Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-10870)
Resolución de 26 de mayo de 2025, de la Dirección General de Alimentación, por la que se publica el Convenio con la Federación Nacional de Cofradías de Pescadores, para la promoción de los productos de la pesca españoles en mercados nacionales durante los años 2025 y 2026.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 131

Sábado 31 de mayo de 2025

Sec. III. Pág. 71406

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
10870

Resolución de 26 de mayo de 2025, de la Dirección General de Alimentación,
por la que se publica el Convenio con la Federación Nacional de Cofradías de
Pescadores, para la promoción de los productos de la pesca españoles en
mercados nacionales durante los años 2025 y 2026.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» del convenio suscrito, con fecha 23 de mayo de 2025, entre el Ministerio de
Agricultura, Pesca y Alimentación y la Federación Nacional de Cofradías de Pescadores
para la promoción de los productos de la pesca españoles en mercados nacionales, a
través de actuaciones de promoción durante los años 2025 y 2026.
Madrid, 26 de mayo de 2025.–El Director General de Alimentación, José Miguel
Herrero Velasco.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Federación
Nacional de Cofradías de Pescadores para la promoción de los productos
de la pesca españoles en mercados nacionales, a través de actuaciones
de promoción durante los años 2025 y 2026
Madrid, 23 de mayo de 2025.
REUNIDOS
De una parte, doña Ana Rodríguez Castaño, Secretaria General de Recursos
Agrarios y Seguridad Alimentaria, en virtud del Real Decreto 748/2024, de 23 de julio,
por el que se dispone su nombramiento (BOE núm. 178, de 24 de julio de 2024), en
nombre y representación del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) y
actuando por delegación de competencias de su titular de acuerdo con el apartado
segundo del capítulo II de la Orden APA/1511/2024, de 2 de diciembre, de fijación de
límites para administrar ciertos gastos y de delegación de competencias (BOE núm. 2,
de 2 de enero de 2024).
De otra parte, don José Basilio Otero Rodríguez, Presidente de la Federación
Nacional de Cofradías de Pescadores (FNCP), con NIF V28615789 y domicilio en la
plaza Puerta del Sol, 6, 4.º I, 28013 Madrid, en el ejercicio de las competencias que le
atribuyen los Estatutos de Federación Nacional de Cofradías de Pescadores en su
artículo 50.

EXPONEN
1. El artículo 7.1.l) del Real Decreto 717/2024, de 23 de julio, por el que se
desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Agricultura, Pesca y
Alimentación establece que entre las funciones de la Dirección General de Alimentación,
estará la de proponer y desarrollar instrumentos encaminados a promocionar y orientar
el consumo de productos agroalimentarios y pesqueros, la asistencia y colaboración con

cve: BOE-A-2025-10870
Verificable en https://www.boe.es

Ambas partes se reconocen capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente
convenio y, a tal efecto,