Comunidad Autónoma de AndalucíaV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Instituto Nacional de Administración Pública. Cursos. (BOE-B-2025-19212)
Resolución de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos e Industria, Energía y Minas en Málaga, por la que se declara, en concreto, la Utilidad pública del proyecto de la línea subterránea de alta tensión de 220 kV para la evacuación de la energía producida en las plantas fotovoltaicas denominadas "Casares Solar I", "Casares Solar II" y "Casares Solar III", sitas en el término municipal de Casares, en la provincia de Málaga, correspondiente al expediente AT-16951.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 26 de mayo de 2025
Sec. V-B. Pág. 29110
su Departamento de Infraestructas expresando objeciones. Dicho informe es
remitido a la solicitante para que alegue lo que estime pertinente. La contestación
realizada por SOLAR CAPITAL 2000, S.L. se remite con fecha 04/02/2025 al
Ayuntamiento de Casares, a fin de que en el plazo de 15 días se sirva prestar su
conformidad o exponer los reparos que estime oportunos. En dicho plazo no se
recibe comunicación alguna, por lo que se entiende su conformidad,según lo
dispuesto en el artículo 147 del Real Decreto 1955/2000. Asimismo el 05/03/25 se
recibe informe del Departamento de Medioambiente del Ayuntamiento de Casares
en el cual no se expresan objeciones.
Por último, el Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico no ha
contestado en el plazo de 30 días previsto en el artículo 146 del Decreto 1955/
2000 por lo que se entiende que no existe objeción por su parte.
TERCERO.- Presentada la documentación preceptiva que establece la
normativa en vigor y que obra en el expediente de referencia y de acuerdo con los
trámites reglamentarios establecidos en el Título VII del citado Real Decreto 1955/
2000, se sometió el expediente a trámite de audiencia e información pública,
insertándose anuncios en:
• Diario Málaga Hoy, del 23 diciembre de 2024
• BOJA n.º 4, del 8 de enero de 2025
• BOP Málaga n.º 6, del 10 de enero de 2025
• BOE n.º 311, del 26 de diciembre de 2024
• Tablón de Edictos del Excmo. Ayuntamiento de Casares
Así mismo, se han realizado las correspondientes publicaciones en el Portal de
Transparencia de la Junta de Andalucía.
CUARTO.- Que durante el período de información pública, el 17/01/2025 tiene
entrada escrito de Don Vicente Rubio Mörch, apoderado de las mercantiles
SINGLE HOME, S.A., y HOTEL FINCA CORTESÍN, S.L. en el cual se alega que
en la memoria del proyecto se enumeran una serie de fincas propiedad de las
citadas entidades con las que hay pendiente de formalizar acuerdos amistosos,
cuando en realidad existe un contrato de constitución de servidumbre de paso, que
fue elevado a público el pasado 25 de septiembre de 2024. Asimismo se alega que
las superficies afectadas que aparecen en la Memoria y Planos publicados, difieren
ligeramente de las que se pusieron de manifiesto en el citado contrato y deben
ajustarse a éste por ser los que la propia beneficiaria considera procedentes.
La sociedad SOLAR CAPITAL 2000, S.L., con fecha 06/03/2025 remite a esta
Delegación escrito contestando a las citadas alegaciones. En primer lugar acepta
que se firmó escritura de constitución de servidumbre con las mercantiles
indicadas en fecha 24 de septiembre de 2024. Respecto a la alegación segunda y
las discrepancias en las superficies, manifiestan que se debe a una modificación
del trazado, posterior a la firma del contrato, debido a exigencias de
administraciones públicas consultadas en el procedimiento de adquisición de
autorizaciones. En relación a ello manifiesta que ha comunicado a las empresas
alegantes su intención de seguir llegando a acuerdos amistosos para resolver y/o
modificar las servidumbres constituidas de ser necesario.
cve: BOE-B-2025-19212
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 126
Lunes 26 de mayo de 2025
Sec. V-B. Pág. 29110
su Departamento de Infraestructas expresando objeciones. Dicho informe es
remitido a la solicitante para que alegue lo que estime pertinente. La contestación
realizada por SOLAR CAPITAL 2000, S.L. se remite con fecha 04/02/2025 al
Ayuntamiento de Casares, a fin de que en el plazo de 15 días se sirva prestar su
conformidad o exponer los reparos que estime oportunos. En dicho plazo no se
recibe comunicación alguna, por lo que se entiende su conformidad,según lo
dispuesto en el artículo 147 del Real Decreto 1955/2000. Asimismo el 05/03/25 se
recibe informe del Departamento de Medioambiente del Ayuntamiento de Casares
en el cual no se expresan objeciones.
Por último, el Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico no ha
contestado en el plazo de 30 días previsto en el artículo 146 del Decreto 1955/
2000 por lo que se entiende que no existe objeción por su parte.
TERCERO.- Presentada la documentación preceptiva que establece la
normativa en vigor y que obra en el expediente de referencia y de acuerdo con los
trámites reglamentarios establecidos en el Título VII del citado Real Decreto 1955/
2000, se sometió el expediente a trámite de audiencia e información pública,
insertándose anuncios en:
• Diario Málaga Hoy, del 23 diciembre de 2024
• BOJA n.º 4, del 8 de enero de 2025
• BOP Málaga n.º 6, del 10 de enero de 2025
• BOE n.º 311, del 26 de diciembre de 2024
• Tablón de Edictos del Excmo. Ayuntamiento de Casares
Así mismo, se han realizado las correspondientes publicaciones en el Portal de
Transparencia de la Junta de Andalucía.
CUARTO.- Que durante el período de información pública, el 17/01/2025 tiene
entrada escrito de Don Vicente Rubio Mörch, apoderado de las mercantiles
SINGLE HOME, S.A., y HOTEL FINCA CORTESÍN, S.L. en el cual se alega que
en la memoria del proyecto se enumeran una serie de fincas propiedad de las
citadas entidades con las que hay pendiente de formalizar acuerdos amistosos,
cuando en realidad existe un contrato de constitución de servidumbre de paso, que
fue elevado a público el pasado 25 de septiembre de 2024. Asimismo se alega que
las superficies afectadas que aparecen en la Memoria y Planos publicados, difieren
ligeramente de las que se pusieron de manifiesto en el citado contrato y deben
ajustarse a éste por ser los que la propia beneficiaria considera procedentes.
La sociedad SOLAR CAPITAL 2000, S.L., con fecha 06/03/2025 remite a esta
Delegación escrito contestando a las citadas alegaciones. En primer lugar acepta
que se firmó escritura de constitución de servidumbre con las mercantiles
indicadas en fecha 24 de septiembre de 2024. Respecto a la alegación segunda y
las discrepancias en las superficies, manifiestan que se debe a una modificación
del trazado, posterior a la firma del contrato, debido a exigencias de
administraciones públicas consultadas en el procedimiento de adquisición de
autorizaciones. En relación a ello manifiesta que ha comunicado a las empresas
alegantes su intención de seguir llegando a acuerdos amistosos para resolver y/o
modificar las servidumbres constituidas de ser necesario.
cve: BOE-B-2025-19212
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 126