Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Ayudas. (BOE-A-2025-10761)
Orden TED/542/2025, de 28 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para las convocatorias de ayudas al impulso de la economía circular de bienes de equipo para energías renovables, Programa Renocicla, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 130

Viernes 30 de mayo de 2025

Sec. III. Pág. 70888

Siendo:
P: Puntuación asignada por el criterio económico. Este valor se redondeará a dos
decimales.
As: «Ayuda solicitada para la actuación» sin decimales.
Amáx: «Ayuda máxima correspondiente a la actuación», calculada de acuerdo con la
metodología establecida en el apartado 1 del anexo III de estas bases reguladoras, en
función del subprograma.
2.

Nivel de contribución a la Economía Circular.

Las actuaciones de los subprogramas 1.1, 1.2 y 1.3 están obligadas a alcanzar como
mínimo los porcentajes establecidos en el apartado 2 del artículo 7 («Actuaciones
subvencionables»). Aquellas actuaciones que aumenten dichos porcentajes, se les
asignará la puntuación del rango correspondiente, de acuerdo con lo indicado en la tabla
de criterios de valoración para el Programa 1.
Adicionalmente, para aquellas actuaciones que incluyan actividades de preparación
para la reutilización (segunda vida), se les añadirá la puntuación correspondiente, de
acuerdo con lo indicado en la tabla de criterios de valoración para el Programa 1.
3.

Externalidades positivas.

Recuperación de materias primas fundamentales (subprogramas 1.1 y 1.3) o
sistemas de reducción de tamaño «in situ» de palas desmanteladas (subprograma 1.2):
Las materias primas fundamentales, que se recuperen en las actuaciones incluidas
de los subprogramas 1.1 y 1.3, a las que se refiere este criterio de valoración, quedan
definidas en el apartado 13 del anexo I. Se asignará la puntuación establecida en la tabla
de criterios de valoración del Programa 1, cuando la actuación incorpore partidas de
inversión relacionadas directamente con la recuperación de materias primas
fundamentales.
Para el subprograma 1.2, se asignará la puntuación establecida en la tabla de
criterios de valoración del Programa 1, cuando la actuación incorpore sistemas de
reducción de tamaño «in situ» (en el emplazamiento de la instalación eólica) de las palas
desmanteladas.
Plan de igualdad inscrito en registro público o distintivo «Igualdad en la Empresa»:

Transición justa o reto demográfico:
Para obtener la puntuación establecida en la tabla de criterios de valoración del
Programa 1, las actuaciones deberán desarrollarse parcial o totalmente en municipios de
reto demográfico (municipios de hasta 5.000 habitantes y los municipios no urbanos de
hasta 20.000 habitantes en los que todas sus entidades singulares de población sean de
hasta 5.000 habitantes, de acuerdo con el listado que publica IDAE para las
convocatorias en el marco del Programa de Regeneración y Reto Demográfico,
disponible en su página web).

cve: BOE-A-2025-10761
Verificable en https://www.boe.es

Para obtener la puntuación establecida en la tabla de criterios de valoración del
Programa 1, la entidad solicitante o todas y cada una de las personas jurídicas privadas
integrantes de su estructura societaria, deberán disponer de un Plan de Igualdad,
debidamente inscrito en registro público de acuerdo con el artículo 11.1 del RD 901/2020,
de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro.
Como alternativa para obtener la puntuación por este subcriterio, se admitirá que la entidad
solicitante o todas y cada una de las personas jurídicas privadas integrantes de su estructura
societaria, dispongan del distintivo «Igualdad en la Empresa» otorgado por el Ministerio de
Igualdad, formando parte de la Red DIE (https://www.igualdadenlaempresa.es/DIE/redDIE/home.htm).