad o accidente por el Seguro Escolar y/o la
cartilla personal sanitaria del alumno, así como por un seguro de accidentes personales
suscrito por la Universidad en el caso de prácticas que no lleven aparejada ayuda
económica. En el supuesto de prácticas remuneradas, quedarán cubiertos a través del
Régimen General de la Seguridad Social».
Quinto.
Tomando en consideración la reforma introducida en el Texto Refundido de la Ley
General de la Seguridad Social por el Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, de
medidas urgentes para la ampliación de derechos de los pensionistas, la reducción de la
brecha de género y el establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema
público de pensiones, que introduce una Disposición adicional quincuagésima segunda,
de «inclusión en el sistema de Seguridad Social de alumnos que realicen prácticas
formativas o prácticas académicas externas incluidas en programas de formación», que
afecta al contenido de la cláusula sexta del convenio, las partes consideran necesario
modificar esta cláusula.
Por todo ello las partes acuerdan suscribir la presente adenda, que se regirá por las
siguientes
CLÁUSULAS

Las partes acuerdan la prórroga del Convenio por cuatro años.
Segunda. Modificación de la cláusula sexta.
El primer párrafo de la cláusula sexta del convenio queda redactado en los siguientes
términos:
«Los estudiantes en prácticas quedarán comprendidos como asimilados a
trabajadores por cuenta ajena en el Régimen General de la Seguridad Social, excluidos

cve: BOE-A-2025-12596
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Primera. Prórroga del Convenio.