Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2025-10863)
Resolución de 19 de mayo de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registran y publican los anexos V y VI del II Convenio colectivo estatal del personal de salas de fiesta, baile, discotecas, locales de ocio y espectáculos de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 131

Sábado 31 de mayo de 2025

Sec. III. Pág. 71347

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
10863

Resolución de 19 de mayo de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por
la que se registran y publican los anexos V y VI del II Convenio colectivo
estatal del personal de salas de fiesta, baile, discotecas, locales de ocio y
espectáculos de España.

Visto el texto del acta de 11 de abril de 2025 de la Comisión negociadora del II
Convenio colectivo estatal del personal de salas de fiesta, baile, discotecas, locales de
ocio y espectáculos de España (código de convenio n.º 99100115012012), que fue
publicado en el BOE de 5 de abril de 2023, mediante la que se aprueban los anexos V
y VI que contienen las tablas salariales para 2025 y de dietas internacionales,
respectivamente, y que ha sido suscrita, de una parte por la Confederación de ArtistasTrabajadores del Espectáculo (CONARTE) y la Unión de Actores y Actrices (UAA), en
representación de las empresas del sector, y de otra por las organizaciones sindicales
UGT y CC.OO., en representación del colectivo laboral afectado, y de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores,
Texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE
de 24 de octubre), y en el Real Decreto 713 /2010, de 28 de mayo, sobre registro y
depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción de los citados anexos en el correspondiente Registro de
convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con
funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación
a la Comisión negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

cve: BOE-A-2025-10863
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 19 de mayo de 2025.–La Directora General de Trabajo, María Nieves
González García.