Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. I. Disposiciones generales. Reglamento General de Circulación. (BOE-A-2025-12199)
Real Decreto 465/2025, de 10 de junio, por el que se modifica el Reglamento General de Circulación, aprobado por Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, en materia de señalización de tráfico.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 145

Martes 17 de junio de 2025

Sec. I. Pág. 79124

SEÑALES DE PRIORIDAD

R-1

Ceda el paso

Obligación para todo conductor de ceder el paso en la próxima
intersección a los vehículos que circulen por la vía a la que se
aproxime o al carril al que pretende incorporarse.

R-2

Detención obligatoria o stop

Obligación para todo conductor de detener su vehículo ante la
próxima línea de detención o, si no existe, inmediatamente antes
de la intersección, y ceder el paso en ella a los vehículos que
circulen por la vía a la que se aproxime.
Si, por circunstancias excepcionales, desde el lugar donde se ha
efectuado la detención no existe visibilidad suficiente, el conductor
deberá detenerse de nuevo en el lugar desde donde tenga
visibilidad, sin poner en peligro a ningún usuario de la vía.

R-3

Calzada con prioridad

Indica a los conductores de los vehículos que circulen por una
calzada su prioridad en las intersecciones sobre los vehículos que
circulen por otra calzada o procedan de ella.

R-4

Fin de prioridad

Indica la proximidad del lugar en que la calzada por la que se circula
pierde su prioridad respecto a otra calzada.

R-5

Prioridad del sentido contrario

cve: BOE-A-2025-12199
Verificable en https://www.boe.es

Prohibición de entrada en un paso estrecho mientras no sea
posible atravesarlo sin obligar a los vehículos que circulen en
sentido contrario a detenerse.