Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2025-10657)
Resolución de 21 de mayo de 2025, de la Universidad Politécnica de Cartagena, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 129
Jueves 29 de mayo de 2025
Sec. II.B. Pág. 70183
3.10 Los documentos expedidos en el extranjero deberán ser expedidos por las
autoridades competentes y legalizados cuando proceda. Los documentos deberán ir
acompañados, en su caso, de su correspondiente traducción oficial al español.
Cuarta.
Admisión al proceso selectivo.
4.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, en el plazo máximo de
quince días hábiles, el Rector dictará resolución aprobando la relación provisional de
aspirantes admitidos y excluidos. Esta relación, así como las causas de exclusión, se
publicará en el tablón oficial electrónico de la Universidad Politécnica de Cartagena,
https://tablon.upct.es/
y
en
la
dirección
electrónica,
https://www.upct.es/
convocatorias/actpdi/listado.php?id_cat=1.
4.2 Contra esta resolución, las personas aspirantes podrán presentar reclamación
ante el Rector en el plazo máximo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente
de la publicación de la resolución, para alegar frente a la misma, o en su caso, subsanar
el defecto que haya motivado su exclusión de la relación de admitidos y excluidos.
Quien, dentro del plazo señalado, no subsane la exclusión o alegue la omisión,
justificando el derecho a su admisión, no podrá participar definitivamente en el proceso
selectivo.
4.3 Finalizado el plazo de reclamaciones y resueltas las mismas, el Rector dictará
resolución aprobando la relación definitiva de las personas aspirantes admitidas y
excluidas, que se publicará en el tablón oficial electrónico de la Universidad. Contra esta
resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el órgano judicial
competente, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la publicación
de la resolución. Potestativamente, se podrá interponer recurso de reposición ante el
Rector, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación. En este caso, no
se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo antes mencionado, hasta la
resolución expresa o desestimación presunta del de reposición.
Quinta.
Publicaciones.
A los efectos previstos en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, las
comunicaciones y notificaciones a las que dé lugar la presente convocatoria se
efectuarán mediante publicación del acto o resolución de que se trate en el tablón oficial
electrónico de la Universidad Politécnica de Cartagena https://tablon.upct.es/ y en la
dirección electrónica https://www.upct.es/convocatorias/actpdi/listado.php?id_cat=1.
Sexta.
Comisión de Selección.
Séptima.
Desarrollo de los concursos.
El desarrollo del concurso se regirá por lo establecido en el título III del reglamento
por el que se regulan los concursos de acceso a las plazas de profesorado de los
cuerpos docentes universitarios y de profesorado permanente laboral de la Universidad
Politécnica de Cartagena aprobado en Consejo de Gobierno de 6 de febrero de 2024.
cve: BOE-A-2025-10657
Verificable en https://www.boe.es
6.1 Cada concurso de acceso será juzgado por una Comisión nombrada por el Rector
en la forma establecida en el reglamento por el que se regulan los concursos de acceso a las
plazas de profesorado de los cuerpos docentes universitarios y de profesorado permanente
laboral de la Universidad Politécnica de Cartagena aprobado en Consejo de Gobierno de 6 de
febrero de 2024, que se encuentra disponible en la dirección electrónica https://lex.upct.es/
download/681c33a3-f2cd-47f9-b28a-0a1337574eb2.
6.2 A la Comisión de Selección podrá asistir, con voz, pero sin voto, una persona
designada por la Junta de Personal Docente e Investigador que será un docente de la
Universidad con vinculación permanente.
Núm. 129
Jueves 29 de mayo de 2025
Sec. II.B. Pág. 70183
3.10 Los documentos expedidos en el extranjero deberán ser expedidos por las
autoridades competentes y legalizados cuando proceda. Los documentos deberán ir
acompañados, en su caso, de su correspondiente traducción oficial al español.
Cuarta.
Admisión al proceso selectivo.
4.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, en el plazo máximo de
quince días hábiles, el Rector dictará resolución aprobando la relación provisional de
aspirantes admitidos y excluidos. Esta relación, así como las causas de exclusión, se
publicará en el tablón oficial electrónico de la Universidad Politécnica de Cartagena,
https://tablon.upct.es/
y
en
la
dirección
electrónica,
https://www.upct.es/
convocatorias/actpdi/listado.php?id_cat=1.
4.2 Contra esta resolución, las personas aspirantes podrán presentar reclamación
ante el Rector en el plazo máximo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente
de la publicación de la resolución, para alegar frente a la misma, o en su caso, subsanar
el defecto que haya motivado su exclusión de la relación de admitidos y excluidos.
Quien, dentro del plazo señalado, no subsane la exclusión o alegue la omisión,
justificando el derecho a su admisión, no podrá participar definitivamente en el proceso
selectivo.
4.3 Finalizado el plazo de reclamaciones y resueltas las mismas, el Rector dictará
resolución aprobando la relación definitiva de las personas aspirantes admitidas y
excluidas, que se publicará en el tablón oficial electrónico de la Universidad. Contra esta
resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el órgano judicial
competente, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la publicación
de la resolución. Potestativamente, se podrá interponer recurso de reposición ante el
Rector, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación. En este caso, no
se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo antes mencionado, hasta la
resolución expresa o desestimación presunta del de reposición.
Quinta.
Publicaciones.
A los efectos previstos en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, las
comunicaciones y notificaciones a las que dé lugar la presente convocatoria se
efectuarán mediante publicación del acto o resolución de que se trate en el tablón oficial
electrónico de la Universidad Politécnica de Cartagena https://tablon.upct.es/ y en la
dirección electrónica https://www.upct.es/convocatorias/actpdi/listado.php?id_cat=1.
Sexta.
Comisión de Selección.
Séptima.
Desarrollo de los concursos.
El desarrollo del concurso se regirá por lo establecido en el título III del reglamento
por el que se regulan los concursos de acceso a las plazas de profesorado de los
cuerpos docentes universitarios y de profesorado permanente laboral de la Universidad
Politécnica de Cartagena aprobado en Consejo de Gobierno de 6 de febrero de 2024.
cve: BOE-A-2025-10657
Verificable en https://www.boe.es
6.1 Cada concurso de acceso será juzgado por una Comisión nombrada por el Rector
en la forma establecida en el reglamento por el que se regulan los concursos de acceso a las
plazas de profesorado de los cuerpos docentes universitarios y de profesorado permanente
laboral de la Universidad Politécnica de Cartagena aprobado en Consejo de Gobierno de 6 de
febrero de 2024, que se encuentra disponible en la dirección electrónica https://lex.upct.es/
download/681c33a3-f2cd-47f9-b28a-0a1337574eb2.
6.2 A la Comisión de Selección podrá asistir, con voz, pero sin voto, una persona
designada por la Junta de Personal Docente e Investigador que será un docente de la
Universidad con vinculación permanente.