Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto DemográficoV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Planes de estudios. (BOE-B-2025-19839)
Extracto de la Resolución de 27 de mayo de 2025 de la Fundación Biodiversidad, F.S.P., por la que se aprueba la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, para becas de formación de cambio climático.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 130

Viernes 30 de mayo de 2025

Sec. V-B. Pág. 30267

V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO

19839

Extracto de la Resolución de 27 de mayo de 2025 de la Fundación
Biodive rsidad, F.S.P., por la que se aprue ba la convocatoria, e n
régime n de concurre ncia compe titiva, para be cas de formación de
cambio climático.

BDNS(Identif.):835463
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
835463)
Primero.- Beneficiarios
Podrán obtener la condición de beneficiarias, según el apartado 5 de las bases
reguladoras, aquellas personas físicas con plena capacidad de obrar que reúnan
los siguientes requisitos:
a) Edad: Tener cumplidos dieciocho años y menos de treinta.
b) Tener nacionalidad española o ser nacional de algún Estado miembro de la
Unión Europea o personas extranjeras residentes en España. Que hayan
finalizado los estudios a los que se refiere el apartado c) en los tres años anteriores
al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del
Estado, es decir desde el año 2022 en adelante.
c) Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de ciclos de grado
medio o superior de formación profesional, o bien el título de graduado
universitario, en las materias y especialidades requeridas para la beca. Los títulos
obtenidos en el extranjero o en centros españoles no estatales deberán estar
homologados o reconocidos y producir plenos efectos jurídicos el día de la
finalización del plazo de presentación de solicitudes.
d) Dominio del idioma español. Solo requerirá de prueba documental en los
casos en que se trate de personas extranjeras y que lleven residiendo en España
un periodo inferior a dos años.
e) No estar incurso en alguna de las prohibiciones a que se refiere el artículo
13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

El objeto de la convocatoria es conceder, en régimen de concurrencia
competitiva y de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia,
concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, 4 becas de acuerdo con el
perfil requerido.
Tercero.- Bases Reguladoras
Resolución de 14 de enero de 2019, de la Secretaría de Estado de Medio
Ambiente, por la que se publican las bases reguladoras para la concesión de

cve: BOE-B-2025-19839
Verificable en https://www.boe.es

Segundo.- Objeto