Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-11189)
Resolución de 26 de mayo de 2025, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., por la que se publica el Convenio con Fundación Marcelino Botín-Sanz de Sautuola y López, para colaborar en la realización del encuentro «El riesgo de inundaciones: perspectivas desde la gestión de las avenidas y la ordenación del territorio».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 134
Miércoles 4 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 73427
colaboraciones, ambas entidades acuerdan suscribir el presente convenio con sujeción a
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
El objeto de este convenio es establecer la colaboración de la Fundación Botín con la
UIMP para la realización del encuentro ««El riesgo de inundaciones: perspectivas desde
la gestión de las avenidas y la ordenación del territorio», que celebrará la UIMP en 2025
en Santander, en el marco de su programación académica ordinaria.
Segunda.
Compromisos asumidos por la Fundación Botín.
I. Aspectos académicos. La Fundación Botín, a través de su Observatorio del Agua,
asume las tareas de dirección y secretaría académica del encuentro.
Será la dirección académica quien lleve a cabo el diseño del programa y la propuesta
de los ponentes participantes, según la descripción y contenidos que se pactan entre las
partes y que se recogen en el anexo I a este convenio. La propuesta de programa
deberá contar con la aprobación final de ambas partes.
II. Gestión del encuentro. La Fundación Botín, con sus propios medios y de acuerdo
a sus procedimientos y normativa, se encargará de las siguientes gestiones:
– Gestión del viaje y alojamiento de las personas que se encarguen de la dirección y
secretaría académica y de los conferenciantes que deban desplazarse a Santander para
su intervención.
– Gestión del pago de los honorarios a los conferenciantes. Las personas que se
encarguen de la dirección y secretaría académica no percibirán ningún honorario por su
labor, ni por parte de la Fundación Botín ni por parte de la UIMP.
– Apoyo a la campaña de publicidad que ralice la UIMP con carácter general para el
conjunto de su programación.
– Aportación en servicios. Asumirá directamente, con cargo a su presupuesto
ordinario, la financiación de las partidas que gestiona de acuerdo con lo indicado en el
apartado II de esta cláusula, que se presupuestan en ocho mil ciento sesenta y cuatro
euros ( 8.164,00 €), según se recoge en el anexo II. Esto no implica un traspaso de
fondos a la UIMP.
– Aportación a la UIMP. Realizará una aportación a la UIMP de cuatro mil treinta y
dos euros (4.032,00 €) en concepto de apoyo económico a la organización y celebración
del encuentro. La Fundación Botín no asumirá ninguna aportación a la UIMP por este
concepto por importe superior a la cantidad indicada en este párrafo.
Esta aportación se realizará una vez finalizado el encuentro, previo requerimiento de
pago presentado por UIMP, mediante transferencia bancaria a la cuenta n.º
ES95-9000-0001-20-0200008606 abierta a nombre de la Universidad Internacional
Menéndez Pelayo en el Banco de España, Agencia de Madrid. Se establece como
cve: BOE-A-2025-11189
Verificable en https://www.boe.es
La Fundación Botín podrá contar con la colaboración de otras entidades en el
desarrollo de las gestiones mencionadas, sin que ello suponga ninguna alteración de lo
pactado con la UIMP en este convenio.
La Fundación Botín mantendrá indemne a la UIMP de cualquier reclamación que se
pueda recibir en relación con el encuentro en lo que se refiere a la gestión que la propia
Fundación realiza, asumiendo éste toda la responsabilidad frente al profesorado,
empresas contratistas o cualquier persona o entidad que pueda verse afectada por dicha
gestión.
III. Compromiso económico. La Fundación Botín asume el siguiente compromiso
económico en virtud de este convenio:
Núm. 134
Miércoles 4 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 73427
colaboraciones, ambas entidades acuerdan suscribir el presente convenio con sujeción a
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
El objeto de este convenio es establecer la colaboración de la Fundación Botín con la
UIMP para la realización del encuentro ««El riesgo de inundaciones: perspectivas desde
la gestión de las avenidas y la ordenación del territorio», que celebrará la UIMP en 2025
en Santander, en el marco de su programación académica ordinaria.
Segunda.
Compromisos asumidos por la Fundación Botín.
I. Aspectos académicos. La Fundación Botín, a través de su Observatorio del Agua,
asume las tareas de dirección y secretaría académica del encuentro.
Será la dirección académica quien lleve a cabo el diseño del programa y la propuesta
de los ponentes participantes, según la descripción y contenidos que se pactan entre las
partes y que se recogen en el anexo I a este convenio. La propuesta de programa
deberá contar con la aprobación final de ambas partes.
II. Gestión del encuentro. La Fundación Botín, con sus propios medios y de acuerdo
a sus procedimientos y normativa, se encargará de las siguientes gestiones:
– Gestión del viaje y alojamiento de las personas que se encarguen de la dirección y
secretaría académica y de los conferenciantes que deban desplazarse a Santander para
su intervención.
– Gestión del pago de los honorarios a los conferenciantes. Las personas que se
encarguen de la dirección y secretaría académica no percibirán ningún honorario por su
labor, ni por parte de la Fundación Botín ni por parte de la UIMP.
– Apoyo a la campaña de publicidad que ralice la UIMP con carácter general para el
conjunto de su programación.
– Aportación en servicios. Asumirá directamente, con cargo a su presupuesto
ordinario, la financiación de las partidas que gestiona de acuerdo con lo indicado en el
apartado II de esta cláusula, que se presupuestan en ocho mil ciento sesenta y cuatro
euros ( 8.164,00 €), según se recoge en el anexo II. Esto no implica un traspaso de
fondos a la UIMP.
– Aportación a la UIMP. Realizará una aportación a la UIMP de cuatro mil treinta y
dos euros (4.032,00 €) en concepto de apoyo económico a la organización y celebración
del encuentro. La Fundación Botín no asumirá ninguna aportación a la UIMP por este
concepto por importe superior a la cantidad indicada en este párrafo.
Esta aportación se realizará una vez finalizado el encuentro, previo requerimiento de
pago presentado por UIMP, mediante transferencia bancaria a la cuenta n.º
ES95-9000-0001-20-0200008606 abierta a nombre de la Universidad Internacional
Menéndez Pelayo en el Banco de España, Agencia de Madrid. Se establece como
cve: BOE-A-2025-11189
Verificable en https://www.boe.es
La Fundación Botín podrá contar con la colaboración de otras entidades en el
desarrollo de las gestiones mencionadas, sin que ello suponga ninguna alteración de lo
pactado con la UIMP en este convenio.
La Fundación Botín mantendrá indemne a la UIMP de cualquier reclamación que se
pueda recibir en relación con el encuentro en lo que se refiere a la gestión que la propia
Fundación realiza, asumiendo éste toda la responsabilidad frente al profesorado,
empresas contratistas o cualquier persona o entidad que pueda verse afectada por dicha
gestión.
III. Compromiso económico. La Fundación Botín asume el siguiente compromiso
económico en virtud de este convenio: