Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Convenio. (BOE-A-2025-12604)
Resolución de 12 de junio de 2025, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, para la ejecución de proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 148
Viernes 20 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 82242
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO
Y AGENDA 2030
12604
Resolución de 12 de junio de 2025, de la Secretaría de Estado de Derechos
Sociales, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio con
la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, para la ejecución de
proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo para
la Recuperación y Resiliencia.
El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 y la Comunidad
Autónoma de la Región de Murcia han suscrito, con fecha 10 de junio de 2025, una
Adenda de modificación del Convenio de colaboración para la ejecución de proyectos
con cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y
Resiliencia, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrita en el Registro
Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público
Estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha adenda, que
figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 12 de junio de 2025.–La Secretaria de Estado de Derechos Sociales, María
Rosa Martínez Rodríguez.
ANEXO
Adenda de modificación del Convenio de colaboración entre el Ministerio
de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 y la Comunidad Autónoma
de la Región de Murcia para la ejecución de proyectos con cargo a los fondos
europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia,
correspondiente al anexo III, nueva flexibilización y ajuste de proyectos
Don Pablo Bustinduy Amador, Ministro de Derechos Sociales, Consumo y
Agenda 2030, nombrado por Real Decreto 835/2023, de 20 de noviembre (BOE de 21 de
noviembre de 2023), en nombre y representación del Ministerio de Derechos Sociales,
Consumo y Agenda 2030, conforme a lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley 50/1997,
de 27 de noviembre, del Gobierno y en el artículo 61 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público.
Don Fernando López Miras, Presidente de la Comunidad Autónoma de la Región de
Murcia, nombrado por Real Decreto 752/2023, de 7 de septiembre, en nombre y
representación de la misma, competente para la suscripción de la presente adenda en
virtud del artículo 7.1 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen
Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de
Murcia, cuya celebración ha sido autorizada por Acuerdo de Consejo de Gobierno de 8
de mayo 2025.
Las partes, intervienen en nombre y representación de sus respectivas
Administraciones Públicas, en ejercicio de las competencias que les están legalmente
atribuidas y se reconocen mutua y recíprocamente legitimidad y capacidad suficiente
cve: BOE-A-2025-12604
Verificable en https://www.boe.es
REUNIDOS
Núm. 148
Viernes 20 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 82242
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO
Y AGENDA 2030
12604
Resolución de 12 de junio de 2025, de la Secretaría de Estado de Derechos
Sociales, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio con
la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, para la ejecución de
proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo para
la Recuperación y Resiliencia.
El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 y la Comunidad
Autónoma de la Región de Murcia han suscrito, con fecha 10 de junio de 2025, una
Adenda de modificación del Convenio de colaboración para la ejecución de proyectos
con cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y
Resiliencia, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrita en el Registro
Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público
Estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha adenda, que
figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 12 de junio de 2025.–La Secretaria de Estado de Derechos Sociales, María
Rosa Martínez Rodríguez.
ANEXO
Adenda de modificación del Convenio de colaboración entre el Ministerio
de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 y la Comunidad Autónoma
de la Región de Murcia para la ejecución de proyectos con cargo a los fondos
europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia,
correspondiente al anexo III, nueva flexibilización y ajuste de proyectos
Don Pablo Bustinduy Amador, Ministro de Derechos Sociales, Consumo y
Agenda 2030, nombrado por Real Decreto 835/2023, de 20 de noviembre (BOE de 21 de
noviembre de 2023), en nombre y representación del Ministerio de Derechos Sociales,
Consumo y Agenda 2030, conforme a lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley 50/1997,
de 27 de noviembre, del Gobierno y en el artículo 61 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público.
Don Fernando López Miras, Presidente de la Comunidad Autónoma de la Región de
Murcia, nombrado por Real Decreto 752/2023, de 7 de septiembre, en nombre y
representación de la misma, competente para la suscripción de la presente adenda en
virtud del artículo 7.1 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen
Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de
Murcia, cuya celebración ha sido autorizada por Acuerdo de Consejo de Gobierno de 8
de mayo 2025.
Las partes, intervienen en nombre y representación de sus respectivas
Administraciones Públicas, en ejercicio de las competencias que les están legalmente
atribuidas y se reconocen mutua y recíprocamente legitimidad y capacidad suficiente
cve: BOE-A-2025-12604
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