Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-11056)
Resolución de 27 de mayo de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de afección ambiental del proyecto «Módulo de generación eólica Parque Eólico Elawan Belinchón II Híbrido, de 21,6 MW de potencia instalada, para su hibridación con el parque solar fotovoltaico existente PSFV Elawan Belinchón II, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Cuenca».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 133
Martes 3 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 72844
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
11056
Resolución de 27 de mayo de 2025, de la Dirección General de Calidad y
Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de
afección ambiental del proyecto «Módulo de generación eólica Parque Eólico
Elawan Belinchón II Híbrido, de 21,6 MW de potencia instalada, para su
hibridación con el parque solar fotovoltaico existente PSFV Elawan Belinchón
II, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Cuenca».
Con fecha 12 de febrero de 2025, tiene entrada en esta Dirección General solicitud
de tramitación de procedimiento de determinación de afección ambiental del proyecto
«Módulo de generación eólica Parque Eólico Elawan Belinchón II Híbrido de 21,6 MW de
potencia instalada, para su hibridación con el parque solar fotovoltaico existente PSFV
Elawan Belinchón II, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Cuenca»,
ubicado en el término municipal de Belinchón, en la provincia de Cuenca, promovido por
Elawan Fotovoltaica Belinchón 2, SL, al amparo del artículo 22 del Real
Decreto-ley 20/2022, de medidas de respuesta a las consecuencias económicas y
sociales de la Guerra de Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y
a otras situaciones de vulnerabilidad.
Tras la subsanación de la documentación por el promotor, se verifica que el proyecto
reúne los requisitos para acogerse a la tramitación prevista en el artículo 22 del Real
Decreto-ley 20/2022.
El proyecto contempla la construcción y puesta en funcionamiento de un parque
eólico (PE) «Elawan Belinchón II Híbrido», que hibridará con una planta solar fotovoltaica
en funcionamiento «FV Elawan Belinchón II», de 48,272 MW, con el que compartirá
acceso a la red. El parque eólico cuenta con 3 aerogeneradores, con una potencia
unitaria de 7,2 MW, sumando una potencia total de 21,6 MW. El modelo seleccionado
cuenta una altura de buje de 125 m, un diámetro de rotor de 172 m y una altura en punta
de pala de 211 m. La potencia conjunta de la instalación híbrida será de 69,872 MW. La
línea de evacuación subterránea de 30 kV parte desde los centros de transformación de
la planta hasta la subestación existente «SET Colectora Belinchón 30/132/400 kV» con
una longitud total de 6,51 km.
El resto de la infraestructura de evacuación de la planta, desde la subestación «SET
Colectora Belinchón 30/132/400 kV» hasta su conexión a la red de transporte «SE
Belinchón 400 kV» propiedad de Red Eléctrica de España, SAU, se encuentra en
explotación y es compartida con la planta solar fotovoltaica «FV Elawan Belinchón II».
Las obras tendrán una duración aproximada de diez meses para el parque eólico
y siete meses para la línea de evacuación.
Los elementos del análisis ambiental para determinar las principales afecciones
sobre el medio ambiente del proyecto, basado en los criterios recogidos en el
artículo 6.3.b) del real decreto-ley, son los siguientes:
1.
Afección sobre la Red Natura 2000, espacios protegidos y sus zonas periféricas
de protección y hábitats de interés comunitario
La implantación de la planta fotovoltaica y su línea de evacuación subterránea se
encuentran fuera de los espacios protegidos de Castilla–La Mancha según consta en su
estudio de impacto ambiental.
cve: BOE-A-2025-11056
Verificable en https://www.boe.es
Antecedentes de hecho
Núm. 133
Martes 3 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 72844
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
11056
Resolución de 27 de mayo de 2025, de la Dirección General de Calidad y
Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de
afección ambiental del proyecto «Módulo de generación eólica Parque Eólico
Elawan Belinchón II Híbrido, de 21,6 MW de potencia instalada, para su
hibridación con el parque solar fotovoltaico existente PSFV Elawan Belinchón
II, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Cuenca».
Con fecha 12 de febrero de 2025, tiene entrada en esta Dirección General solicitud
de tramitación de procedimiento de determinación de afección ambiental del proyecto
«Módulo de generación eólica Parque Eólico Elawan Belinchón II Híbrido de 21,6 MW de
potencia instalada, para su hibridación con el parque solar fotovoltaico existente PSFV
Elawan Belinchón II, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Cuenca»,
ubicado en el término municipal de Belinchón, en la provincia de Cuenca, promovido por
Elawan Fotovoltaica Belinchón 2, SL, al amparo del artículo 22 del Real
Decreto-ley 20/2022, de medidas de respuesta a las consecuencias económicas y
sociales de la Guerra de Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y
a otras situaciones de vulnerabilidad.
Tras la subsanación de la documentación por el promotor, se verifica que el proyecto
reúne los requisitos para acogerse a la tramitación prevista en el artículo 22 del Real
Decreto-ley 20/2022.
El proyecto contempla la construcción y puesta en funcionamiento de un parque
eólico (PE) «Elawan Belinchón II Híbrido», que hibridará con una planta solar fotovoltaica
en funcionamiento «FV Elawan Belinchón II», de 48,272 MW, con el que compartirá
acceso a la red. El parque eólico cuenta con 3 aerogeneradores, con una potencia
unitaria de 7,2 MW, sumando una potencia total de 21,6 MW. El modelo seleccionado
cuenta una altura de buje de 125 m, un diámetro de rotor de 172 m y una altura en punta
de pala de 211 m. La potencia conjunta de la instalación híbrida será de 69,872 MW. La
línea de evacuación subterránea de 30 kV parte desde los centros de transformación de
la planta hasta la subestación existente «SET Colectora Belinchón 30/132/400 kV» con
una longitud total de 6,51 km.
El resto de la infraestructura de evacuación de la planta, desde la subestación «SET
Colectora Belinchón 30/132/400 kV» hasta su conexión a la red de transporte «SE
Belinchón 400 kV» propiedad de Red Eléctrica de España, SAU, se encuentra en
explotación y es compartida con la planta solar fotovoltaica «FV Elawan Belinchón II».
Las obras tendrán una duración aproximada de diez meses para el parque eólico
y siete meses para la línea de evacuación.
Los elementos del análisis ambiental para determinar las principales afecciones
sobre el medio ambiente del proyecto, basado en los criterios recogidos en el
artículo 6.3.b) del real decreto-ley, son los siguientes:
1.
Afección sobre la Red Natura 2000, espacios protegidos y sus zonas periféricas
de protección y hábitats de interés comunitario
La implantación de la planta fotovoltaica y su línea de evacuación subterránea se
encuentran fuera de los espacios protegidos de Castilla–La Mancha según consta en su
estudio de impacto ambiental.
cve: BOE-A-2025-11056
Verificable en https://www.boe.es
Antecedentes de hecho