Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Premios. (BOE-A-2025-12383)
Orden PJC/640/2025, de 16 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de Premios a tesis doctorales por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, O.A.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 146

Miércoles 18 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 81099

meses desde la fecha de iniciación. No obstante, dicho plazo podrá suspenderse y
ampliarse de acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Si transcurre el
plazo para resolver sin que se haya notificado resolución expresa, se producirá la
caducidad del procedimiento, sin perjuicio de continuar las actuaciones hasta su
terminación y sin que se considere interrumpida la prescripción por las actuaciones
realizadas hasta la finalización del citado plazo.
Artículo 14.

Revocación.

1. El órgano concedente podrá revocar la concesión de cada premio, previa
audiencia de la persona beneficiaria, cuando concurra alguna de las siguientes
circunstancias:
a) La alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión del premio.
b) El incumplimiento de las obligaciones impuestas a las personas beneficiarias, así
como de los compromisos asumidos por éstas con motivo de la concesión del premio.
c) Cuando se haya comprobado la existencia de datos falsos no ajustados a la
realidad.
d) Cuando se hubieran ocultado datos que hubieran impedido su concesión.
e) En cualquier otro supuesto que resultara incompatible con el otorgamiento del
premio que esté previsto en el ordenamiento jurídico.
2. La revocación del premio comportará, en cualquiera de los supuestos del
apartado anterior, la modificación de la resolución de concesión de la subvención y el
reintegro total de aquel más los intereses de demora devengados desde el momento del
pago de la subvención hasta el momento de la efectiva devolución del importe de la
misma, en los términos previstos en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, sin perjuicio de las responsabilidades en que pudieran incurrir los
beneficiarios y sin perjuicio del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se
aprueba el Reglamento de la citada ley.
Artículo 15.

Régimen jurídico.

En los extremos no particularmente previstos en esta orden, la concesión de estos
premios se regirá por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y sus disposiciones de
desarrollo, y, con carácter supletorio, por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y por la
Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Artículo 16. Protección de datos.
1. En cumplimiento del artículo 13 del Reglamento General de Protección de Datos
se informa que los datos personales facilitados en este formulario serán tratados por:

2. El tratamiento a que se destinan estos datos se corresponde con la actividad de
Gestión de solicitudes de subvenciones, para la gestión de las solicitudes recibidas para
las convocatorias de ayudas de formación de posgraduados para cursar el Máster en
Derecho Constitucional y de los premios de investigación que concede el CEPC.
3. Puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de
sus datos, de limitación y oposición a su tratamiento, así como a no ser objeto de
decisiones basadas únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos, cuando
procedan, a través de a través de https://mpr.sede.gob.es/procedimientos/index/
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