Ministerio Para La Transformación Digital y de La Función Pública. III. Otras disposiciones. Comunicación audiovisual. (BOE-A-2025-11000)
Resolución de 27 de mayo de 2025, de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 20 de mayo de 2025, por el que se renuevan licencias para la prestación del servicio de comunicación audiovisual televisivo lineal de ámbito estatal mediante ondas hertzianas terrestres de las que son titulares las sociedades Atresmedia Corporación de Medios Audiovisuales, SA, Grupo Audiovisual Mediaset España Comunicación, SAU, Veo Televisión, SA, y Sociedad Gestora de Televisión Net TV, SA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 132
Lunes 2 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 72158
– Veo Televisión, SA: Se renueva automáticamente la licencia que le habilita para
prestar el servicio de comunicación audiovisual televisivo lineal de ámbito estatal mediante
ondas hertzianas terrestres y mediante la explotación de dos canales digitales de TDT.
– Grupo Audiovisual Mediaset España Comunicación, SAU Se renuevan
automáticamente dos licencias de las que es actualmente titular para la prestación del
servicio de comunicación audiovisual televisivo lineal de ámbito estatal mediante ondas
hertzianas terrestres mediante la explotación de tres canales digitales de TDT cada una
de las dos licencias. El titular inicial de una de esas era Gestevisión Telecinco, SA,
mientras que el titular inicial de la segunda de esas licencias era Sogecable, SAU.
Segundo.
Las licencias que se renuevan tendrán una vigencia de quince años de acuerdo con
lo previsto en el artículo 29.2 de la Ley 13/2022, de 7 de julio, de Comunicación
Audiovisual.
Tercero.
La renovación de las referidas seis licencias para la prestación del servicio de
comunicación audiovisual televisivo lineal de ámbito estatal mediante ondas hertzianas
terrestres producirá efectos a partir de las siguientes fechas, con arreglo al artículo 29.2
de la Ley 13/2022, de 7 de julio:
– A partir del 28 de mayo de 2025, la licencia de la que era titular Sogecable, SAU, y de
la que actualmente es titular el Grupo Audiovisual Mediaset España Comunicación, SAU.
– A partir del 11 de junio de 2025, las restantes cinco licencias.
Cuarto.
cve: BOE-A-2025-11000
Verificable en https://www.boe.es
Que, de conformidad con lo establecido en el apartado 3 del artículo 25 del Real
Decreto 1138/2023, de 19 de diciembre, las sociedades titulares de las licencias objeto
del presente acuerdo deberán comunicar al Registro estatal de prestadores del servicio
de comunicación audiovisual, de prestadores del servicio de intercambio de vídeos a
través de plataforma y de prestadores del servicio de agregación de servicios de
comunicación audiovisual la renovación de sus respectivas licencias, para su inscripción
de oficio.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 132
Lunes 2 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 72158
– Veo Televisión, SA: Se renueva automáticamente la licencia que le habilita para
prestar el servicio de comunicación audiovisual televisivo lineal de ámbito estatal mediante
ondas hertzianas terrestres y mediante la explotación de dos canales digitales de TDT.
– Grupo Audiovisual Mediaset España Comunicación, SAU Se renuevan
automáticamente dos licencias de las que es actualmente titular para la prestación del
servicio de comunicación audiovisual televisivo lineal de ámbito estatal mediante ondas
hertzianas terrestres mediante la explotación de tres canales digitales de TDT cada una
de las dos licencias. El titular inicial de una de esas era Gestevisión Telecinco, SA,
mientras que el titular inicial de la segunda de esas licencias era Sogecable, SAU.
Segundo.
Las licencias que se renuevan tendrán una vigencia de quince años de acuerdo con
lo previsto en el artículo 29.2 de la Ley 13/2022, de 7 de julio, de Comunicación
Audiovisual.
Tercero.
La renovación de las referidas seis licencias para la prestación del servicio de
comunicación audiovisual televisivo lineal de ámbito estatal mediante ondas hertzianas
terrestres producirá efectos a partir de las siguientes fechas, con arreglo al artículo 29.2
de la Ley 13/2022, de 7 de julio:
– A partir del 28 de mayo de 2025, la licencia de la que era titular Sogecable, SAU, y de
la que actualmente es titular el Grupo Audiovisual Mediaset España Comunicación, SAU.
– A partir del 11 de junio de 2025, las restantes cinco licencias.
Cuarto.
cve: BOE-A-2025-11000
Verificable en https://www.boe.es
Que, de conformidad con lo establecido en el apartado 3 del artículo 25 del Real
Decreto 1138/2023, de 19 de diciembre, las sociedades titulares de las licencias objeto
del presente acuerdo deberán comunicar al Registro estatal de prestadores del servicio
de comunicación audiovisual, de prestadores del servicio de intercambio de vídeos a
través de plataforma y de prestadores del servicio de agregación de servicios de
comunicación audiovisual la renovación de sus respectivas licencias, para su inscripción
de oficio.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X