Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2025-11783)
Resolución de 4 de junio de 2025, de la Universidad de Girona, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 140
Miércoles 11 de junio de 2025
Sec. II.B. Pág. 76618
b) Certificado médico oficial de no sufrir enfermedad ni discapacidad física ni
psíquica que le incapacite para el desempeño de las funciones correspondientes a
profesorado de Universidad.
En el en caso de que conste en el expediente los documentos solicitados en formato
original y los que tuvieran la condición de funcionarios públicos de carrera en activo
estarán exentos de justificar estos documentos y requisitos, debiendo presentar
certificación del Ministerio u Organismo del que dependan, acreditativa de su condición
de personal funcionario y todas las circunstancias que consten en su hoja de servicios.
15.
Nombramiento y toma de posesión
cve: BOE-A-2025-11783
Verificable en https://www.boe.es
15.1 El rector o rectora procederá al nombramiento conforme a la propuesta
realizada, y después de que la personal propuesta para la provisión de la plaza haya
presentado la documentación a la que se refiere la base anterior, ordenará su inscripción
en el correspondiente registro de personal y su publicación en el «Boletín Oficial del
Estado», en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya», y se hará público al tablón
d’anuncios de la sede electrónica de la Universitat de Girona, en el espacio web Trabaja
a la UdG. así como su comunicación al Consejo de Universidades.
15.2 En el plazo máximo de veinte días, a contar des del día siguiente de la
publicación del nombramiento al «Boletín Oficial del Estado», la persona candidata
propuesta deberá tomar posesión de su plaza, momento en que adquirirá la condición de
funcionario o funcionaria del cuerpo docente universitario de que se trate, con los
derechos y deberes que le son propios.
15.3 La plaza obtenida tras el concurso de acceso deberá ejercerse al menos
durante dos años a partir de la fecha de la toma de posesión, antes de poder participar
en un nuevo concurso para obtener una plaza en otra universidad.
15.4 El ejercicio de la plaza convocada quedará sometido a la Ley 53/1984, de 26
de diciembre, y a las normas de desarrollo, en materia de incompatibilidades.
Núm. 140
Miércoles 11 de junio de 2025
Sec. II.B. Pág. 76618
b) Certificado médico oficial de no sufrir enfermedad ni discapacidad física ni
psíquica que le incapacite para el desempeño de las funciones correspondientes a
profesorado de Universidad.
En el en caso de que conste en el expediente los documentos solicitados en formato
original y los que tuvieran la condición de funcionarios públicos de carrera en activo
estarán exentos de justificar estos documentos y requisitos, debiendo presentar
certificación del Ministerio u Organismo del que dependan, acreditativa de su condición
de personal funcionario y todas las circunstancias que consten en su hoja de servicios.
15.
Nombramiento y toma de posesión
cve: BOE-A-2025-11783
Verificable en https://www.boe.es
15.1 El rector o rectora procederá al nombramiento conforme a la propuesta
realizada, y después de que la personal propuesta para la provisión de la plaza haya
presentado la documentación a la que se refiere la base anterior, ordenará su inscripción
en el correspondiente registro de personal y su publicación en el «Boletín Oficial del
Estado», en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya», y se hará público al tablón
d’anuncios de la sede electrónica de la Universitat de Girona, en el espacio web Trabaja
a la UdG. así como su comunicación al Consejo de Universidades.
15.2 En el plazo máximo de veinte días, a contar des del día siguiente de la
publicación del nombramiento al «Boletín Oficial del Estado», la persona candidata
propuesta deberá tomar posesión de su plaza, momento en que adquirirá la condición de
funcionario o funcionaria del cuerpo docente universitario de que se trate, con los
derechos y deberes que le son propios.
15.3 La plaza obtenida tras el concurso de acceso deberá ejercerse al menos
durante dos años a partir de la fecha de la toma de posesión, antes de poder participar
en un nuevo concurso para obtener una plaza en otra universidad.
15.4 El ejercicio de la plaza convocada quedará sometido a la Ley 53/1984, de 26
de diciembre, y a las normas de desarrollo, en materia de incompatibilidades.