Ministerio Del Interior. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal funcionario. Concursos. (BOE-A-2025-10524)
Resolución de 20 de mayo de 2025, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso general para la provisión de puestos de trabajo en los Servicios Periféricos de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 28 de mayo de 2025

Sec. II.B. Pág. 69724

grupo o subgrupo de adscripción del cuerpo o escala en el que se hayan impartido o
recibido.
Únicamente se valorarán un máximo de cuatro cursos de formación y
perfeccionamiento de los expresamente incluidos en el anexo I de la convocatoria,
impartidos o recibidos en el marco de la formación para el empleo de las Administraciones
públicas y centros oficiales de idiomas, no pudiéndose valorar los pertenecientes a una
carrera universitaria, los de doctorado, los derivados de procesos selectivos y los diplomas
relativos a jornadas, seminarios, simposios, máster y similares. Aquellos cursos en cuya
certificación no aparezca su duración, no serán objeto de valoración.
No se valorarán cursos para los puestos genéricos base del Cuerpo Facultativo de
Sanidad Penitenciaria que se relacionan a continuación, al considerarse que los
funcionarios y las funcionarias cuando ingresan en este cuerpo, reciben toda la
formación necesaria para su desempeño.
– Médico/Médica.
– Médico/Médica de especialidades.
Por la realización como asistente de los cursos de formación y perfeccionamiento con
una duración mínima acreditada de 15 horas, siempre que se haya expedido diploma o
certificado de asistencia o de aprovechamiento, hasta 10 puntos, con la siguiente distribución:
– Para cursos de formación con una duración de quince a cincuenta y nueve
horas: 1,5 puntos.
– Para cursos de formación con una duración de sesenta o más horas: 2,5 puntos.
Por la impartición de cursos de formación y perfeccionamiento siempre que ésta
haya sido acreditada, hasta 10 puntos, con la siguiente distribución:
– Inferior a quince horas: 2 puntos.
– Igual o superior a quince horas: 3 puntos.
– Igual o superior a cuarenta horas: 4 puntos.
Cada curso solo podrá ser valorado una vez, independientemente del número de
veces que se haya realizado o impartido.
No se podrá acumular la puntuación de un curso que haya sido recibido e impartido,
en cuyo caso se otorgará la puntuación más alta que le pueda corresponder.
Dada la naturaleza transversal de la formación en materia de igualdad entre mujeres
y hombres, se otorgará para todos los puestos que se incluyen en la convocatoria, una
valoración de 1 punto a los cursos de formación en esta materia, siempre que su
duración sea de quince o más horas.
4. Antigüedad. La antigüedad se valorará de la forma que se expresa a
continuación, hasta un máximo de 30 puntos.
– 0,86 puntos por cada año completo de servicios prestados en cuerpos de la
Administración Penitenciaria de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias.
– 0,28 puntos por cada año completo de servicios prestados en otros cuerpos,
escalas o relaciones de servicio de personal laboral.
– En el supuesto de que los restos de ambas antigüedades lleguen a un año
completo, éste se valorará a 0,28 puntos.
Computarán a estos efectos los servicios prestados con anterioridad a la adquisición
de la condición de funcionario o de funcionaria de carrera, siempre que los estuviera
reconocidos al amparo de lo dispuesto en la Ley 70/1978, de 26 de diciembre.
No se computarán los servicios prestados simultáneamente con otros igualmente
alegados.
5. Supuestos relativos a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral. En el
caso de que se aleguen causas relativas a la conciliación de la vida personal, familiar y
laboral para la adjudicación de un puesto en distinta localidad, se deberán solicitar la

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Núm. 128