Ministerio de Defensa. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-10374)
Resolución 420/38231/2025, de 19 de mayo, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda de modificación y prórroga del Convenio con la Asociación de Amigos de la Academia de Caballería, para el fomento del conocimiento de la historia y tradiciones del arma de caballería.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 126
Lunes 26 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 69051
Segundo.
Que según recoge la cláusula novena, el convenio tendrá una vigencia de cuatro
años, pudiendo prorrogarse por mutuo acuerdo expreso de las partes, mediante adenda,
antes de su finalización, por periodos sucesivos de dos años, sin que la duración de las
prórrogas pueda exceder de cuatro años.
Tercero.
Que es preciso la adecuación del texto del convenio a la normativa vigente en
materia de protección de datos, así como la inclusión de una cláusula de actividad
editorial, por lo que procede su modificación.
Cuarto.
Que es voluntad de las partes continuar las actuaciones previstas en el convenio y,
para ello, consideran oportuno su modificación y prórroga.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir la presente adenda, que se regirá por
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto de la adenda de modificación y prórroga.
Las partes firmantes suscriben la presente adenda de modificación y prórroga con la
finalidad de:
a) Prorrogar el convenio suscrito, anteriormente referenciado, por dos años más,
continuando la cooperación mutua entre la Academia de Caballería (ACAB) y la
Asociación de Amigos de la Academia de Caballería (AAACAB) en cuantas actividades
contribuyan a un mejor conocimiento por parte de los componentes de la ACAB
(alumnado y cuadros de mando), así como de la sociedad civil de la Historia Militar y su
patrimonio, actividades todas ellas enmarcadas a la formación integral del alumnado y a
la difusión de la cultura de Defensa.
b) Modificar aspectos relativos a la confidencialidad de la información y protección
de datos de carácter personal.
c) Inclusión de aspectos relativos a la actividad editorial.
Segunda. Modificación del Convenio entre el Ministerio de Defensa y la Asociación de
Amigos de la Academia de Caballería para el fomento del conocimiento de la historia
y tradiciones del Arma de Caballería, suscrito el 22 de junio de 2021.
Uno. El párrafo sexto y séptimo de la cláusula tercera «confidencialidad de la
Información y Protección de Datos de Carácter Personal» del convenio quedan
redactados del siguiente modo:
«El Ministerio de Defensa y la AAACAB tienen la consideración de
responsables de los tratamientos propios en que se incorporen datos personales
que, cada una de las partes, respectivamente, recabe. El acceso a los datos
personales por una de las partes intervinientes en el convenio a los datos
personales de la otra parte se realizará bajo la consideración de encargado de
tratamiento de los datos personales, en los términos y condiciones expuestos en el
artículo 28 del RGPD y única y exclusivamente conforme a la finalidad que se
cve: BOE-A-2025-10374
Verificable en https://www.boe.es
El Convenio entre el Ministerio de Defensa y la Asociación de Amigos de la
Academia de Caballería para el fomento del conocimiento de la historia y tradiciones del
Arma de Caballería suscrito el 22 de junio de 2021, queda modificado como sigue:
Núm. 126
Lunes 26 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 69051
Segundo.
Que según recoge la cláusula novena, el convenio tendrá una vigencia de cuatro
años, pudiendo prorrogarse por mutuo acuerdo expreso de las partes, mediante adenda,
antes de su finalización, por periodos sucesivos de dos años, sin que la duración de las
prórrogas pueda exceder de cuatro años.
Tercero.
Que es preciso la adecuación del texto del convenio a la normativa vigente en
materia de protección de datos, así como la inclusión de una cláusula de actividad
editorial, por lo que procede su modificación.
Cuarto.
Que es voluntad de las partes continuar las actuaciones previstas en el convenio y,
para ello, consideran oportuno su modificación y prórroga.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir la presente adenda, que se regirá por
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto de la adenda de modificación y prórroga.
Las partes firmantes suscriben la presente adenda de modificación y prórroga con la
finalidad de:
a) Prorrogar el convenio suscrito, anteriormente referenciado, por dos años más,
continuando la cooperación mutua entre la Academia de Caballería (ACAB) y la
Asociación de Amigos de la Academia de Caballería (AAACAB) en cuantas actividades
contribuyan a un mejor conocimiento por parte de los componentes de la ACAB
(alumnado y cuadros de mando), así como de la sociedad civil de la Historia Militar y su
patrimonio, actividades todas ellas enmarcadas a la formación integral del alumnado y a
la difusión de la cultura de Defensa.
b) Modificar aspectos relativos a la confidencialidad de la información y protección
de datos de carácter personal.
c) Inclusión de aspectos relativos a la actividad editorial.
Segunda. Modificación del Convenio entre el Ministerio de Defensa y la Asociación de
Amigos de la Academia de Caballería para el fomento del conocimiento de la historia
y tradiciones del Arma de Caballería, suscrito el 22 de junio de 2021.
Uno. El párrafo sexto y séptimo de la cláusula tercera «confidencialidad de la
Información y Protección de Datos de Carácter Personal» del convenio quedan
redactados del siguiente modo:
«El Ministerio de Defensa y la AAACAB tienen la consideración de
responsables de los tratamientos propios en que se incorporen datos personales
que, cada una de las partes, respectivamente, recabe. El acceso a los datos
personales por una de las partes intervinientes en el convenio a los datos
personales de la otra parte se realizará bajo la consideración de encargado de
tratamiento de los datos personales, en los términos y condiciones expuestos en el
artículo 28 del RGPD y única y exclusivamente conforme a la finalidad que se
cve: BOE-A-2025-10374
Verificable en https://www.boe.es
El Convenio entre el Ministerio de Defensa y la Asociación de Amigos de la
Academia de Caballería para el fomento del conocimiento de la historia y tradiciones del
Arma de Caballería suscrito el 22 de junio de 2021, queda modificado como sigue: