Ciudad de CeutaV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Homologaciones. (BOE-B-2025-21045)
Resolución del Servicio de Industria y Energía de la Ciudad Autónoma de Ceuta sobre solicitud de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de centro de seccionamiento (CD SEVA AUXILIAR EAEC270) en la Nueva Subestación Virgen de África en la Ciudad Autónoma de Ceuta. Expte: 18.240/2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 136

Viernes 6 de junio de 2025

Sec. V-B. Pág. 32098

El centro de seccionamiento tiene la finalidad de realizar el corte y maniobra de
la línea de distribución soterrada de MT y proporciona a su vez conexión al centro
de transformación (dentro del PTA de la Subestación) que da alimentación a los
servicios Auxiliares de la Subestación Virgen de África.
2º.- APROBAR la Autorización Administrativa de Construcción (Aprobación del
Proyecto de Ejecución).
Una vez ejecutado el proyecto, se presentará la correspondiente solicitud de la
autorización de explotación, dirigida al Servicio de Industria y Energía de la Ciudad
Autónoma de Ceuta para dar cumplimiento a los trámites reglamentarios
ordenados en el Título VII, Capítulo II, Sección 3ª del Real Decreto 1.955/2.000, de
1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución,
comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de
energía eléctrica.
A dicha solicitud se acompañará un certificado de final de obra suscrito por
técnico facultativo competente, en el que conste que la instalación se ha realizado
de acuerdo con las especificaciones contenidas en el proyecto de ejecución
aprobado, así como las prescripciones de la reglamentación técnica aplicable a la
materia.
El plazo establecido para la ejecución de la reforma de la instalación será de
doce meses, indicando que si transcurrido dicho plazo, no ha sido emitido el
certificado final de obra y solicitada el acta de puesta en servicio, podrá el
peticionario, por razones justificadas, requerir la prórroga del plazo establecido.
Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá
interponerse por los interesados el recurso potestativo de reposición, en el plazo
de un mes, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Ceuta, 29 de mayo de 2025.- Jefe de Servicio de Industria y Energía, Manuel
Jurado Belmonte.

cve: BOE-B-2025-21045
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D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X