Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal técnico, de gestión y de administración y servicios. (BOE-A-2025-11036)
Resolución de 27 de mayo de 2025, de la Universidad Politécnica de Cartagena, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en la Escala Técnica Superior de Gestión de Servicios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 3 de junio de 2025

Sec. II.B. Pág. 72698

este ejercicio se valorará el conocimiento del idioma inglés, la capacidad de comprensión
y la calidad de la versión en inglés.
El tiempo máximo de realización es de 60 minutos.
Las referencias normativas contenidas en el programa de materias se entenderán
referidas a las normas vigentes en el momento de la realización del correspondiente
ejercicio.
1.2 Fase de concurso. No tendrá carácter eliminatorio y sólo se aplicará a las
personas aspirantes que superen la fase de oposición. La puntuación máxima de esta
fase será de 40 puntos y constituirá el 40 % del total de la puntuación de la prueba
selectiva.
Los méritos para valorar serán los siguientes:
A) Experiencia profesional durante los últimos cinco años, con un máximo de 40
puntos:
– Servicios prestados en la Universidad Politécnica de Cartagena como personal
funcionario en el subgrupo A1 o como personal laboral en el grupo profesional
equivalente en puestos de trabajo que tengan asignadas funciones propias de la Escala
Técnica Superior de Gestión de Servicios, especialidad Relaciones Internacionales, a
razón de 0,67 puntos por mes completo de servicio, hasta un máximo de 40 puntos.
– Servicios prestados en otras universidades y administraciones públicas como
personal funcionario en el subgrupo A1 o como personal laboral en el grupo profesional
equivalente en puestos de trabajo que tengan asignadas funciones equivalentes a las
asignadas en la Universidad a la Escala Técnica Superior de Gestión de Servicios,
especialidad Relaciones Internacionales, a razón de 0,34 puntos por mes completo de
servicio, hasta un máximo de 20 puntos.
La acreditación de los servicios prestados, así como de las funciones realizadas en el
puesto se realizará mediante certificado emitido por el órgano competente de la
universidad o administración pública.
B) Acreditación de una titulación académica superior a la exigida en el proceso
selectivo, mediante la certificación de un nivel de correspondencia del Marco Europeo de
Cualificaciones (MECES), con un máximo de 3 puntos:
– 3 puntos: Título de Doctor o nivel 4 del MECES.
– 1,5 puntos: Título de Máster universitario, título de Máster en Enseñanzas
Artísticas, título de Graduado de al menos 300 créditos ECTS que comprenda al
menos 60 créditos ECTS de Nivel de Máster, que haya obtenido este nivel de
cualificación mediante resolución del Consejo de Universidades, títulos declarados
equivalentes a nivel 3 del MECES.
A los efectos anteriores, se tendrán en cuenta las equivalencias de títulos legalmente
reconocidas. El nivel MECES debe ser acreditado mediante certificado de
correspondencia expedido por el ministro de Educación.
En este apartado sólo se valorará la titulación mayor de las aportadas por los
aspirantes.
2. La calificación final del proceso vendrá dada por la suma de las puntuaciones
obtenidas en la fase de oposición y en la fase de concurso del proceso selectivo. En
ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para la
superación de la fase de oposición.

cve: BOE-A-2025-11036
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Núm. 133