Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2025-10747)
Resolución de 19 de mayo de 2025, conjunta de la Universidad de Santiago de Compostela y el Servicio Gallego de Salud, por la que se convoca concurso de acceso a plaza vinculada de cuerpos docentes universitarios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 130
Viernes 30 de mayo de 2025
Sec. II.B. Pág. 70714
En ningún caso la presentación y pago de la tasa supondrá la sustitución del trámite
de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
3.6 Para cualquier aclaración o información sobre la tramitación electrónica, las
personas solicitantes se podrán poner en contacto con el Centro de Atención a los/as
Usuarios/as siguiendo el procedimiento indicado en la página http://www.usc.gal/gl/
servizos/atic/cau/.
En caso de no poder formalizar la solicitud mediante la aplicación de concursos
dentro de los plazos establecidos, y siempre que el motivo sea por causas técnicas no
imputables a la persona interesada que imposibiliten el funcionamiento ordinario de la
web, se estará a lo que la USC establezca en esta materia para tal fin.
4.
4.1
Documentación acreditativa de requisitos. Momento de presentación
Acreditación de requisitos.
Junto con la solicitud, y siempre a través de la aplicación de concursos mencionada
en el apartado 3.1, se presentará la siguiente documentación:
a) Copia digitalizada en formato PDF del documento nacional de identidad,
pasaporte o documento acreditativo de la nacionalidad.
Las/os descendientes y descendientes del cónyuge no separado de derecho deberán
presentar, además, los documentos acreditativos del vínculo de parentesco y, en su
caso, del hecho de vivir a expensas o estar a cargo de un nacional de un Estado
miembro de la Unión Europea o de otros Estados, cuando así lo establezca un tratado
internacional suscrito por la Unión Europea y ratificado por España, con el que tengan
dicho vínculo. La acreditación se realizará por medio de certificados expedidos por las
autoridades competentes de su país de origen, traducidos a alguna de las lenguas
oficiales de la USC.
b) Copia digitalizada en formato PDF del título universitario oficial de doctor/a o, en
el caso de títulos expedidos por universidades extranjeras, de la declaración de
equivalencia al nivel académico de doctor/a, conforme al Real Decreto 889/2022, de 18
de octubre. Para la admisión al proceso selectivo se admitirá el justificante de haber
solicitado la declaración de equivalencia, sin perjuicio de la necesidad de tenerla
concedida antes del nombramiento.
c) Copia digitalizada en formato PDF de la acreditación al cuerpo docente de
profesorado titular de universidad o para otra categoría superior.
d) Copia digitalizada del título oficial de especialista que corresponda a la plaza.
5.
Admisión de aspirantes
5.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, en un plazo máximo de diez
días hábiles, el Vicerrectorado de Profesorado publicará en el tablón electrónico de
la USC (https://sede.usc.es/sede/publica/taboleiro/inicio.htm) una resolución que apruebe
la lista provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas.
5.2 Contra esta resolución, y en un plazo máximo de diez días hábiles contados a
partir del día siguiente al de la publicación en el tablón electrónico de la USC, las
personas interesadas podrán presentar una reclamación ante el rector para reparar los
cve: BOE-A-2025-10747
Verificable en https://www.boe.es
Los documentos que así lo precisen deberán presentarse traducidos a alguna de las
lenguas oficiales de la USC.
Las personas candidatas que pertenezcan a la Universidade de Santiago de
Compostela solo deberán presentar los documentos a que se refiere este apartado que
no consten en su expediente personal.
4.2 No presentar los documentos especificados en los apartados citados será
causa de exclusión, que deberá enmendarse en el plazo establecido en la base 5.2 de
esta convocatoria.
Núm. 130
Viernes 30 de mayo de 2025
Sec. II.B. Pág. 70714
En ningún caso la presentación y pago de la tasa supondrá la sustitución del trámite
de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
3.6 Para cualquier aclaración o información sobre la tramitación electrónica, las
personas solicitantes se podrán poner en contacto con el Centro de Atención a los/as
Usuarios/as siguiendo el procedimiento indicado en la página http://www.usc.gal/gl/
servizos/atic/cau/.
En caso de no poder formalizar la solicitud mediante la aplicación de concursos
dentro de los plazos establecidos, y siempre que el motivo sea por causas técnicas no
imputables a la persona interesada que imposibiliten el funcionamiento ordinario de la
web, se estará a lo que la USC establezca en esta materia para tal fin.
4.
4.1
Documentación acreditativa de requisitos. Momento de presentación
Acreditación de requisitos.
Junto con la solicitud, y siempre a través de la aplicación de concursos mencionada
en el apartado 3.1, se presentará la siguiente documentación:
a) Copia digitalizada en formato PDF del documento nacional de identidad,
pasaporte o documento acreditativo de la nacionalidad.
Las/os descendientes y descendientes del cónyuge no separado de derecho deberán
presentar, además, los documentos acreditativos del vínculo de parentesco y, en su
caso, del hecho de vivir a expensas o estar a cargo de un nacional de un Estado
miembro de la Unión Europea o de otros Estados, cuando así lo establezca un tratado
internacional suscrito por la Unión Europea y ratificado por España, con el que tengan
dicho vínculo. La acreditación se realizará por medio de certificados expedidos por las
autoridades competentes de su país de origen, traducidos a alguna de las lenguas
oficiales de la USC.
b) Copia digitalizada en formato PDF del título universitario oficial de doctor/a o, en
el caso de títulos expedidos por universidades extranjeras, de la declaración de
equivalencia al nivel académico de doctor/a, conforme al Real Decreto 889/2022, de 18
de octubre. Para la admisión al proceso selectivo se admitirá el justificante de haber
solicitado la declaración de equivalencia, sin perjuicio de la necesidad de tenerla
concedida antes del nombramiento.
c) Copia digitalizada en formato PDF de la acreditación al cuerpo docente de
profesorado titular de universidad o para otra categoría superior.
d) Copia digitalizada del título oficial de especialista que corresponda a la plaza.
5.
Admisión de aspirantes
5.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, en un plazo máximo de diez
días hábiles, el Vicerrectorado de Profesorado publicará en el tablón electrónico de
la USC (https://sede.usc.es/sede/publica/taboleiro/inicio.htm) una resolución que apruebe
la lista provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas.
5.2 Contra esta resolución, y en un plazo máximo de diez días hábiles contados a
partir del día siguiente al de la publicación en el tablón electrónico de la USC, las
personas interesadas podrán presentar una reclamación ante el rector para reparar los
cve: BOE-A-2025-10747
Verificable en https://www.boe.es
Los documentos que así lo precisen deberán presentarse traducidos a alguna de las
lenguas oficiales de la USC.
Las personas candidatas que pertenezcan a la Universidade de Santiago de
Compostela solo deberán presentar los documentos a que se refiere este apartado que
no consten en su expediente personal.
4.2 No presentar los documentos especificados en los apartados citados será
causa de exclusión, que deberá enmendarse en el plazo establecido en la base 5.2 de
esta convocatoria.