Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-11511)
Resolución de 27 de mayo de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Módulo fotovoltaico "PV Centenar", de 39,98 MW de potencia instalada, para su hibridación con el parque eólico existente "PE Centenar", de 40 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Huelva».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 137
Sábado 7 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 75122
calados superiores a 0,30 m, así como las clasificadas como zonas de inundación
peligrosa, de forma que todas quedan excluidas para la instalación de paneles solares.
La probabilidad de riesgo sísmico en la zona es alta, si bien el proyecto no contempla
edificaciones de gran tamaño y construcciones que puedan causar elevados daños en
caso de terremoto. La vulnerabilidad del entorno a deslizamientos superficiales es alta,
con riesgo importante en las pendientes más elevadas, si bien el emplazamiento no
presenta las características necesarias para que se produzcan.
El promotor señala que los aceites empleados para refrigerar y aislar los
transformadores se encuentran en cubas estancas, por lo que los vertidos son
improbables. Considera baja la probabilidad de ocurrencia de accidentes relacionados
con explosiones, escapes o derrames de productos químicos contaminantes y con el
transporte de mercancías peligrosas, dado que ni en el emplazamiento del proyecto ni en
su entorno inmediato existen instalaciones o proyectos que puedan generarlos.
En cuanto de los incendios forestales, el estudio de impacto ambiental señala que
pueden originarse por sobrecalentamientos, cortocircuitos o por chispas generadas
durante los trabajos de mantenimiento. El promotor valora el riesgo potencial de
incendios como moderado, que asciende a muy alto por la elevada combustibilidad
superficial, de acuerdo con la cartografía de la REDIAM. Por ello, el promotor considera
necesario implantar un plan de autoprotección de incendios en cumplimiento del
Decreto 247/2001, de 13 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de
Prevención y Lucha contra los Incendios Forestales.
Otras medidas enfocadas a la minimización de riesgos son las siguientes: ubicación
de las instalaciones en función de la dinámica fluvial y el estudio de inundabilidad;
medidas constructivas en las labores de cimentación para reducir el impacto de los
posibles terremotos; incorporación de sistemas de drenaje superficial y revegetación de
superficies para evitar deslizamientos; elaboración de un Plan de Emergencia de Gestión
y Actuación aplicable tanto en la fase de construcción como de explotación y
desmantelamiento para los casos en los que se pueda producir un vertido incontrolado y
accidental de sustancias tóxicas y peligrosas en el medio natural; así como contar con
los medios preventivos de extinción de incendios en las instalaciones y coches de
mantenimiento, el uso de materiales de difícil ignición y el cumplimiento de la normativa
sectorial en materia de prevención de incendios.
La Dirección General de Emergencias y Protección Civil de la Junta de Andalucía
informa que el estudio de impacto ambiental ha tenido en cuenta los efectos derivados
de los posibles riesgos de accidentes graves o de catástrofes y que los documentos
resultan coherentes con los aspectos relacionados con las actuaciones y competencias
de esa dirección general, por lo que no formula objeciones.
Programa de vigilancia ambiental.
El programa de vigilancia ambiental (PVA) persigue controlar durante todas las fases
del proyecto los impactos identificados, garantizar el cumplimiento de las medidas
ambientales, prevenir o corregir posibles disfunciones de éstas, así como detectar los
efectos no previstos y, en caso de aparición, repararlos.
El PVA recoge los aspectos objeto de seguimiento más relevantes e indicadores y
criterios para su aplicación en cada una de las fases del proyecto. Durante la fase de
construcción, se realizarán controles de la emisión de gases, partículas y ruido, los
procesos erosivos, la contaminación de suelos y aguas, la gestión de la tierra vegetal, la
alteración de la red de drenaje, la presencia de especies de vegetación y fauna de
interés, la afección a los HIC, el patrimonio cultural y arqueológico, el plan de prevención
de incendios, las actuaciones de restitución y restauración, la gestión de residuos, etc.
Se realizarán visitas semanales y se entregarán a la Delegación Territorial informes
recopilatorios trimestrales, informe final la conclusión de las obras, así como informes
extraordinarios en caso necesario.
Tras la ejecución de las obras, durante los 5 primeros años de funcionamiento, se
entregarán informes anuales de los controles trimestrales realizados sobre las medidas
cve: BOE-A-2025-11511
Verificable en https://www.boe.es
d.
Núm. 137
Sábado 7 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 75122
calados superiores a 0,30 m, así como las clasificadas como zonas de inundación
peligrosa, de forma que todas quedan excluidas para la instalación de paneles solares.
La probabilidad de riesgo sísmico en la zona es alta, si bien el proyecto no contempla
edificaciones de gran tamaño y construcciones que puedan causar elevados daños en
caso de terremoto. La vulnerabilidad del entorno a deslizamientos superficiales es alta,
con riesgo importante en las pendientes más elevadas, si bien el emplazamiento no
presenta las características necesarias para que se produzcan.
El promotor señala que los aceites empleados para refrigerar y aislar los
transformadores se encuentran en cubas estancas, por lo que los vertidos son
improbables. Considera baja la probabilidad de ocurrencia de accidentes relacionados
con explosiones, escapes o derrames de productos químicos contaminantes y con el
transporte de mercancías peligrosas, dado que ni en el emplazamiento del proyecto ni en
su entorno inmediato existen instalaciones o proyectos que puedan generarlos.
En cuanto de los incendios forestales, el estudio de impacto ambiental señala que
pueden originarse por sobrecalentamientos, cortocircuitos o por chispas generadas
durante los trabajos de mantenimiento. El promotor valora el riesgo potencial de
incendios como moderado, que asciende a muy alto por la elevada combustibilidad
superficial, de acuerdo con la cartografía de la REDIAM. Por ello, el promotor considera
necesario implantar un plan de autoprotección de incendios en cumplimiento del
Decreto 247/2001, de 13 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de
Prevención y Lucha contra los Incendios Forestales.
Otras medidas enfocadas a la minimización de riesgos son las siguientes: ubicación
de las instalaciones en función de la dinámica fluvial y el estudio de inundabilidad;
medidas constructivas en las labores de cimentación para reducir el impacto de los
posibles terremotos; incorporación de sistemas de drenaje superficial y revegetación de
superficies para evitar deslizamientos; elaboración de un Plan de Emergencia de Gestión
y Actuación aplicable tanto en la fase de construcción como de explotación y
desmantelamiento para los casos en los que se pueda producir un vertido incontrolado y
accidental de sustancias tóxicas y peligrosas en el medio natural; así como contar con
los medios preventivos de extinción de incendios en las instalaciones y coches de
mantenimiento, el uso de materiales de difícil ignición y el cumplimiento de la normativa
sectorial en materia de prevención de incendios.
La Dirección General de Emergencias y Protección Civil de la Junta de Andalucía
informa que el estudio de impacto ambiental ha tenido en cuenta los efectos derivados
de los posibles riesgos de accidentes graves o de catástrofes y que los documentos
resultan coherentes con los aspectos relacionados con las actuaciones y competencias
de esa dirección general, por lo que no formula objeciones.
Programa de vigilancia ambiental.
El programa de vigilancia ambiental (PVA) persigue controlar durante todas las fases
del proyecto los impactos identificados, garantizar el cumplimiento de las medidas
ambientales, prevenir o corregir posibles disfunciones de éstas, así como detectar los
efectos no previstos y, en caso de aparición, repararlos.
El PVA recoge los aspectos objeto de seguimiento más relevantes e indicadores y
criterios para su aplicación en cada una de las fases del proyecto. Durante la fase de
construcción, se realizarán controles de la emisión de gases, partículas y ruido, los
procesos erosivos, la contaminación de suelos y aguas, la gestión de la tierra vegetal, la
alteración de la red de drenaje, la presencia de especies de vegetación y fauna de
interés, la afección a los HIC, el patrimonio cultural y arqueológico, el plan de prevención
de incendios, las actuaciones de restitución y restauración, la gestión de residuos, etc.
Se realizarán visitas semanales y se entregarán a la Delegación Territorial informes
recopilatorios trimestrales, informe final la conclusión de las obras, así como informes
extraordinarios en caso necesario.
Tras la ejecución de las obras, durante los 5 primeros años de funcionamiento, se
entregarán informes anuales de los controles trimestrales realizados sobre las medidas
cve: BOE-A-2025-11511
Verificable en https://www.boe.es
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