Comunidad Autónoma de CataluñaV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Planes de estudios. (BOE-B-2025-23043)
Resolución TER/ /2025, de 13 de junio, del Departamento de Territorio, Vivienda y Transición Ecológica por la que se otorga a la empresa Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima Unipersonal la autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción y la declaración de utilidad pública correspondiente al proyecto de renovación de la línea subterránea de transporte de energía eléctrica a 220 kV, simple circuito, Badalona- Guixeres (tramo Badalona – GE17) en los términos municipales de Sant Adrià de Besòs y Badalona (FUE-2024-04215920).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 147

Jueves 19 de junio de 2025

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administrativo el inicio de las obras, las incidencias dignas de mención durante su
curso, así como su finalización.
La comunicación de final de obra se acompañará con el correspondiente
certificado de dirección y finalización de la instalación que acredite que se ajusta al
proyecto de ejecución aprobado, que se han cumplido las normas y disposiciones
antes mencionadas y, en su caso, se adjuntarán las actas de las pruebas llevadas
a cabo.
6. Esta autorización se otorga sin perjuicio de terceros y es independiente de
las autorizaciones o licencias de competencia de otros organismos o entidades
públicas necesarias para realizar las obras y las instalaciones aprobadas.
7.- El peticionario será el responsable del uso, la conservación y el
mantenimiento de la instalación, de acuerdo con las condiciones de seguridad que
requiere la normativa vigente; asimismo el peticionario tomará, durante la ejecución
de los trabajos, todas las medidas de seguridad y prevención necesarias para
evitar cualquier perjuicio, tanto a los operarios que ejecuten los trabajos como a
terceras personas.
8. La Administración dejará sin efecto esta autorización administrativa por las
causas que establece el artículo 34 del Decreto 1775/1967, de 22 de julio, y en el
supuesto de incumplimiento, por parte del titular de la instalación, de las
condiciones impuestas. En este supuesto, la Administración, previa instrucción del
oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización, con todas las
consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven según las
disposiciones legales vigentes.
Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer
recurso de alzada, ante el Secretario de Transición Ecológica, en el plazo de un
mes, contado desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo que
dispone el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Barcelona, 13 de junio de 2025.- La directora general de Energía, Marta
Morera Marcé.

cve: BOE-B-2025-23043
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X