Ministerio de Defensa. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2025-12384)
Resolución 420/38278/2025, de 12 de junio, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Santiago de Compostela, para la realización de prácticas académicas externas, así como trabajos de fin de grado y de máster o estancias de doctorado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 146

Miércoles 18 de junio de 2025
Duodécima.

Sec. III. Pág. 81110

Confidencialidad.

Cada una de las partes se compromete a no difundir, bajo ningún aspecto, las
informaciones científicas o técnicas pertenecientes a la otra parte a las que haya podido
tener acceso en el desarrollo de este, siempre que esas informaciones no sean de
dominio público.
Los datos e informes obtenidos durante la realización de los trabajos continuos
finales tendrán carácter confidencial. Cuando una de las partes desee utilizar los
resultados parciales o finales, en parte o en su totalidad, para su publicación como
artículo o conferencia, entre otras, deberá solicitar la conformidad de la otra parte por
escrito, mediante carta certificada y correo electrónico, dirigidos a los miembros que
representan la Comisión Mixta de Seguimiento.
La otra parte deberá responder en un plazo máximo de treinta (30) días,
comunicando su autorización, sus reservas o su disconformidad sobre la información
contenida en el artículo o conferencia, entre otras. Transcurrido dicho plazo sin obtener
respuesta se entenderá que el silencio es la tácita autorización para su difusión.
Decimotercera.

Medidas contra situaciones de acoso.

Las partes acuerdan que, para abordar las posibles situaciones de acoso de que
pueda ser objeto cualquier estudiante, se aplicará el procedimiento específico de la
entidad colaboradora en la que se esté realizando la práctica. De no existir será de
aplicación el de la universidad, adquiriendo ambas partes el compromiso de ponerlo en
marcha, colaborar y garantizar en todo caso la intervención de todas las partes.
Decimocuarta.

Actividad editorial.

Los representantes del INTA en la Comisión Mixta de Seguimiento velarán por que
se dé cumplimiento a lo dispuesto en la Instrucción 1/2022, de 12 de enero, de la
Subsecretaria de Defensa, que regula la actividad editorial en el ámbito del Ministerio de
Defensa.
Para el uso, en su caso, de elementos de imagen institucional en publicaciones
derivadas de lo establecido en el convenio, dichos representantes solicitarán
previamente la conformidad de la Subdirección General de Publicaciones y Patrimonio
Cultural.
Asimismo, para el uso de la imagen institucional de la USC, siempre que se trate de
actuaciones en el marco del presente convenio, se necesitará autorización de la
universidad.
Decimoquinta.

Imagen institucional.

Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman el presente convenio
electrónicamente, en el lugar indicado.–Por el INTA, el Director General, Julio Ayuso
Miguel.–Por la USC, el Vicerrector de Organización Académica y del Campus de Lugo,
Francisco José Fraga López.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2025-12384
Verificable en https://www.boe.es

Ambas partes se comprometen a lo dispuesto en la disposición adicional segunda del
Real Decreto 1465/1999, de 17 de septiembre, por el que se establecen criterios de
imagen institucional y se regula la Producción documental y el material impreso de la
Administración General del Estado, sobre la utilización de la imagen institucional en los
instrumentos contractuales y convencionales.