Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2025-11263)
Resolución de 28 de mayo de 2025, de la Universidad de Alicante, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 135

Jueves 5 de junio de 2025

Sec. II.B. Pág. 73686

presencial o no presencial) del acto de presentación referido en la base 8. La
convocatoria para el acto de presentación deberá indicar, en su caso, si el desarrollo del
concurso se ha establecido en forma no presencial, la forma en que podrán seguirse de
forma no presencial las sesiones públicas y el plazo habilitado para que las personas
aspirantes aporten la documentación referida en la base 8.
Contra la resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso
de reposición en el plazo de un mes o, directamente, recurso contencioso-administrativo
en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la
citada resolución, conforme al artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora
de la jurisdicción contencioso-administrativa.
6.3 No procederá devolución alguna de los derechos de admisión a pruebas en los
supuestos de exclusión por causa imputable a la persona interesada.
7.

Comisiones del concurso de acceso

7.1 La composición de la Comisión juzgadora correspondiente a cada concurso,
nombrada por resolución de la Universidad de Alicante de 28 de mayo de 2025, figura en
el anexo III de esta convocatoria. Se incluyen los miembros de la lista de reserva
resultante del sorteo establecido en el reglamento que regula la constitución de las
Comisiones de selección de plazas de personal docente e investigador de la Universidad
de Alicante. Las nuevas incorporaciones a la comisión a través de esta lista de reserva
se harán respetando la composición paritaria de la comisión.
7.2 Los currículums de los miembros titulares se publicarán en sede electrónica en
«Otros documentos generales» del expediente del aspirante asociado a esta
convocatoria.
7.3 Las comisiones juzgadoras deberán constituirse en el plazo máximo de tres
meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria del
concurso de acceso y deberán ajustarse en su funcionamiento a lo establecido en las
bases 6 y siguientes de la normativa de desarrollo de esta universidad.
7.4 Los miembros de las comisiones percibirán las gratificaciones por asistencias
fijadas en la Normativa sobre indemnizaciones por razón de servicio y gastos de
desplazamiento y estancia de personal externo en la Universidad de Alicante.
8.

Desarrollo del concurso

Copia digital del currículum, de acuerdo con el modelo que se incluye en la
convocatoria (anexo II) o con el curriculum vitae normalizado (CVN).
Copia digital de la documentación que acredite, fehacientemente, los méritos
alegados en él. Sólo se valorarán los méritos cumplidos en la fecha en que finaliza el
plazo de presentación de solicitudes.
Copia digital del proyecto investigador.

cve: BOE-A-2025-11263
Verificable en https://www.boe.es

8.1 Acto de constitución. Se podrá hacer de forma presencial o a distancia y la
comisión fijará los criterios específicos de valoración, que deberán ajustarse a los
criterios básicos establecidos en el artículo 142.2 del Estatuto de la Universidad de
Alicante y a los criterios generales recogidos en el artículo 11 de la normativa de
desarrollo de esta universidad. Se publicarán con antelación al acto de presentación en
sede electrónica y, si la constitución ha sido de forma presencial, se publicarán también
en el tablón de anuncios de los locales donde se haya constituido y desarrolle sus
actuaciones la Comisión.
8.2 Presentación. Con carácter previo al acto de presentación, conforme a lo
indicado en la resolución por la que se publica la convocatoria a dicho acto, el personal
aspirante adjuntará a través de Sede Electrónica, accediendo a su expediente, en
cualquiera de los formatos JPG, PDF, DOC o DOCX, la siguiente documentación: