Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-10867)
Resolución de 26 de mayo de 2025, de la Dirección General de Alimentación, por la que se publica el Convenio con la Asociación de Organizaciones de Productores Pesca España, para la realización de actividades de promoción en mercados nacionales en los años 2025 y 2026.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 131

Sábado 31 de mayo de 2025

Sec. III. Pág. 71388

11. Informar al MAPA quince días hábiles antes de la realización de la actividad,
mediante la entrega de una ficha explicativa, que recoja los siguientes aspectos:



mail).




Actividad.
Fecha y localización de esta.
Datos de contacto del responsable de la organización (nombre, apellidos, teléfono,
Descripción detallada de la misma.
Cronograma.
Información adicional (empresas participantes, actividades paralelas, etc.).

12. A efectos del pago, una vez realizadas las acciones previstas en el anexo,
elaborar y presentar la documentación pertinente para la justificación del cumplimiento
de las mismas, que consistirá en una memoria que comprenda, al menos:
a) Una descripción de las acciones realizadas.
b) Una valoración sobre su impacto.
c) Las correspondientes justificaciones sistematizadas del gasto y pago mediante
certificado bancario, indicando la parte cofinanciada por el MAPA.
d) Cualquier otra información que pueda contribuir a valorar la eficacia de las
acciones emprendidas.
13. Pesca España se asegurará de que en ninguna de las actuaciones realizadas
conjuntamente se produzca doble financiación.
Quinta.

Financiación y forma de pago.

El presupuesto total que conlleva la organización y celebración de las actuaciones
programadas objeto del convenio, asciende a noventa mil euros (90.000,00 €) de
acuerdo con el presupuesto que se adjunta como anexo.
El MAPA participará en las acciones objeto de este convenio con un presupuesto de
cuarenta y cinco mil euros (45.000,00 €) en la totalidad del periodo de actuaciones del
presente convenio del 2025 al 2026, una vez ejecutadas y justificadas las acciones
programadas. El desglose por ejercicio será el siguiente:
– Veinticinco mil euros (25.000,00 €) para el ejercicio económico 2025 con cargo a la
aplicación presupuestaria 21.07.413A.640.08 de la Ley de Presupuestos Generales
vigente en 2025.
– Veinte mil euros (20.000,00 €) para el ejercicio 2026, con cargo a la aplicación
presupuestaria 21.07.413A.640.08, o la que pueda sustituirla de acuerdo con la Ley de
Presupuestos Generales del Estado vigente en el correspondiente ejercicio económico.

– Primer pago: correspondiente a las acciones objeto del presente convenio,
ejecutadas y justificadas, hasta el 15 de noviembre de 2025, previa justificación por parte
de Pesca España de la ejecución de las acciones correspondientes.
– Segundo pago: correspondiente a las acciones objeto del presente convenio,
ejecutadas y justificadas, desde el 16 de noviembre de 2025 hasta el 15 de noviembre
de 2026, previa justificación por parte de Pesca España de la ejecución de las acciones
correspondientes.
Dichas cantidades se abonarán en la cuenta ES64 2080 1224 9130 4000 1918,
abierta en la sucursal de ABANCA 1224 C. Emps., Madrid, Azca, con domicilio en la
calle Pedro Texeira 18 - Entreplanta, 28020 Madrid.

cve: BOE-A-2025-10867
Verificable en https://www.boe.es

El MAPA realizará los pagos a Pesca España, quien de acuerdo con lo especificado
en la cláusula cuarta del presente convenio deberá aportar una memoria final descriptiva
y económica, así como sus correspondientes documentos justificativos, de conformidad
con el siguiente calendario: