Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. III. Otras disposiciones. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2025-10748)
Resolución de 21 de mayo de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Cervantes y el Instituto Universitario Complutense de Ciencias Musicales, para la realización de prácticas académicas externas de sus estudiantes.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 130
Viernes 30 de mayo de 2025
Segunda.
Sec. III. Pág. 70729
Convocatoria de las prácticas y criterios de selección del estudiante.
En función de las necesidades del Instituto Cervantes y las disponibilidades de
estudiantes, se determinará de común acuerdo el número de estudiantes que pueden
realizar las prácticas en el Instituto Cervantes.
El ICCMU asumirá y gestionará todos los aspectos formales de la convocatoria de
prácticas objeto del presente convenio, de acuerdo con la normativa aplicable, así como
con su normativa y procedimientos internos, conforme a los principios de transparencia,
publicidad, accesibilidad universal e igualdad de oportunidades, bajo la dirección y
coordinación del responsable de prácticas externas del ICCMU.
El Instituto Cervantes podrá acoger en prácticas a los estudiantes del ICCMU
finalmente aceptados por el Instituto, previa solicitud realizada por los responsables de
prácticas del ICCMU.
Tercera. Desarrollo de las prácticas.
El desarrollo de las prácticas estará sujeto al régimen que se establece en el
presente convenio. Los detalles concretos de cada una de las prácticas, se recogerán en
anejos, que se incorporarán al convenio, de acuerdo con lo establecido en el modelo que
forma parte del presente convenio.
En dichos anejos se establecerán, entre otros, los datos referentes al estudiante,
duración y período de la práctica, el régimen de permisos a que tenga derecho, junto con
los datos identificativos del tutor del ICCMU y el del Instituto Cervantes, el proyecto
formativo objeto de la práctica a realizar por el estudiante, las condiciones de rescisión
anticipada de la práctica y la protección de sus datos.
El anejo relativo a las prácticas, será firmado por el ICCMU, por el Instituto Cervantes
y por el estudiante.
Cuarta. Dirección y supervisión de las prácticas.
El estudiante desarrollará su estancia en prácticas bajo la dirección conjunta del tutor
académico del ICCMU y del tutor del Instituto Cervantes.
El tutor del Instituto Cervantes establecerá las tareas a llevar a cabo por el
estudiante, supervisará y orientará las actividades del estudiante y realizará un informe
final sobre las aptitudes que haya demostrado durante su estancia en prácticas en el
Instituto Cervantes, que remitirá al tutor académico del ICCMU.
El estudiante será evaluado por las prácticas desarrolladas por el tutor académico de
conformidad con los procedimientos que establezca el ICCMU.
El Instituto Cervantes se reserva la facultad de rescindir la estancia del estudiante en
caso de no respetar lo previsto en este convenio y/o en el anejo correspondiente.
Los tutores de ambas partes se facilitarán, recíprocamente el acceso a sus
respectivas entidades para el cumplimiento de los fines propios de su función.
El estudiante no tendrá, durante la realización de estas prácticas, ningún vínculo
laboral con el Instituto Cervantes ni se integrará dentro de la estructura del mismo.
Durante su estancia en prácticas en el Instituto Cervantes, el estudiante respetará las
normas fijadas por el Instituto Cervantes relativas a horarios, normas de funcionamiento,
seguridad y prevención de riesgos laborales y realizará con diligencia las actividades
contenidas en su Proyecto Formativo de prácticas siguiendo las indicaciones del tutor
asignado por el Instituto Cervantes bajo la supervisión del tutor del ICCMU.
Igualmente, el estudiante deberá guardar con absoluto rigor deber de
confidencialidad y no utilizar en ningún caso las informaciones recogidas en el Instituto
Cervantes con el objeto de dar publicidad o comunicación a terceros. Este compromiso
será válido no sólo durante la práctica, sino una vez finalizada ésta. Esta circunstancia
se recogerá en el mencionado anejo del estudiante. La notificación al ICCMU por parte
cve: BOE-A-2025-10748
Verificable en https://www.boe.es
Quinta. Relación del estudiante con el Instituto Cervantes.
Núm. 130
Viernes 30 de mayo de 2025
Segunda.
Sec. III. Pág. 70729
Convocatoria de las prácticas y criterios de selección del estudiante.
En función de las necesidades del Instituto Cervantes y las disponibilidades de
estudiantes, se determinará de común acuerdo el número de estudiantes que pueden
realizar las prácticas en el Instituto Cervantes.
El ICCMU asumirá y gestionará todos los aspectos formales de la convocatoria de
prácticas objeto del presente convenio, de acuerdo con la normativa aplicable, así como
con su normativa y procedimientos internos, conforme a los principios de transparencia,
publicidad, accesibilidad universal e igualdad de oportunidades, bajo la dirección y
coordinación del responsable de prácticas externas del ICCMU.
El Instituto Cervantes podrá acoger en prácticas a los estudiantes del ICCMU
finalmente aceptados por el Instituto, previa solicitud realizada por los responsables de
prácticas del ICCMU.
Tercera. Desarrollo de las prácticas.
El desarrollo de las prácticas estará sujeto al régimen que se establece en el
presente convenio. Los detalles concretos de cada una de las prácticas, se recogerán en
anejos, que se incorporarán al convenio, de acuerdo con lo establecido en el modelo que
forma parte del presente convenio.
En dichos anejos se establecerán, entre otros, los datos referentes al estudiante,
duración y período de la práctica, el régimen de permisos a que tenga derecho, junto con
los datos identificativos del tutor del ICCMU y el del Instituto Cervantes, el proyecto
formativo objeto de la práctica a realizar por el estudiante, las condiciones de rescisión
anticipada de la práctica y la protección de sus datos.
El anejo relativo a las prácticas, será firmado por el ICCMU, por el Instituto Cervantes
y por el estudiante.
Cuarta. Dirección y supervisión de las prácticas.
El estudiante desarrollará su estancia en prácticas bajo la dirección conjunta del tutor
académico del ICCMU y del tutor del Instituto Cervantes.
El tutor del Instituto Cervantes establecerá las tareas a llevar a cabo por el
estudiante, supervisará y orientará las actividades del estudiante y realizará un informe
final sobre las aptitudes que haya demostrado durante su estancia en prácticas en el
Instituto Cervantes, que remitirá al tutor académico del ICCMU.
El estudiante será evaluado por las prácticas desarrolladas por el tutor académico de
conformidad con los procedimientos que establezca el ICCMU.
El Instituto Cervantes se reserva la facultad de rescindir la estancia del estudiante en
caso de no respetar lo previsto en este convenio y/o en el anejo correspondiente.
Los tutores de ambas partes se facilitarán, recíprocamente el acceso a sus
respectivas entidades para el cumplimiento de los fines propios de su función.
El estudiante no tendrá, durante la realización de estas prácticas, ningún vínculo
laboral con el Instituto Cervantes ni se integrará dentro de la estructura del mismo.
Durante su estancia en prácticas en el Instituto Cervantes, el estudiante respetará las
normas fijadas por el Instituto Cervantes relativas a horarios, normas de funcionamiento,
seguridad y prevención de riesgos laborales y realizará con diligencia las actividades
contenidas en su Proyecto Formativo de prácticas siguiendo las indicaciones del tutor
asignado por el Instituto Cervantes bajo la supervisión del tutor del ICCMU.
Igualmente, el estudiante deberá guardar con absoluto rigor deber de
confidencialidad y no utilizar en ningún caso las informaciones recogidas en el Instituto
Cervantes con el objeto de dar publicidad o comunicación a terceros. Este compromiso
será válido no sólo durante la práctica, sino una vez finalizada ésta. Esta circunstancia
se recogerá en el mencionado anejo del estudiante. La notificación al ICCMU por parte
cve: BOE-A-2025-10748
Verificable en https://www.boe.es
Quinta. Relación del estudiante con el Instituto Cervantes.