Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-11172)
Resolución de 12 de mayo de 2025, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publica el Convenio con la Real Federación Española de Atletismo, para la impartición por el Centro Superior de Enseñanzas Deportivas de la segunda edición del ciclo de grado superior en atletismo para el periodo 2025-2027.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 134
Miércoles 4 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 73350
2. La publicidad y difusión del curso a través de sus medios de comunicación. Con
un coste estimado de quinientos euros (500 €) IVA no incluido.
ANEXO II
Abono y pago
El CSD abonará a la RFEA los gastos derivados de la realización de las funciones
establecidas
en
la
cláusula
tercera
con
cargo
a
la
aplicación
presupuestaria 18.22.15.336A.226.06, y previa presentación de la correspondiente
factura.
Los gastos abonables por la organización del ciclo de grado superior se establecen
en función del número de alumnos matriculados y participantes en el curso:
Número de alumnos
Coste estimado IVA no incluido
–
Euros
10
5.500,00
11-12
8.500,00
13-14
11.500,00
15-16
14.500,00
17-18
17.500,00
19-20
20.500,00
21-22
23.500,00
23-24
26.500,00
25-26
29.500,00
27-28
32.500,00
29-30
35.500,00
Los abonos se realizarán para el curso de ciclo de grado superior, respectivamente,
en los plazos establecidos, en los términos y calendario siguientes:
cve: BOE-A-2025-11172
Verificable en https://www.boe.es
– El primer pago se abonará al finalizar la matrícula del alumnado y será del 40 %
del total del servicio. Según el calendario establecido este abono se realizará durante el
año 2025, una vez que el convenio sea eficaz.
– El segundo pago por el restante 60 % se abonará al finalizar el bloque específico.
Según el calendario establecido este abono se realizará durante el año 2027.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 134
Miércoles 4 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 73350
2. La publicidad y difusión del curso a través de sus medios de comunicación. Con
un coste estimado de quinientos euros (500 €) IVA no incluido.
ANEXO II
Abono y pago
El CSD abonará a la RFEA los gastos derivados de la realización de las funciones
establecidas
en
la
cláusula
tercera
con
cargo
a
la
aplicación
presupuestaria 18.22.15.336A.226.06, y previa presentación de la correspondiente
factura.
Los gastos abonables por la organización del ciclo de grado superior se establecen
en función del número de alumnos matriculados y participantes en el curso:
Número de alumnos
Coste estimado IVA no incluido
–
Euros
10
5.500,00
11-12
8.500,00
13-14
11.500,00
15-16
14.500,00
17-18
17.500,00
19-20
20.500,00
21-22
23.500,00
23-24
26.500,00
25-26
29.500,00
27-28
32.500,00
29-30
35.500,00
Los abonos se realizarán para el curso de ciclo de grado superior, respectivamente,
en los plazos establecidos, en los términos y calendario siguientes:
cve: BOE-A-2025-11172
Verificable en https://www.boe.es
– El primer pago se abonará al finalizar la matrícula del alumnado y será del 40 %
del total del servicio. Según el calendario establecido este abono se realizará durante el
año 2025, una vez que el convenio sea eficaz.
– El segundo pago por el restante 60 % se abonará al finalizar el bloque específico.
Según el calendario establecido este abono se realizará durante el año 2027.
https://www.boe.es
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X