Ministerio de Hacienda. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Convenio. (BOE-A-2025-10577)
Resolución de 21 de mayo de 2025, de la Dirección General del Catastro, por la que se publica la Adenda de modificación y prórroga al Convenio con la Agencia Tributaria de Illes Balears.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 128
Miércoles 28 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 69856
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE HACIENDA
10577
Resolución de 21 de mayo de 2025, de la Dirección General del Catastro, por
la que se publica la Adenda de modificación y prórroga al Convenio con la
Agencia Tributaria de Illes Balears.
Habiéndose suscrito entre la Dirección General del Catastro y la Agencia Tributaria
de Illes Balears, una adenda de modificación y prórroga al convenio para el intercambio
de información sobre el mercado inmobiliario y la coordinación de actuaciones relativas
al Valor de Referencia, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha
adenda de prórroga al convenio, que figura como anexo de esta resolución.
Madrid, 21 de mayo de 2025.–El Director General del Catastro, Fernando de Aragón
Amunárriz.
ANEXO
Adenda de modificación y prórroga al Convenio entre la Secretaría de Estado de
Hacienda (Dirección General del Catastro) y la Agencia Tributaria de Illes Balears,
para el intercambio de información sobre el mercado inmobiliario y la coordinación
de actuaciones relativas al valor de referencia
En Palma de Mallorca y Madrid, a veinte de mayo del año dos mil veinticinco.
De una parte don Fernando de Aragón Amunárriz, Director General del Catastro, en
virtud del Real Decreto 752/2016, de 30 de diciembre (BOE núm. 316, de 31 de
diciembre) en ejercicio de las competencias que tiene delegadas de conformidad con el
artículo decimoctavo de la Orden HFP/1500/2021, de 29 de diciembre, de delegación de
competencias y por la que se fijan los límites de las competencias de gestión
presupuestaria y concesión de subvenciones y ayudas de los titulares de las Secretarías
de Estado (BOE de 31 de diciembre de 2021).
De otra parte don Antoni Costa Costa, Presidente de la Agencia Tributaria de Illes
Balears, de conformidad con el Decreto 9/2023, de 10 de julio, de la Presidenta de las
Illes Balears, por el que se dispone su nombramiento como Consejero de Economía,
Hacienda e Innovación (BOIB de 10 de julo), y en uso de las facultades que le confiere el
artículo 7 de la Ley 3/2008, de 14 de abril, de creación y regulación de la Agencia
Tributaria de las Illes Balears (BOE de 20 de mayo de 2008).
EXPONEN
La Presidenta de la Agencia Tributaria de Illes Balears y el Director General del
Catastro firmaron el 30 de junio de 2021 un convenio para el intercambio de información
sobre el mercado inmobiliario y la coordinación de actuaciones relativas al valor de
referencia. Este convenio fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» del día 9 de
julio de 2021.
Segundo.
La cláusula séptima del mencionado convenio establece que «El presente convenio
se perfecciona el día de su firma y será inscrito en el Registro Electrónico estatal de
Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y publicado en el
cve: BOE-A-2025-10577
Verificable en https://www.boe.es
Primero.
Núm. 128
Miércoles 28 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 69856
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE HACIENDA
10577
Resolución de 21 de mayo de 2025, de la Dirección General del Catastro, por
la que se publica la Adenda de modificación y prórroga al Convenio con la
Agencia Tributaria de Illes Balears.
Habiéndose suscrito entre la Dirección General del Catastro y la Agencia Tributaria
de Illes Balears, una adenda de modificación y prórroga al convenio para el intercambio
de información sobre el mercado inmobiliario y la coordinación de actuaciones relativas
al Valor de Referencia, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha
adenda de prórroga al convenio, que figura como anexo de esta resolución.
Madrid, 21 de mayo de 2025.–El Director General del Catastro, Fernando de Aragón
Amunárriz.
ANEXO
Adenda de modificación y prórroga al Convenio entre la Secretaría de Estado de
Hacienda (Dirección General del Catastro) y la Agencia Tributaria de Illes Balears,
para el intercambio de información sobre el mercado inmobiliario y la coordinación
de actuaciones relativas al valor de referencia
En Palma de Mallorca y Madrid, a veinte de mayo del año dos mil veinticinco.
De una parte don Fernando de Aragón Amunárriz, Director General del Catastro, en
virtud del Real Decreto 752/2016, de 30 de diciembre (BOE núm. 316, de 31 de
diciembre) en ejercicio de las competencias que tiene delegadas de conformidad con el
artículo decimoctavo de la Orden HFP/1500/2021, de 29 de diciembre, de delegación de
competencias y por la que se fijan los límites de las competencias de gestión
presupuestaria y concesión de subvenciones y ayudas de los titulares de las Secretarías
de Estado (BOE de 31 de diciembre de 2021).
De otra parte don Antoni Costa Costa, Presidente de la Agencia Tributaria de Illes
Balears, de conformidad con el Decreto 9/2023, de 10 de julio, de la Presidenta de las
Illes Balears, por el que se dispone su nombramiento como Consejero de Economía,
Hacienda e Innovación (BOIB de 10 de julo), y en uso de las facultades que le confiere el
artículo 7 de la Ley 3/2008, de 14 de abril, de creación y regulación de la Agencia
Tributaria de las Illes Balears (BOE de 20 de mayo de 2008).
EXPONEN
La Presidenta de la Agencia Tributaria de Illes Balears y el Director General del
Catastro firmaron el 30 de junio de 2021 un convenio para el intercambio de información
sobre el mercado inmobiliario y la coordinación de actuaciones relativas al valor de
referencia. Este convenio fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» del día 9 de
julio de 2021.
Segundo.
La cláusula séptima del mencionado convenio establece que «El presente convenio
se perfecciona el día de su firma y será inscrito en el Registro Electrónico estatal de
Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y publicado en el
cve: BOE-A-2025-10577
Verificable en https://www.boe.es
Primero.