Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. Destinos. (BOE-A-2025-11444)
Resolución de 3 de junio de 2025, de la Dirección de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, por la que se resuelve el concurso específico, convocado por Resolución de 20 de marzo de 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 137
Sábado 7 de junio de 2025
Sec. II.A. Pág. 74728
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
11444
Resolución de 3 de junio de 2025, de la Dirección de la Agencia Estatal
Boletín Oficial del Estado, por la que se resuelve el concurso específico,
convocado por Resolución de 20 de marzo de 2025.
Por Resolución de 20 de marzo de 2025, de la Dirección de la Agencia Estatal
Boletín Oficial del Estado (BOE 25 de marzo), se convocó concurso específico para la
provisión de puestos de trabajo vacantes en la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
Cumplidas las normas reglamentarias y observados cuantos requisitos y
procedimientos se establecen en las bases de la convocatoria sobre el plazo de
presentación de instancias, examen de estas, valoración de los méritos alegados por las
personas candidatas según baremo establecido y, previa propuesta formulada por la
correspondiente Comisión de Valoración,
Esta Dirección de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, de conformidad con lo
previsto en el artículo 108 quater de la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector
Público, y lo establecido en el artículo 11.3 p) del Estatuto de la Agencia Estatal,
aprobado por Real Decreto 1495/2007, de 12 de noviembre, por el que se crea la
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado y se aprueba su Estatuto, resuelve:
Primero.
Aprobar las propuestas de la Comisión de Valoración y resolver el concurso citado
mediante la adjudicación de los puestos de trabajo de la referida convocatoria al
personal funcionario que se especifica en los términos que se recogen en el anexo a
esta resolución.
Segundo.
El plazo para tomar posesión será de tres días hábiles si no implica cambio de
residencia del funcionario o de un mes si comporta cambio de residencia o el reingreso
al servicio activo. Dicho plazo comenzará a contarse a partir del día siguiente al del cese,
el cual deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la
presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado». Si la resolución comporta el
reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde
dicha publicación.
Los destinos adjudicados serán irrenunciables, salvo que antes de finalizar el plazo
de toma de posesión se hubiera obtenido otro destino, bien por el sistema de libre
designación o por el de concurso, convocados por otros Organismos, en cuyo caso, de
optar por uno de estos destinos, vendrá obligado a comunicar por escrito la renuncia del
puesto adjudicado y la opción ejercitada, con indicación del Departamento en el que
hubiera obtenido destino, así como la forma de provisión y fecha de nombramiento.
Asimismo, se considerarán de carácter voluntario y, en consecuencia, no generarán
derecho a indemnización por concepto alguno.
cve: BOE-A-2025-11444
Verificable en https://www.boe.es
Tercero.
Núm. 137
Sábado 7 de junio de 2025
Sec. II.A. Pág. 74728
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
11444
Resolución de 3 de junio de 2025, de la Dirección de la Agencia Estatal
Boletín Oficial del Estado, por la que se resuelve el concurso específico,
convocado por Resolución de 20 de marzo de 2025.
Por Resolución de 20 de marzo de 2025, de la Dirección de la Agencia Estatal
Boletín Oficial del Estado (BOE 25 de marzo), se convocó concurso específico para la
provisión de puestos de trabajo vacantes en la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
Cumplidas las normas reglamentarias y observados cuantos requisitos y
procedimientos se establecen en las bases de la convocatoria sobre el plazo de
presentación de instancias, examen de estas, valoración de los méritos alegados por las
personas candidatas según baremo establecido y, previa propuesta formulada por la
correspondiente Comisión de Valoración,
Esta Dirección de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, de conformidad con lo
previsto en el artículo 108 quater de la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector
Público, y lo establecido en el artículo 11.3 p) del Estatuto de la Agencia Estatal,
aprobado por Real Decreto 1495/2007, de 12 de noviembre, por el que se crea la
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado y se aprueba su Estatuto, resuelve:
Primero.
Aprobar las propuestas de la Comisión de Valoración y resolver el concurso citado
mediante la adjudicación de los puestos de trabajo de la referida convocatoria al
personal funcionario que se especifica en los términos que se recogen en el anexo a
esta resolución.
Segundo.
El plazo para tomar posesión será de tres días hábiles si no implica cambio de
residencia del funcionario o de un mes si comporta cambio de residencia o el reingreso
al servicio activo. Dicho plazo comenzará a contarse a partir del día siguiente al del cese,
el cual deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la
presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado». Si la resolución comporta el
reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde
dicha publicación.
Los destinos adjudicados serán irrenunciables, salvo que antes de finalizar el plazo
de toma de posesión se hubiera obtenido otro destino, bien por el sistema de libre
designación o por el de concurso, convocados por otros Organismos, en cuyo caso, de
optar por uno de estos destinos, vendrá obligado a comunicar por escrito la renuncia del
puesto adjudicado y la opción ejercitada, con indicación del Departamento en el que
hubiera obtenido destino, así como la forma de provisión y fecha de nombramiento.
Asimismo, se considerarán de carácter voluntario y, en consecuencia, no generarán
derecho a indemnización por concepto alguno.
cve: BOE-A-2025-11444
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