Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2025-10858)
Resolución de 14 de mayo de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo de modificación del Convenio colectivo estatal de empresas de seguridad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 131
Sábado 31 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 71220
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
10858
Resolución de 14 de mayo de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por
la que se registra y publica el Acuerdo de modificación del Convenio colectivo
estatal de empresas de seguridad.
Visto el texto del acuerdo de modificación del Convenio colectivo estatal de empresas
de seguridad (Código de convenio n.º 99004615011982), que fue publicado en el BOE
de 14 de diciembre de 2022, consistente en la incorporación a dicho convenio de una
adenda con las Medidas planificadas para la igualdad y no discriminación de las
personas LGTBI, y que ha sido suscrito con fecha 24 de marzo de 2025, de una parte por
las organizaciones empresariales APROSER y ASECOPS, en representación de las
empresas del sector, y de otra por las organizaciones sindicales FeSMC-UGT, CC.OO. del
Hábitat, FTSP-USO, ELA y CIG, en representación de los trabajadores afectados, y de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de
los Trabajadores, Texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23
de octubre (BOE de 24 de octubre), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre
registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de
igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado acuerdo de modificación en el correspondiente
Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con
notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 14 de mayo de 2025.–La Directora General de Trabajo, María Nieves González
García.
ADENDA CONVENIO COLECTIVO EMPRESAS DE SEGURIDAD RD 1026/2024
Las partes negociadoras consideran que el respeto a la diversidad y el
reconocimiento de la igualdad y no discriminación por razón de cualquier condición de la
persona y, en particular, por razón de sexo, orientación o identidad sexual, expresión de
género o características sexuales, se constituyen en eje central de actuación, de carácter
transversal y vertebrador de la estrategia en materia de diversidad e inclusión, para
garantizar el derecho a la igualdad real y efectiva de las personas lesbianas, gais, trans,
bisexuales e intersexuales (en adelante, LGTBI+).
En congruencia con lo anterior, y de conformidad con lo establecido en el artículo 15
de Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y
para la garantía de los derechos de las personas LGTBI+, desarrollada por el Real
Decreto 1026/2024, de 8 de octubre, en el presente documento se recogen, de forma
articulada, el conjunto planificado de medidas que se acuerdan y establecen, fijando los
mecanismos necesarios para promover el derecho a la igualdad real y efectiva de las
cve: BOE-A-2025-10858
Verificable en https://www.boe.es
PREÁMBULO
Núm. 131
Sábado 31 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 71220
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
10858
Resolución de 14 de mayo de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por
la que se registra y publica el Acuerdo de modificación del Convenio colectivo
estatal de empresas de seguridad.
Visto el texto del acuerdo de modificación del Convenio colectivo estatal de empresas
de seguridad (Código de convenio n.º 99004615011982), que fue publicado en el BOE
de 14 de diciembre de 2022, consistente en la incorporación a dicho convenio de una
adenda con las Medidas planificadas para la igualdad y no discriminación de las
personas LGTBI, y que ha sido suscrito con fecha 24 de marzo de 2025, de una parte por
las organizaciones empresariales APROSER y ASECOPS, en representación de las
empresas del sector, y de otra por las organizaciones sindicales FeSMC-UGT, CC.OO. del
Hábitat, FTSP-USO, ELA y CIG, en representación de los trabajadores afectados, y de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de
los Trabajadores, Texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23
de octubre (BOE de 24 de octubre), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre
registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de
igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado acuerdo de modificación en el correspondiente
Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con
notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 14 de mayo de 2025.–La Directora General de Trabajo, María Nieves González
García.
ADENDA CONVENIO COLECTIVO EMPRESAS DE SEGURIDAD RD 1026/2024
Las partes negociadoras consideran que el respeto a la diversidad y el
reconocimiento de la igualdad y no discriminación por razón de cualquier condición de la
persona y, en particular, por razón de sexo, orientación o identidad sexual, expresión de
género o características sexuales, se constituyen en eje central de actuación, de carácter
transversal y vertebrador de la estrategia en materia de diversidad e inclusión, para
garantizar el derecho a la igualdad real y efectiva de las personas lesbianas, gais, trans,
bisexuales e intersexuales (en adelante, LGTBI+).
En congruencia con lo anterior, y de conformidad con lo establecido en el artículo 15
de Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y
para la garantía de los derechos de las personas LGTBI+, desarrollada por el Real
Decreto 1026/2024, de 8 de octubre, en el presente documento se recogen, de forma
articulada, el conjunto planificado de medidas que se acuerdan y establecen, fijando los
mecanismos necesarios para promover el derecho a la igualdad real y efectiva de las
cve: BOE-A-2025-10858
Verificable en https://www.boe.es
PREÁMBULO