Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. Destinos. (BOE-A-2025-10903)
Resolución de 23 de mayo de 2025, de la Secretaría de Estado de Migraciones, por la que se resuelve la convocatoria de libre designación, efectuada por Resolución de 9 de abril de 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 132
Lunes 2 de junio de 2025
Sec. II.A. Pág. 71631
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias
MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL
Y MIGRACIONES
10903
Resolución de 23 de mayo de 2025, de la Secretaría de Estado de
Migraciones, por la que se resuelve la convocatoria de libre designación,
efectuada por Resolución de 9 de abril de 2025.
Por Resolución de 9 de abril de 2025 (BOE de 22 de abril) se convocó la provisión,
por el procedimiento de libre designación, de un puesto de trabajo en el Ministerio de
Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 20.1.b) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de
Medidas para la Reforma de la Función Pública, y previo cumplimiento de la tramitación
que exige el capítulo III del título III del Reglamento General de Ingreso del Personal al
Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y
Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del
Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo,
Esta Secretaria de Estado, ha dispuesto:
Primero.
Resolver la referida convocatoria adjudicando el puesto de trabajo en los términos
que se señalan en el anexo adjunto.
Segundo.
La toma de posesión del nuevo destino se realizará conforme a lo establecido en el
artículo 48 del reglamento anteriormente citado.
Tercero.
Madrid, 23 de mayo de 2025.–La Secretaria de Estado de Migraciones, P. D. (Orden
ISM/1245/2024, de 7 de noviembre), la Subsecretaria de Inclusión, Seguridad Social y
Migraciones, Cristina Navarro Enterría.
cve: BOE-A-2025-10903
Verificable en https://www.boe.es
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día
siguiente al de su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal
Superior de Justicia de su comunidad autónoma o del Tribunal Superior de Justicia de
Madrid, a elección del recurrente, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 10.1.i)
y 14.1.segunda y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa o, potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo
de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dictó, de acuerdo con los
artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Núm. 132
Lunes 2 de junio de 2025
Sec. II.A. Pág. 71631
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias
MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL
Y MIGRACIONES
10903
Resolución de 23 de mayo de 2025, de la Secretaría de Estado de
Migraciones, por la que se resuelve la convocatoria de libre designación,
efectuada por Resolución de 9 de abril de 2025.
Por Resolución de 9 de abril de 2025 (BOE de 22 de abril) se convocó la provisión,
por el procedimiento de libre designación, de un puesto de trabajo en el Ministerio de
Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 20.1.b) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de
Medidas para la Reforma de la Función Pública, y previo cumplimiento de la tramitación
que exige el capítulo III del título III del Reglamento General de Ingreso del Personal al
Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y
Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del
Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo,
Esta Secretaria de Estado, ha dispuesto:
Primero.
Resolver la referida convocatoria adjudicando el puesto de trabajo en los términos
que se señalan en el anexo adjunto.
Segundo.
La toma de posesión del nuevo destino se realizará conforme a lo establecido en el
artículo 48 del reglamento anteriormente citado.
Tercero.
Madrid, 23 de mayo de 2025.–La Secretaria de Estado de Migraciones, P. D. (Orden
ISM/1245/2024, de 7 de noviembre), la Subsecretaria de Inclusión, Seguridad Social y
Migraciones, Cristina Navarro Enterría.
cve: BOE-A-2025-10903
Verificable en https://www.boe.es
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día
siguiente al de su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal
Superior de Justicia de su comunidad autónoma o del Tribunal Superior de Justicia de
Madrid, a elección del recurrente, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 10.1.i)
y 14.1.segunda y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa o, potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo
de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dictó, de acuerdo con los
artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.