Tribunal Constitucional. T.C. Sección del Tribunal Constitucional. Sentencias. (BOE-A-2025-11316)
Sala Primera. Sentencia 102/2025, de 28 de abril de 2025. Recurso de amparo 5381-2024. Promovido por doña Nagore Sánchez Amondarain en relación con las resoluciones administrativas y judiciales que desestimaron su petición de revisión y ampliación de la prestación por nacimiento y cuidado de hijo menor, como madre biológica de familia monoparental. Vulneración del derecho a la igualdad ante la ley sin discriminación por razón de nacimiento: resoluciones judiciales y administrativas que aplican una regulación legal declarada inconstitucional en la STC 140/2024, en tanto que omite la posibilidad de que las madres biológicas de familias monoparentales, trabajadoras por cuenta ajena, puedan ampliar su permiso por nacimiento disfrutando del permiso que correspondería al otro progenitor, caso de existir.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 135
Jueves 5 de junio de 2025
Sec. TC. Pág. 74179
FALLO
En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le
confiere la Constitución de la Nación española, ha decidido estimar la demanda
presentada por doña Nagore Sánchez Amondarain y, en su virtud:
1.º Declarar que se ha vulnerado el derecho fundamental a la igualdad ante la ley
sin que proceda discriminación por razón de nacimiento (art. 14 CE).
2.º Restablecer a la recurrente en su derecho y, a tal fin, declarar la nulidad de la
sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo núm. 827/2024, de 31 de mayo,
pronunciada en el recurso de casación para la unificación de doctrina núm. 577-2023.
3.º Declarar la firmeza de la sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior
de Justicia del País Vasco núm. 2618/2022, de 13 de diciembre, pronunciada en el
recurso de suplicación núm. 1132-2022.
Publíquese esta sentencia en el «Boletín Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2025-11316
Verificable en https://www.boe.es
Dada en Madrid, a veintiocho de abril de dos mil veinticinco.–Cándido CondePumpido Tourón.–Ricardo Enríquez Sancho.–Concepción Espejel Jorquera.–María Luisa
Segoviano Astaburuaga.–Juan Carlos Campo Moreno.–José María Macías Castaño.–
Firmado y rubricado.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 135
Jueves 5 de junio de 2025
Sec. TC. Pág. 74179
FALLO
En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le
confiere la Constitución de la Nación española, ha decidido estimar la demanda
presentada por doña Nagore Sánchez Amondarain y, en su virtud:
1.º Declarar que se ha vulnerado el derecho fundamental a la igualdad ante la ley
sin que proceda discriminación por razón de nacimiento (art. 14 CE).
2.º Restablecer a la recurrente en su derecho y, a tal fin, declarar la nulidad de la
sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo núm. 827/2024, de 31 de mayo,
pronunciada en el recurso de casación para la unificación de doctrina núm. 577-2023.
3.º Declarar la firmeza de la sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior
de Justicia del País Vasco núm. 2618/2022, de 13 de diciembre, pronunciada en el
recurso de suplicación núm. 1132-2022.
Publíquese esta sentencia en el «Boletín Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2025-11316
Verificable en https://www.boe.es
Dada en Madrid, a veintiocho de abril de dos mil veinticinco.–Cándido CondePumpido Tourón.–Ricardo Enríquez Sancho.–Concepción Espejel Jorquera.–María Luisa
Segoviano Astaburuaga.–Juan Carlos Campo Moreno.–José María Macías Castaño.–
Firmado y rubricado.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X