Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2025-10979)
Resolución de 14 de mayo de 2025, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Red Eléctrica de España, SAU, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la ampliación de la subestación Peñaflor en el parque de 400 kV, con un nuevo banco de transformación 400/220 kV en configuración trifásica de 600 MVA y cinco nuevas posiciones, en Villamayor de Gállego (Zaragoza).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 132
Lunes 2 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 71992
eléctrica 2021-2026, aprobado por Acuerdo de Consejo de Ministros de 22 de marzo
de 2022, por el que se aprueba la Planificación de la Red de Transporte de Energía
Eléctrica Horizonte 2026», que ha sido adoptado por el Consejo de Ministros en su
reunión del día 16 de abril de 2024 («Boletín Oficial del Estado» núm. 100, de 24 de abril
de 2024).
Se remite propuesta de resolución a la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia para la emisión de informe de acuerdo a lo dispuesto por el Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, modificado en su artículo 127.6 por el artículo 32.3 del
Real Decreto-ley 14/2022, de 1 de agosto, de medidas de sostenibilidad económica en el
ámbito del transporte, en materia de becas y ayudas al estudio, así como de medidas de
ahorro, eficiencia energética y de reducción de la dependencia energética del gas
natural. Transcurrido el plazo de emisión de este informe de quince días hábiles sin
haberse obtenido contestación y de conformidad con la normativa anteriormente
indicada, se considera informe favorable.
De acuerdo con los artículos 128 y 131 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre, esta Dirección General de Política Energética y Minas resulta competente
para resolver el procedimiento de autorización administrativa previa y autorización
administrativa de construcción de las actuaciones objeto de esta propuesta de
resolución.
Tomando en consideración los principios de celeridad y economía procesal que
deben regir la actividad de la Administración, resulta procedente resolver por medio de
un único acto la solicitud de Red Eléctrica relativa a la concesión de autorización
administrativa previa y autorización administrativa de construcción.
De conformidad con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la propuesta de
resolución de esta Dirección General ha sido sometida a trámite de audiencia de Red
Eléctrica, el cual ha respondido al mismo manifestando su conformidad.
Las citadas autorizaciones se van a conceder sin perjuicio de las concesiones y
autorizaciones que sean necesarias relativas a la ordenación del territorio y al medio
ambiente, y a cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables,
así como sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para
la ejecución de la obra.
Por todo ello, y en ejercicio de las competencias legalmente establecidas en el citado
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre,
Esta Dirección General de Política Energética y Minas resuelve:
Primero.
– Tensión nominal: 400 kV.
– Tensión más elevada para el material (Um): 420 kV.
– Tecnología: AIS.
– Instalación: convencional exterior.
– Configuración: Interruptor y medio.
– Intensidad de cortocircuito de corta duración: 50 kA.
cve: BOE-A-2025-10979
Verificable en https://www.boe.es
Otorgar a Red Eléctrica de España, SAU, autorización administrativa previa para la
ampliación de la subestación Peñaflor en el parque de 400 kV, con un nuevo banco de
transformación 400/220 kV en configuración trifásica de 600 MVA y cinco nuevas
posiciones, en el término municipal de Villamayor de Gállego, en la provincia de
Zaragoza.
El parque de 400 kV en la subestación Peñaflor responde a las siguientes
características principales:
Núm. 132
Lunes 2 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 71992
eléctrica 2021-2026, aprobado por Acuerdo de Consejo de Ministros de 22 de marzo
de 2022, por el que se aprueba la Planificación de la Red de Transporte de Energía
Eléctrica Horizonte 2026», que ha sido adoptado por el Consejo de Ministros en su
reunión del día 16 de abril de 2024 («Boletín Oficial del Estado» núm. 100, de 24 de abril
de 2024).
Se remite propuesta de resolución a la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia para la emisión de informe de acuerdo a lo dispuesto por el Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, modificado en su artículo 127.6 por el artículo 32.3 del
Real Decreto-ley 14/2022, de 1 de agosto, de medidas de sostenibilidad económica en el
ámbito del transporte, en materia de becas y ayudas al estudio, así como de medidas de
ahorro, eficiencia energética y de reducción de la dependencia energética del gas
natural. Transcurrido el plazo de emisión de este informe de quince días hábiles sin
haberse obtenido contestación y de conformidad con la normativa anteriormente
indicada, se considera informe favorable.
De acuerdo con los artículos 128 y 131 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre, esta Dirección General de Política Energética y Minas resulta competente
para resolver el procedimiento de autorización administrativa previa y autorización
administrativa de construcción de las actuaciones objeto de esta propuesta de
resolución.
Tomando en consideración los principios de celeridad y economía procesal que
deben regir la actividad de la Administración, resulta procedente resolver por medio de
un único acto la solicitud de Red Eléctrica relativa a la concesión de autorización
administrativa previa y autorización administrativa de construcción.
De conformidad con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la propuesta de
resolución de esta Dirección General ha sido sometida a trámite de audiencia de Red
Eléctrica, el cual ha respondido al mismo manifestando su conformidad.
Las citadas autorizaciones se van a conceder sin perjuicio de las concesiones y
autorizaciones que sean necesarias relativas a la ordenación del territorio y al medio
ambiente, y a cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables,
así como sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para
la ejecución de la obra.
Por todo ello, y en ejercicio de las competencias legalmente establecidas en el citado
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre,
Esta Dirección General de Política Energética y Minas resuelve:
Primero.
– Tensión nominal: 400 kV.
– Tensión más elevada para el material (Um): 420 kV.
– Tecnología: AIS.
– Instalación: convencional exterior.
– Configuración: Interruptor y medio.
– Intensidad de cortocircuito de corta duración: 50 kA.
cve: BOE-A-2025-10979
Verificable en https://www.boe.es
Otorgar a Red Eléctrica de España, SAU, autorización administrativa previa para la
ampliación de la subestación Peñaflor en el parque de 400 kV, con un nuevo banco de
transformación 400/220 kV en configuración trifásica de 600 MVA y cinco nuevas
posiciones, en el término municipal de Villamayor de Gállego, en la provincia de
Zaragoza.
El parque de 400 kV en la subestación Peñaflor responde a las siguientes
características principales: