Comisión Nacional de Los Mercados y La Competencia. I. Disposiciones generales. Telecomunicaciones. (BOE-A-2025-12202)
Circular 4/2025, de 3 de junio, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, sobre el procedimiento de suministro y recepción de los datos de los abonados.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 145

Martes 17 de junio de 2025

Sec. I. Pág. 79787

Domicilio

Permite indicar los datos postales del abonado.

Domicilio.

Se deberán indicar doce valores, a partir de datos normalizados de
acuerdo con una o varias fuentes cartográficas oficiales, siguiendo la
codificación del INE:
– Tipo de Vía (avenida, calle, plaza, etc.) (conforme a INE).
– Código de la Vía o Pseudovía (conforme a INE).
– Nombre de la Vía o Pseudovía (conforme a INE).
– Número de calle.
– Portal.
– Escalera.
– Piso.
– Puerta.
– Código Postal.
– Código de Población (conforme a INE).
– Nombre de la Población.
– Provincia (de conformidad con la codificación establecida en el anexo
III).
El domicilio de los abonados en formato prepago únicamente se
informará cuando el abonado lo haya proporcionado.

Numeración Abonado

NúmerosIndividuales.

Se deberán indicar ocho valores:
– Número de teléfono.
– Texto significativo, si así lo desea el abonado.
– Tipo de terminal, en su caso.
– Consentimiento para Guías-Consulta.
– VentaDirecta-Publicidad.
– Modo de Pago.
– Operador.
– Operación.

cve: BOE-A-2025-12202
Verificable en https://www.boe.es

Permite indicar la relación de números de teléfono de un abonado asociados a una única
dirección postal. El abonado podrá disponer de uno o varios números individuales; y también de
uno o varios rangos de números. La Numeración de Abonado será un grupo repetitivo de varias
indicaciones de Números Individuales o Rangos.
Tanto para los Números Individuales como para los Rangos de numeración, deberá especificarse
la naturaleza de la operación a llevar a cabo con la información del abonado (alta, baja o
modificación) y el número o rango afectado.
Para cada uno de los números individuales, deberá especificarse el consentimiento del abonado
para que sus datos figuren en guías/servicios de consulta y, en su caso, si permite que los datos
publicados sean utilizados con fines comerciales o de publicidad. Asimismo, se informará del
operador que proporciona la numeración y de la modalidad de pago elegida por el abonado.
Opcionalmente, también permite especificar tanto la información significativa que el abonado
desee que aparezca asociada a un número («Servicio de atención a clientes», «Atención 24h»,
«Reparaciones», «Pedidos», etc.) como el tipo de terminal utilizado.
Para los Rangos de numeración, se deberá especificar el primer y el último número del rango de
numeración consecutiva, el consentimiento del abonado para que sus datos figuren en guías/
servicios de consulta y, en su caso, si permite que los datos publicados sean utilizados con fines
comerciales o de publicidad. Asimismo, se informará del operador que proporciona la numeración
y de la modalidad de pago elegida por el abonado.
Finalmente, para la numeración destinada a servicios de IoT y M2M del rango 59, deberá
informarse del operador que proporciona la numeración las posibles modificaciones y
opcionalmente, también permite especificar la información significativa que el abonado desee que
aparezca asociada a un número.