Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. I. Disposiciones generales. Registro Mercantil. Modelos de cuentas anuales. (BOE-A-2025-11004)
Resolución de 26 de mayo de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, referida a los modelos para la presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales de los sujetos obligados a su publicación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 133

Martes 3 de junio de 2025

Sec. I. Pág. 72181

en lo que respecta a la utilización de herramientas y procesos digitales en el ámbito del
derecho de sociedades.
El segundo cambio se refiere a incluir el nuevo código de actividad CNAE de 2025.
Ante la entrada en vigor Reglamento Delegado (UE) 2023/137, por el que se establece la
nomenclatura estadística de actividades económicas NACE Revisión 2, y del Real
Decreto 10/2025, de 14 de enero, por el que se aprueba la Clasificación Nacional de
Actividades Económicas 2025 (CNAE-2025), sobre la nueva tabla de actividades
económicas, válida a partir de 2025, se incluye una nueva clave para el CNAE 2025.
Para su cumplimentación los modelos electrónicos incorporan una ayuda para que las
empresas puedan rellenarlo a partir del CNAE vigente en 2024 (denominado
CNAE 2009). La importancia de esta nueva clave viene motivada por 1) la necesidad de
que las instituciones encargadas de realizar estadísticas y estudios puedan avanzar en
la adaptación a las nuevas tablas que entran en vigor en 2025 y 2) para propiciar que las
empresas conozcan la nueva CNAE y puedan conciliar con la previa, verificando además
su correcta declaración.
Así, las modificaciones que se incluyen en los nuevos modelos, en relación con los
anteriores aprobados por la Resolución de 23 de abril de 2024, junto con la Resolución
de 8 de mayo de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública,
según apartado afectado y tipo de modelo, son las siguientes:
A.1

Cambios en todos los modelos (normal, abreviado y pyme).

A.1.1

Cambios en la solicitud de presentación en el Registro Mercantil.

A.1.1.1

Código IRUS.

Se incluye el identificador registral único de la sociedad (código IRUS).
A.1.2

Cambios en la hoja de Identificación.

A.1.2.1

Código IRUS.

Se incluye el identificador registral único de la sociedad (código IRUS).
A.1.2.2

Nuevo CNAE para 2025.

Inclusión del CNAE 2025 a partir del CNAE 2009 vigente para 2024.
A.1.3

Cambios en los tests de errores.

Se modifica de voluntario a obligatorio el test relativo a consignar el código CNAE y
se incluye como voluntario el reporte del código IRUS.
En su virtud, de acuerdo con el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, he
resuelto:
Aprobación de las modificaciones de los modelos de cuentas anuales.

Aprobación de las modificaciones de los modelos de cuentas anuales.
Modificar, en los términos anteriormente expuestos, los modelos oficiales de cuentas
anuales a los que se refiere la Resolución de 23 de abril de 2024, de la Dirección
General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, junto con la Resolución de 8 de mayo
de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública.
Segundo.

Adición informativa en la Certificación de aprobación de las cuentas anuales.

Los administradores de la Sociedad harán constar en la Certificación de aprobación
de las cuentas anuales que junto con las mismas están obligados a depositar en el
Registro Mercantil, conforme al artículo 279.1 de la Ley de Sociedades de Capital, el uso

cve: BOE-A-2025-11004
Verificable en https://www.boe.es

Primero.