Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal funcionario. Concursos. (BOE-A-2025-10419)
Resolución de 20 de mayo de 2025, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo en el Organismo Autónomo Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 127
Martes 27 de mayo de 2025
Sec. II.B. Pág. 69313
2. La Comisión de Valoración propondrá a los candidatos que hayan obtenido
mayor puntuación entre los que consigan la mínima exigida, para cada puesto en la
presente convocatoria.
3. Las puntuaciones otorgadas, así como la valoración final, deberán reflejarse en
el acta que se levantará al efecto.
Octava. Procedimiento de exclusión, renuncias y desistimientos a la participación en el
concurso.
1. Si en cualquier momento anterior a la resolución del presente concurso la
persona participante hubiera obtenido un puesto con carácter definitivo por cualquiera de
los procedimientos legalmente previstos, deberá comunicarlo al órgano convocante a fin
de proceder a su exclusión. En caso de que el órgano convocante tenga conocimiento de
la toma de posesión en el puesto obtenido con carácter definitivo, en distinta Secretaría
de Estado o en su defecto Ministerio, según el artículo 20.1.f) de la Ley 30/1984 de 2 de
agosto, podrá excluir a la persona de oficio, pese a que no se haya producido dicha
comunicación, dando conocimiento de lo actuado al interesado.
2. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes de participación, y en todo
caso, antes de la constitución de la Comisión de Valoración del concurso, el
órgano convocante acordará la exclusión de las personas candidatas que no reúnan los
requisitos exigidos en la convocatoria, abriendo plazo de cinco días hábiles para las
posibles subsanaciones por parte de las personas excluidas. Al listado de exclusiones se
le dará la publicidad suficiente que será, con carácter mínimo, su publicación en la
página web del Organismo Autónomo ANECA, accesible a través del siguiente enlace:
https://www.aneca.es/
3. Tanto la renuncia parcial a uno o varios puestos concretos de la solicitud como el
desistimiento de la solicitud, que implica el desistimiento de la totalidad de los puestos
solicitados, se admitirán hasta dos días antes de la fecha de publicación de los listados
provisionales de valoración de las solicitudes. Dicha fecha será objeto de publicidad con
la debida antelación.
Novena.
Publicidad de la valoración de méritos.
Con el fin de informar a los diferentes candidatos y candidatas, la Comisión de
Valoración publicará en la página web del Organismo los listados provisionales de
valoración de los méritos para cada puesto. En dichos listados se establecerá un periodo
de alegaciones de cinco días hábiles, a contar desde el día siguiente a su publicación.
Las puntuaciones provisionales se elevarán a definitivas automáticamente si no se
hubieran presentado alegaciones.
1. La convocatoria se resolverá por resolución del Organismo Autónomo ANECA en
un plazo máximo de seis meses, desde el día siguiente al de la finalización de la
presentación de instancias, y se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», salvo que
concurran las circunstancias expuestas en la base tercera, punto 2, en cuyo caso podrá
procederse a la resolución parcial de los puestos no afectados directa o indirectamente
por estas circunstancias.
2. En la resolución, que deberá estar motivada en los términos del artículo 47.2 del
reglamento aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, se hará indicación
expresa del puesto de trabajo, localidad, órgano directivo y departamento ministerial o
administración pública de cese de los participantes a quienes se les adjudique destino,
así como de su subgrupo de titulación. Se indicará la situación administrativa de
procedencia, cuando participen desde una situación distinta a la de servicio activo.
cve: BOE-A-2025-10419
Verificable en https://www.boe.es
Décima. Resolución del concurso.
Núm. 127
Martes 27 de mayo de 2025
Sec. II.B. Pág. 69313
2. La Comisión de Valoración propondrá a los candidatos que hayan obtenido
mayor puntuación entre los que consigan la mínima exigida, para cada puesto en la
presente convocatoria.
3. Las puntuaciones otorgadas, así como la valoración final, deberán reflejarse en
el acta que se levantará al efecto.
Octava. Procedimiento de exclusión, renuncias y desistimientos a la participación en el
concurso.
1. Si en cualquier momento anterior a la resolución del presente concurso la
persona participante hubiera obtenido un puesto con carácter definitivo por cualquiera de
los procedimientos legalmente previstos, deberá comunicarlo al órgano convocante a fin
de proceder a su exclusión. En caso de que el órgano convocante tenga conocimiento de
la toma de posesión en el puesto obtenido con carácter definitivo, en distinta Secretaría
de Estado o en su defecto Ministerio, según el artículo 20.1.f) de la Ley 30/1984 de 2 de
agosto, podrá excluir a la persona de oficio, pese a que no se haya producido dicha
comunicación, dando conocimiento de lo actuado al interesado.
2. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes de participación, y en todo
caso, antes de la constitución de la Comisión de Valoración del concurso, el
órgano convocante acordará la exclusión de las personas candidatas que no reúnan los
requisitos exigidos en la convocatoria, abriendo plazo de cinco días hábiles para las
posibles subsanaciones por parte de las personas excluidas. Al listado de exclusiones se
le dará la publicidad suficiente que será, con carácter mínimo, su publicación en la
página web del Organismo Autónomo ANECA, accesible a través del siguiente enlace:
https://www.aneca.es/
3. Tanto la renuncia parcial a uno o varios puestos concretos de la solicitud como el
desistimiento de la solicitud, que implica el desistimiento de la totalidad de los puestos
solicitados, se admitirán hasta dos días antes de la fecha de publicación de los listados
provisionales de valoración de las solicitudes. Dicha fecha será objeto de publicidad con
la debida antelación.
Novena.
Publicidad de la valoración de méritos.
Con el fin de informar a los diferentes candidatos y candidatas, la Comisión de
Valoración publicará en la página web del Organismo los listados provisionales de
valoración de los méritos para cada puesto. En dichos listados se establecerá un periodo
de alegaciones de cinco días hábiles, a contar desde el día siguiente a su publicación.
Las puntuaciones provisionales se elevarán a definitivas automáticamente si no se
hubieran presentado alegaciones.
1. La convocatoria se resolverá por resolución del Organismo Autónomo ANECA en
un plazo máximo de seis meses, desde el día siguiente al de la finalización de la
presentación de instancias, y se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», salvo que
concurran las circunstancias expuestas en la base tercera, punto 2, en cuyo caso podrá
procederse a la resolución parcial de los puestos no afectados directa o indirectamente
por estas circunstancias.
2. En la resolución, que deberá estar motivada en los términos del artículo 47.2 del
reglamento aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, se hará indicación
expresa del puesto de trabajo, localidad, órgano directivo y departamento ministerial o
administración pública de cese de los participantes a quienes se les adjudique destino,
así como de su subgrupo de titulación. Se indicará la situación administrativa de
procedencia, cuando participen desde una situación distinta a la de servicio activo.
cve: BOE-A-2025-10419
Verificable en https://www.boe.es
Décima. Resolución del concurso.