Ministerio de Agricultura, Pesca y AlimentaciónV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Homologaciones. (BOE-B-2025-20988)
Extracto de la Orden de 27 de mayo de 2025, por la que se convocan las ayudas para la adquisición de copos para la mejora de la selectividad en los buques de la modalidad de arrastre de fondo del caladero mediterráneo
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 136
Viernes 6 de junio de 2025
Sec. V-B. Pág. 31983
no se supere el 100 % de los costes subvencionables, según lo dispuesto en el
artículo 7 de las bases reguladoras.
Quinto.- Plazo de presentación y solicitudes.
El plazo de presentación de las solicitudes será de 15 días hábiles contados
desde el día siguiente a la publicación del presente extracto en el «Boletín Oficial
del Estado».
La presentación de solicitudes se realizará a través del procedimiento
específico que esté disponible en la sede electrónica asociada del Ministerio de
Agricultura, Pesca y Alimentación https://sede.mapa.gob.es/.
Sexto.- Evaluación de las solicitudes y comisión de valoración
La comisión de valoración encargada de la evaluación del cumplimiento de los
requisitos se ajustará a lo dispuesto en el artículo 11 de la Orden. Se valorarán las
solicitudes atendiendo al cumplimiento de lo exigido en los artículos 1, 3, 4 y 5 de
la Orden, referente a los fines a los que se destina la ayuda, los beneficiarios, los
requisitos y obligaciones de estos, así como al cumplimiento de los plazos respecto
a la entrada de las solicitudes de acuerdo con lo previsto en el apartado 1 del
punto séptimo de la convocatoria.
Séptimo.- Justificación, pago y reintegro
El plazo de presentación de la documentación relativa a la justificación será de
diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la
resolución de concesión. Dicha documentación se presentará a través del
procedimiento específico que esté disponible en la sede electrónica asociada del
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación https://sede.mapa.gob.es/.
La justificación se ajustará a lo establecido en el artículo 14 de las bases
reguladoras así como al apartado décimo primero de la convocatoria.
Madrid, 27 de mayo de 2025.- El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación,
P.D. (Orden APA/1511/2024, de 2 de diciembre), la Directora General de
Ordenación Pesquera y Acuicultura, Aurora De Blas Carbonero.
cve: BOE-B-2025-20988
Verificable en https://www.boe.es
ID: A250027052-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 136
Viernes 6 de junio de 2025
Sec. V-B. Pág. 31983
no se supere el 100 % de los costes subvencionables, según lo dispuesto en el
artículo 7 de las bases reguladoras.
Quinto.- Plazo de presentación y solicitudes.
El plazo de presentación de las solicitudes será de 15 días hábiles contados
desde el día siguiente a la publicación del presente extracto en el «Boletín Oficial
del Estado».
La presentación de solicitudes se realizará a través del procedimiento
específico que esté disponible en la sede electrónica asociada del Ministerio de
Agricultura, Pesca y Alimentación https://sede.mapa.gob.es/.
Sexto.- Evaluación de las solicitudes y comisión de valoración
La comisión de valoración encargada de la evaluación del cumplimiento de los
requisitos se ajustará a lo dispuesto en el artículo 11 de la Orden. Se valorarán las
solicitudes atendiendo al cumplimiento de lo exigido en los artículos 1, 3, 4 y 5 de
la Orden, referente a los fines a los que se destina la ayuda, los beneficiarios, los
requisitos y obligaciones de estos, así como al cumplimiento de los plazos respecto
a la entrada de las solicitudes de acuerdo con lo previsto en el apartado 1 del
punto séptimo de la convocatoria.
Séptimo.- Justificación, pago y reintegro
El plazo de presentación de la documentación relativa a la justificación será de
diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la
resolución de concesión. Dicha documentación se presentará a través del
procedimiento específico que esté disponible en la sede electrónica asociada del
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación https://sede.mapa.gob.es/.
La justificación se ajustará a lo establecido en el artículo 14 de las bases
reguladoras así como al apartado décimo primero de la convocatoria.
Madrid, 27 de mayo de 2025.- El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación,
P.D. (Orden APA/1511/2024, de 2 de diciembre), la Directora General de
Ordenación Pesquera y Acuicultura, Aurora De Blas Carbonero.
cve: BOE-B-2025-20988
Verificable en https://www.boe.es
ID: A250027052-1
https://www.boe.es
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