Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-11469)
Resolución de 4 de junio de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo interdepartamental entre el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y el Ministerio de Defensa, para la realización de actuaciones en el marco del sistema de formación profesional destinadas a los militares profesionales de tropa y marinería que mantienen una relación de servicios de carácter temporal con las Fuerzas Armadas y los reservistas de especial disponibilidad procedentes de esa escala.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 137
Sábado 7 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 74771
profesionales de tropa y marinería con su propio futuro y potenciar la acreditación de la
experiencia profesional para la obtención de títulos reconocidos.
Que el Ministerio de Defensa ha expresado su interés en que la formación
profesional sea impartida en Unidades de las Fuerzas Armadas.
Tercero.
Que la finalidad común de ambas partes al firmar este acuerdo interdepartamental es
articular una colaboración para la formación profesional del personal militar profesional
de tropa y marinería y los reservistas de especial disponibilidad procedentes de esa
escala (RED).
Que el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y el Ministerio de
Defensa han manifestado su plena disposición a que, en el marco del Sistema de
Formación Profesional, se faciliten los medios de formación y evaluación y acreditación
de las competencias profesionales, que permitirán la mejor inserción profesional de los
militares profesionales de tropa y marinería y los RED.
Que este acuerdo interdepartamental instrumenta la concesión de subvenciones al
amparo de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones, y se
encuentra excluido de la necesidad de autorización contenida en el artículo 50.2.c) de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, de conformidad
con lo dispuesto en la instrucción cuarta, apartado 1, de las Instrucciones para la
tramitación de convenios aprobadas por Acuerdo de Consejo de Ministros, de 15 de
diciembre de 2017, y publicada por la Orden PRA/1267/2017, de 21 de diciembre.
Por todo lo anteriormente expuesto, las partes acuerdan suscribir este acuerdo
interdepartamental, que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del acuerdo interdepartamental.
El objeto de este acuerdo interdepartamental (acuerdo) es canalizar la subvención
que concede el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes al Ministerio
de Defensa, a través de la Dirección General de Reclutamiento y Enseñanza Militar
(DIGEREM), para la realización de las siguientes actuaciones en el marco del Sistema
de Formación Profesional:
Segunda.
Ámbito de aplicación.
Este acuerdo será de aplicación en el ámbito territorial y funcional al que, durante su
vigencia, se extienda la competencia de las partes firmantes, pudiendo beneficiarse de
las actuaciones en él contempladas el personal militar profesional de tropa y marinería
de establecimientos o unidades del Ministerio de Defensa y los RED.
cve: BOE-A-2025-11469
Verificable en https://www.boe.es
– Acreditación de determinadas unidades del Ministerio de Defensa como centros de
formación en el ámbito de la Formación Profesional vinculada al Catálogo Nacional de
Estándares de Competencias Profesionales.
– Realización de acciones formativas vinculadas al Catálogo Nacional de Estándares
de Competencias Profesionales.
– Procedimientos de acreditación de competencias profesionales, adquiridas a
través de la experiencia laboral u otras vías no formales e informales, que mejoren la
cualificación y complementen los perfiles profesionales para la reincorporación al mundo
laboral civil de los militares profesionales de tropa y marinería con una relación de
servicios de carácter temporal y de los reservistas de especial disponibilidad procedentes
de esa escala (RED).
Núm. 137
Sábado 7 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 74771
profesionales de tropa y marinería con su propio futuro y potenciar la acreditación de la
experiencia profesional para la obtención de títulos reconocidos.
Que el Ministerio de Defensa ha expresado su interés en que la formación
profesional sea impartida en Unidades de las Fuerzas Armadas.
Tercero.
Que la finalidad común de ambas partes al firmar este acuerdo interdepartamental es
articular una colaboración para la formación profesional del personal militar profesional
de tropa y marinería y los reservistas de especial disponibilidad procedentes de esa
escala (RED).
Que el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y el Ministerio de
Defensa han manifestado su plena disposición a que, en el marco del Sistema de
Formación Profesional, se faciliten los medios de formación y evaluación y acreditación
de las competencias profesionales, que permitirán la mejor inserción profesional de los
militares profesionales de tropa y marinería y los RED.
Que este acuerdo interdepartamental instrumenta la concesión de subvenciones al
amparo de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones, y se
encuentra excluido de la necesidad de autorización contenida en el artículo 50.2.c) de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, de conformidad
con lo dispuesto en la instrucción cuarta, apartado 1, de las Instrucciones para la
tramitación de convenios aprobadas por Acuerdo de Consejo de Ministros, de 15 de
diciembre de 2017, y publicada por la Orden PRA/1267/2017, de 21 de diciembre.
Por todo lo anteriormente expuesto, las partes acuerdan suscribir este acuerdo
interdepartamental, que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del acuerdo interdepartamental.
El objeto de este acuerdo interdepartamental (acuerdo) es canalizar la subvención
que concede el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes al Ministerio
de Defensa, a través de la Dirección General de Reclutamiento y Enseñanza Militar
(DIGEREM), para la realización de las siguientes actuaciones en el marco del Sistema
de Formación Profesional:
Segunda.
Ámbito de aplicación.
Este acuerdo será de aplicación en el ámbito territorial y funcional al que, durante su
vigencia, se extienda la competencia de las partes firmantes, pudiendo beneficiarse de
las actuaciones en él contempladas el personal militar profesional de tropa y marinería
de establecimientos o unidades del Ministerio de Defensa y los RED.
cve: BOE-A-2025-11469
Verificable en https://www.boe.es
– Acreditación de determinadas unidades del Ministerio de Defensa como centros de
formación en el ámbito de la Formación Profesional vinculada al Catálogo Nacional de
Estándares de Competencias Profesionales.
– Realización de acciones formativas vinculadas al Catálogo Nacional de Estándares
de Competencias Profesionales.
– Procedimientos de acreditación de competencias profesionales, adquiridas a
través de la experiencia laboral u otras vías no formales e informales, que mejoren la
cualificación y complementen los perfiles profesionales para la reincorporación al mundo
laboral civil de los militares profesionales de tropa y marinería con una relación de
servicios de carácter temporal y de los reservistas de especial disponibilidad procedentes
de esa escala (RED).