Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2025-10961)
Resolución de 14 de mayo de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo de modificación parcial del IX Convenio colectivo de Decathlon España, SA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 132

Lunes 2 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 71857

cierre, retomando su actividad respectivamente con una nueva apertura de tienda en
fechas 20 de diciembre de 2024 y 21 de febrero de 2025.
A efectos de aplicación del sistema de primas establecido en el IX Convenio
Colectivo de la empresa Decathlon España SAU, teniendo en cuenta los citados cierres y
la posterior nueva apertura dentro del contexto de afectación al consumo en la zona
comercial relacionada, la comparabilidad del volumen de ventas a los efectos del sistema
de primas se encuentra igualmente afectada, estimándose dicho impacto en términos de
comparabilidad en más de un ejercicio económico.
Ante dichas circunstancias, se conviene, con independencia del sistema de prima
alternativa excepcional, establecer que ambas tiendas se rijan desde el 1 de febrero
de 2025, de aplicación desde la nómina de marzo de 2025, y durante el resto del
año 2025 y 2026 de forma similar a lo dispuesto en la tabla general para tiendas de
menos de un año del citado convenio colectivo según tabla de objetivos económicos
establecidos para cada una de las dos citadas tiendas en dichos ejercicios.
A tal fin, durante el ejercicio 2025, con la entrada en vigor antedicha, será de
aplicación alternativa a la prima excepcional anteriormente pactada la que corresponda
en función de la Tabla general de objetivos económicos establecida para cada tienda
(Aldaia, Alfafar) en 2025.
Correlativamente, tras el cierre del ejercicio 2025, se establece prorrogar dicha
situación un año más, aplicándose nuevamente la Tabla general de primas en función de
similares parámetros (Tiendas de menos de un año) tras la actualización de los objetivos
económicos de cada una de las tiendas en base a la actualización de la situación en el
contexto comercial de la zona respecto al ejercicio 2026.
Tabla salarial 2025 (entrada en vigor 1 de enero de 2025)
Salario Base Anual
(con inclusión
de pagas extra)

Euros

Salario Base Mensual
(con inclusión
de pagas extra)

Euros

Precio Hora Tiempo Parcial
(con inclusión
de pagas extra)

Euros

Grupo 3.

22.542,39

1.878,53

11,65

Grupo 4.

18.656,56

1.554,71

9,65

Grupo 5, Subgrupo 1.

21.970,11

1.830,84

11,36

Grupo 5, Subgrupo 2.

18.182,23

1.515,19

9,40

Salarios
2025

Firmado en fecha 14 de marzo de 2025.–Miguel Ruiz Sánchez, Robert Criado
García, Victoria Salguero Rebolledo, Samuel Miguélez García, Eva Ruíz Jiménez, Rubén
Rojas Rodríguez, Raquel Carmen Cuevas Álvarez, Estefanía Monteagudo Donaire,
Ignacio Javier Vázquez García, Marta Adarraga Escadafal, Alberto Vázquez Cobo,
Mónica Martínez Gil.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2025-10961
Verificable en https://www.boe.es

Al precio hora al que se hace referencia en esta tabla, se le ha detraído 31/365
partes, como provisión necesaria del periodo de vacaciones. Dicho precio hora incluye la
retribución de los catorce días festivos anuales estipulados por el estatuto de los
trabajadores. Por ello, los/las empleados/as a tiempo parcial deberán efectuar la
totalidad de su base horaria sin detraer de la misma el prorrateo en horas
correspondientes a esos festivos.