Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-11720)
Resolución de 2 de junio de 2025, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., por la que se publica el Convenio con la Fundación Centro de Estudios Monetarios y Financieros, para colaborar en la realización del curso «II School of Economics. Social Challenges: Aging, Gender, and Immigration».
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 139
Martes 10 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 76503
El equipo directivo y técnico de CEMFI participará activamente en el programa,
asesorando e interviniendo en aquellos temas en los que su aportación sea relevante
para el contenido del curso.
II.
Gestión del curso.
i. CEMFI, con sus propios medios y de acuerdo a sus procedimientos y normativa,
se encargará de gestionar directamente los viajes de las personas que se encarguen de
la dirección académica y del resto del profesorado que intervenga en el programa,
incluidos los transfers y kilometrajes en caso de viajes en coche.
ii. Aunque no se trata de un compromiso exigible, CEMFI podrá, si lo desea, apoyar
a la UIMP en la campaña de promoción, llevando a cabo cuantas acciones estime
convenientes dentro de sus medios habituales, tales como difusión a través de su propia
web, mediante la difusión directa del programa entre el público específico, etc.,
respetando en la medida de lo posible el diseño de la campaña publicitaria de la UIMP.
Asimismo, CEMFI podrá apoyar, a través de su propio gabinete de comunicación, la
labor realizada por la UIMP con los medios de comunicación, siempre con la necesaria
coordinación y apoyo mutuo.
iii. CEMFI mantendrá indemne a la UIMP de cualquier reclamación que se pueda
recibir en relación con el curso en lo que se refiere a la gestión que el propio CEMFI
realiza, asumiendo la UIMP toda la responsabilidad frente al profesorado, empresas
contratistas o cualquier persona o entidad que pueda verse afectada.
III.
Compromiso económico.
i. Aportación a la UIMP. CEMFI realizará una aportación a la UIMP de doce mil
ochocientos dieciséis euros (12.816,00 €), en concepto de apoyo económico a la
organización y celebración del curso. La cuantía de esta aportación se calcula como
la suma de los importes de las partidas que se marcan en el presupuesto que se ha
aprobado, que se adjunta como anexo II. CEMFI no asumirá ninguna aportación a la
UIMP por este concepto por importe superior a la cantidad indicada en este párrafo.
Dicho importe se abonará a la UIMP mediante transferencia a la cuenta
n.º ES95-9000-0001-20-0200008606 abierta a nombre de la Universidad Internacional
Menéndez Pelayo en el Banco de España, Agencia de Madrid. Se establecen como
requisitos para el pago que se haya celebrado el curso de conformidad con lo previsto
y acordado en este convenio y que se haya emitido por parte de la UIMP el
correspondiente requerimiento de pago. Los responsables del seguimiento, vigilancia
y control del convenio certificarán conjuntamente el cumplimiento de los requisitos
indicados para el pago. Este pago se deberá realizar en el plazo máximo de treinta días
desde la emisión de la certificación indicada y en todo caso antes del 31 de diciembre
de 2025.
En el caso de que se acordara la no celebración del curso por causa de fuerza
mayor, por la falta del número mínimo de alumnos requerido según la normativa de la
UIMP, o por cualquier otra causa valorada de mutuo acuerdo por ambas partes, CEMFI
únicamente deberá hacer una aportación económica a la UIMP por el importe de
aquellos gastos que ya se hubieran realizado antes de la cancelación del curso y no
pudieran recuperarse, según liquidación que presentará la UIMP y hasta el importe
máximo indicado. Los responsables del seguimiento deberán aprobar dicha liquidación.
ii. Aportación en servicios. Con independencia de la aportación a la UIMP recogida
en el punto i) de este apartado, CEMFI asumirá directamente, con sus propios medios de
su presupuesto ordinario, la financiación de las actuaciones que gestiona de acuerdo con
lo indicado en el apartado II de esta cláusula, por un importe máximo de mil quinientos
sesenta y nueve euros (1.569,00 €). Esto no implica un traspaso de fondos a la UIMP.
cve: BOE-A-2025-11720
Verificable en https://www.boe.es
CEMFI asume el siguiente compromiso económico en virtud de este convenio:
Núm. 139
Martes 10 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 76503
El equipo directivo y técnico de CEMFI participará activamente en el programa,
asesorando e interviniendo en aquellos temas en los que su aportación sea relevante
para el contenido del curso.
II.
Gestión del curso.
i. CEMFI, con sus propios medios y de acuerdo a sus procedimientos y normativa,
se encargará de gestionar directamente los viajes de las personas que se encarguen de
la dirección académica y del resto del profesorado que intervenga en el programa,
incluidos los transfers y kilometrajes en caso de viajes en coche.
ii. Aunque no se trata de un compromiso exigible, CEMFI podrá, si lo desea, apoyar
a la UIMP en la campaña de promoción, llevando a cabo cuantas acciones estime
convenientes dentro de sus medios habituales, tales como difusión a través de su propia
web, mediante la difusión directa del programa entre el público específico, etc.,
respetando en la medida de lo posible el diseño de la campaña publicitaria de la UIMP.
Asimismo, CEMFI podrá apoyar, a través de su propio gabinete de comunicación, la
labor realizada por la UIMP con los medios de comunicación, siempre con la necesaria
coordinación y apoyo mutuo.
iii. CEMFI mantendrá indemne a la UIMP de cualquier reclamación que se pueda
recibir en relación con el curso en lo que se refiere a la gestión que el propio CEMFI
realiza, asumiendo la UIMP toda la responsabilidad frente al profesorado, empresas
contratistas o cualquier persona o entidad que pueda verse afectada.
III.
Compromiso económico.
i. Aportación a la UIMP. CEMFI realizará una aportación a la UIMP de doce mil
ochocientos dieciséis euros (12.816,00 €), en concepto de apoyo económico a la
organización y celebración del curso. La cuantía de esta aportación se calcula como
la suma de los importes de las partidas que se marcan en el presupuesto que se ha
aprobado, que se adjunta como anexo II. CEMFI no asumirá ninguna aportación a la
UIMP por este concepto por importe superior a la cantidad indicada en este párrafo.
Dicho importe se abonará a la UIMP mediante transferencia a la cuenta
n.º ES95-9000-0001-20-0200008606 abierta a nombre de la Universidad Internacional
Menéndez Pelayo en el Banco de España, Agencia de Madrid. Se establecen como
requisitos para el pago que se haya celebrado el curso de conformidad con lo previsto
y acordado en este convenio y que se haya emitido por parte de la UIMP el
correspondiente requerimiento de pago. Los responsables del seguimiento, vigilancia
y control del convenio certificarán conjuntamente el cumplimiento de los requisitos
indicados para el pago. Este pago se deberá realizar en el plazo máximo de treinta días
desde la emisión de la certificación indicada y en todo caso antes del 31 de diciembre
de 2025.
En el caso de que se acordara la no celebración del curso por causa de fuerza
mayor, por la falta del número mínimo de alumnos requerido según la normativa de la
UIMP, o por cualquier otra causa valorada de mutuo acuerdo por ambas partes, CEMFI
únicamente deberá hacer una aportación económica a la UIMP por el importe de
aquellos gastos que ya se hubieran realizado antes de la cancelación del curso y no
pudieran recuperarse, según liquidación que presentará la UIMP y hasta el importe
máximo indicado. Los responsables del seguimiento deberán aprobar dicha liquidación.
ii. Aportación en servicios. Con independencia de la aportación a la UIMP recogida
en el punto i) de este apartado, CEMFI asumirá directamente, con sus propios medios de
su presupuesto ordinario, la financiación de las actuaciones que gestiona de acuerdo con
lo indicado en el apartado II de esta cláusula, por un importe máximo de mil quinientos
sesenta y nueve euros (1.569,00 €). Esto no implica un traspaso de fondos a la UIMP.
cve: BOE-A-2025-11720
Verificable en https://www.boe.es
CEMFI asume el siguiente compromiso económico en virtud de este convenio: