Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. I. Disposiciones generales. Acuerdos internacionales administrativos. (BOE-A-2025-11439)
Acuerdo Internacional Administrativo sobre las condiciones de adscripción en comisión de servicio de un funcionario español al Consejo de Europa, hecho en Estrasburgo el 29 y 30 de mayo de 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 137

Sábado 7 de junio de 2025

Sec. I. Pág. 74639

I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA
Y COOPERACIÓN
11439

Acuerdo Internacional Administrativo sobre las condiciones de adscripción en
comisión de servicio de un funcionario español al Consejo de Europa, hecho
en Estrasburgo el 29 y 30 de mayo de 2025.

Acuerdo Internacional Administrativo sobre las condiciones de adscripción en
comisión de servicio de un empleado público de España al Consejo de Europa entre el
Reino de España, representado por el Sr. D. Juan Ignacio Morro, Embajador
Plenipotenciario y Extraordinario, Representante Permanente de España ante el Consejo
de Europa, 24 allée de la Robertsau, 67000, Estrasburgo, en adelante, denominado el
«Estado Donante»; y el Consejo de Europa, representado por la Sra. D.ª Ylva Berling,
Directora de Recursos Humanos, Palais de l’Europe, F-67000, Estrasburgo, en adelante,
denominado la «Organización»; en adelante, denominados colectivamente las «Partes»;
Considerando: Que el Estado Donante ha convenido en destinar en comisión de
servicio al Sr. D. Giacomo Palombino, actualmente investigador García-Pelayo en el
Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (CEPC), Ministerio de la Presidencia,
Plaza de la Marina Española, 9, 28071 Madrid (España), en adelante, denominado el
«empleado público», para el puesto de asesor jurídico en la Secretaría del Consejo de
Europa, Secretaría del Acuerdo Ampliado de la Democracia a través del Derecho
(Comisión de Venecia), Sesiones Plenarias y Servicios Centrales, División IV - Estudios y
Conferencias + América Latina, F-67000, Estrasburgo.

El presente Acuerdo Administrativo Internacional se regirá e interpretará según la
Resolución Res(2012)2 del Comité de Ministros, de 15 de febrero de 2012, por la que se
establece la normativa para la adscripción en comisión de servicio al Consejo de Europa
(anexo A).
El periodo de adscripción en comisión de servicio del empleado público será de siete
(7) meses, desde el 1 de junio de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2025. Cualquiera de
ambas Partes podrá poner fin a la adscripción mediante una notificación con dos (2)
meses de antelación, salvo en el supuesto previsto en el artículo 19, letra h), de la
Resolución Res(2012)2, en cuyo caso la Organización podrá dar por finalizada la
adscripción en comisión de servicio mediante una notificación con un (1) mes de
antelación. La adscripción podrá prorrogarse o renovarse mediante enmienda por escrito
al presente Acuerdo Internacional Administrativo hasta un máximo de tres (3) años.
La adscripción finalizará en caso de que el empleado público deje de estar al servicio
del Estado Donante.
Tras la finalización del periodo de adscripción en comisión de servicio, el empleado
público no podrá trabajar en la Organización, salvo que sea seleccionado para ello tras
un proceso de selección sujeto a lo previsto en las disposiciones del Estatuto del
Personal.
La descripción de las funciones figura en el anexo B.
El empleado público podrá asumir compromisos económicos en nombre de la
Organización en el marco de una delegación específica del Secretario General o de la
Jefatura de la Entidad Administrativa Principal de que se trate, y podrá ejercer autoridad
jerárquica, entre otras cosas realizando evaluaciones, conforme a la normativa del
Consejo de Europa en la materia, en la medida en que ello resulte preciso a los efectos
de desempeñar las funciones que le sean encomendadas.

cve: BOE-A-2025-11439
Verificable en https://www.boe.es

Disposiciones generales