Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. I. Disposiciones generales. Seguridad Social. (BOE-A-2025-10488)
Real Decreto 402/2025, de 27 de mayo, por el que se regula el procedimiento previo para determinar los supuestos en los que procede permitir anticipar la edad de jubilación en el sistema de la Seguridad Social mediante la aplicación de coeficientes reductores.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 128

Miércoles 28 de mayo de 2025

Sec. I. Pág. 69595

ANEXO
Indicadores para acreditar la concurrencia de circunstancias objetivas que
justifican la aplicación de coeficientes
Indicador I.

(𝑐)

𝐼𝑖𝑔

Indicador básico de incidencia.

(Nº total de procesos de IT del colectivo por la contingencia "c"
durante el periodo de observación)𝑖𝑔
= 100 ∗
(Nº total de personas trabajadoras
del colectivo durante el periodo de observación)𝑖𝑔

Indicador II. Indicador de incidencia de sucesos graves.

(𝑐)

𝐼𝐼𝑖𝑔

(Nº total de declaraciones de fallecimientos y reconocimientos de IP
en el colectivo efectuados por el INSS durante el periodo de observación
por la contingencia "c")𝑖𝑔
= 106 ∗
Nº total de personas trabajadoras del colectivo
(
) 𝑖𝑔
durante el periodo de observación
Indicador III.

(𝑐)

𝐼𝐼𝐼𝑖𝑔

Indicador de duración media.

Nº total de días de duración de los procesos de IT por la contingencia "c"
(
) 𝑖𝑔
del colectivo finalizados durante el periodo de observación
=
Nº total de procesos de IT por la contingencia "c"
(
) 𝑖𝑔
del colectivo finalizados durante el periodo de observación

Adicionalmente, se complementarán estos indicadores con los siguientes, a efectos
de aislar la incidencia de factores como la rotación o la parcialidad del colectivo.

(𝑐)

𝐼𝑉𝑖𝑔

Nº total de días de duración de los procesos de IT por la contingencia
(
) 𝑖𝑔
"c" del colectivo durante el periodo de observación
= 100 ∗
Nº total de días en alta laboral del colectivo en la actividad en estudio
(
) 𝑖𝑔
durante el periodo de observación

(𝑐)

𝐼𝑉𝑖𝑔

Nº total de horas no trabajadas por procesos de IT por la
(
) 𝑖𝑔
contingencia "c" durante el periodo de observación
= 100 ∗
Nº total de horas en alta laboral
(
)𝑖𝑔
durante el periodo de observación

Excluidos accidentes in itinere.

«c»: contingencias comunes, accidentes de trabajo, enfermedades causadas por el
trabajo y calificables como accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
«i»: grupo de edad.
«g»: género.

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2025-10488
Verificable en https://www.boe.es

I; II; III son los indicadores globales, siendo: