Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Ayudas. (BOE-A-2025-10761)
Orden TED/542/2025, de 28 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para las convocatorias de ayudas al impulso de la economía circular de bienes de equipo para energías renovables, Programa Renocicla, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 130

Viernes 30 de mayo de 2025

Sec. III. Pág. 70890

instalaciones, como la licencia de obras o documento equivalente emitido por órgano
competente.
Las solicitudes del Programa 2 se valorarán de acuerdo con los criterios establecidos
en la siguiente tabla.
Programa 2.

Proyectos de innovación en el ecodiseño de bienes de equipo para
energías renovables
Criterios de valoración

Puntuación

Económico

Máx. 20,00

Reducción sobre la ayuda máxima (Redondeado a dos decimales).
Calidad de la propuesta

0-20,00
Máx. 36

Viabilidad y grado de innovación de la propuesta.

0-6

Metodología y Plan de trabajo.

0-6

Propuesta de indicadores para la evaluación de la mejora de la circularidad.

0-6

Análisis y control de riesgos (técnicos, legales y económicos del proyecto).

0-6

Experiencia previa acreditada.

0-6

Participación de «Centros de Investigación».

0-6

Capacidad transformadora

Máx. 34

Impactos en la mejora de la circularidad.

0-18

Replicabilidad y Escalabilidad.

0-10

Trazabilidad.

0-6
Criterios sociales

Máx. 10

Plan de Igualdad inscrito en Registro Público o distintivo «Igualdad en la Empresa».

4

Presencia equilibrada de hombres y mujeres en el equipo de trabajo.

4

Trabajadores con discapacidad superior al 33 %.
Total (puntuación máxima).

0-2
100,00

A continuación, se desarrollan la definición y modo de valoración de los criterios para
las solicitudes de ayuda que se presenten al Programa 2.
1.

Criterio económico.

La puntuación máxima de este criterio es de 20,00 puntos. Se asignarán los puntos
de este criterio con la siguiente expresión:

(𝐴𝑚á𝑥 − 𝐴𝑠 )
(𝐴𝑚á𝑥 )

Siendo:
P: Puntuación asignada por el criterio económico. Este valor se redondeará a dos
decimales.
As: «Ayuda solicitada para la actuación», sin decimales.
Amáx: «Ayuda máxima correspondiente a la actuación», calculada de acuerdo con la
metodología establecida en el apartado 2 del anexo III de estas bases reguladoras.

cve: BOE-A-2025-10761
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