Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. I. Disposiciones generales. Reglamento General de Circulación. (BOE-A-2025-12199)
Real Decreto 465/2025, de 10 de junio, por el que se modifica el Reglamento General de Circulación, aprobado por Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, en materia de señalización de tráfico.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 17 de junio de 2025
Sec. I. Pág. 79148
SEÑALES DE FIN DE PROHIBICIÓN, RESTRICCIÓN U OBLIGACIÓN
R-507
Fin de calzada obligatoria para automóviles,
excepto motocicletas de dos ruedas.
Señala el lugar desde donde deja de ser aplicable una señal
anterior de calzada obligatoria para automóviles, excepto
motocicletas de dos ruedas y vehículos de tres ruedas
asimilados a motocicletas.
R-508
Fin de calzada obligatoria para motocicletas de
dos ruedas.
Señala el lugar desde donde deja de ser aplicable una señal
anterior de calzada obligatoria para motocicletas de dos
ruedas y vehículos de tres ruedas asimilados a motocicletas.
R-509
Fin de calzada obligatoria para camiones,
tractocamiones y furgones o furgonetas
Señala el lugar desde donde deja de ser aplicable una señal
anterior
de
calzada
obligatoria
para
camiones,
tractocamiones y furgones o furgonetas.
R-510
Fin de vía reservada y obligatoria para
ciclomotores
Señala el lugar desde donde deja de ser aplicable una señal
anterior de vía reservada y obligatoria para ciclomotores
R-511
Fin de camino obligatorio para vehículos de
tracción animal
Señala el lugar desde donde deja de ser aplicable una señal
anterior de camino obligatorio para vehículos de tracción
animal.
cve: BOE-A-2025-12199
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 145
Martes 17 de junio de 2025
Sec. I. Pág. 79148
SEÑALES DE FIN DE PROHIBICIÓN, RESTRICCIÓN U OBLIGACIÓN
R-507
Fin de calzada obligatoria para automóviles,
excepto motocicletas de dos ruedas.
Señala el lugar desde donde deja de ser aplicable una señal
anterior de calzada obligatoria para automóviles, excepto
motocicletas de dos ruedas y vehículos de tres ruedas
asimilados a motocicletas.
R-508
Fin de calzada obligatoria para motocicletas de
dos ruedas.
Señala el lugar desde donde deja de ser aplicable una señal
anterior de calzada obligatoria para motocicletas de dos
ruedas y vehículos de tres ruedas asimilados a motocicletas.
R-509
Fin de calzada obligatoria para camiones,
tractocamiones y furgones o furgonetas
Señala el lugar desde donde deja de ser aplicable una señal
anterior
de
calzada
obligatoria
para
camiones,
tractocamiones y furgones o furgonetas.
R-510
Fin de vía reservada y obligatoria para
ciclomotores
Señala el lugar desde donde deja de ser aplicable una señal
anterior de vía reservada y obligatoria para ciclomotores
R-511
Fin de camino obligatorio para vehículos de
tracción animal
Señala el lugar desde donde deja de ser aplicable una señal
anterior de camino obligatorio para vehículos de tracción
animal.
cve: BOE-A-2025-12199
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 145