Ministerio de Transportes y Movilidad SostenibleV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Instituto Nacional de Administración Pública. Cursos. (BOE-B-2025-19179)
Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla y León Occidental sobre Resolución de la Dirección General de Carreteras por la que se aprueba provisionalmente y se ordena la incoación del expediente de Información Pública y Oficial del Proyecto de Trazado "Continuidad de la Autovía Ruta de la Plata (A-66). Remodelación del enlace de buenos aires. Provincia de Salamanca". Clave: 45-SA-4470.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 26 de mayo de 2025
Sec. V-B. Pág. 29042
4.Ordenar a la Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla y León
Occidental que:
a) De acuerdo con el artículo 16 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de
Carreteras, se someta el Proyecto de Trazado al preceptivo informe de la
Comunidad Autónoma y Entidades Locales afectadas.
b) De acuerdo con el artículo 8 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de
Carreteras, se someta el Proyecto de Trazado a informe de los Departamentos
Ministeriales a los que pueda afectar.
c) Someta la modificación del trazado de las vías pecuarias a informe del
Órgano competente en materia de vías pecuarias de la Comunidad Autónoma y
consulta previa de las Corporaciones locales, de las Cámaras agrarias y de las
organizaciones profesionales agrarias afectadas, en cumplimiento del artículo 11
de la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de vías pecuarias.
d)Lleve a cabo los trámites necesarios para que la presente Resolución, y la
relación a que se refiere el artículo 17 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de
diciembre de 1954, sea publicada en el "Boletín Oficial del Estado", en el Boletín
Oficial de la provincia de Salamanca y en uno de los diarios de mayor circulación
de dicha provincia, comunicándose, además, a los Ayuntamientos en cuyo término
radique la cosa a expropiar, para que la fijen en el tablón de anuncios (artículo 18.2
de dicha Ley).
e) Remita la documentación del Proyecto de Trazado sometido a información
pública a las corporaciones locales afectadas, para su exposición al público, en
cumplimiento del artículo 34.7 del Reglamento General de Carreteras (Real
Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre).
f) Señale el lugar de exhibición del expediente, que en todo caso deberá estar
a disposición de las personas que lo soliciten a través de medios electrónicos en la
sede electrónica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, de acuerdo
con el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Es por ello por lo que, en virtud de lo ordenado en de dicha Resolución y
cuanto establece la legislación citada, esta Demarcación de Carreteras somete a
información pública el citado proyecto de trazado durante un plazo de treinta (30)
días hábiles contados a partir del primer día hábil siguiente al de la última fecha de
las publicaciones reglamentarias (Boletín Oficial del Estado, Boletín Oficial de la
provincia de Salamanca, y un diario de amplia circulación de la provincia de
Salamanca), a los efectos contemplados en:
- Los artículos 12 y 16 de la vigente Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de
Carreteras, y concordantes de su Reglamento aprobado por Real Decreto 1812/
1994, de 2 de septiembre, a los efectos de que se puedan realizar alegaciones
sobre las circunstancias que justifican la declaración de interés general de la
carretera y sobre la concepción global de su trazado.
- Los artículos 17, 18 y 19.1 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de
diciembre de 1954, y concordantes con el Decreto de 26 de abril de 1957 por el
que se aprueba el Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, en aplicación
del artículo 12.4 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras, todo ello a
los efectos de la declaración de utilidad pública y la necesidad de urgente
cve: BOE-B-2025-19179
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 126
Lunes 26 de mayo de 2025
Sec. V-B. Pág. 29042
4.Ordenar a la Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla y León
Occidental que:
a) De acuerdo con el artículo 16 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de
Carreteras, se someta el Proyecto de Trazado al preceptivo informe de la
Comunidad Autónoma y Entidades Locales afectadas.
b) De acuerdo con el artículo 8 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de
Carreteras, se someta el Proyecto de Trazado a informe de los Departamentos
Ministeriales a los que pueda afectar.
c) Someta la modificación del trazado de las vías pecuarias a informe del
Órgano competente en materia de vías pecuarias de la Comunidad Autónoma y
consulta previa de las Corporaciones locales, de las Cámaras agrarias y de las
organizaciones profesionales agrarias afectadas, en cumplimiento del artículo 11
de la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de vías pecuarias.
d)Lleve a cabo los trámites necesarios para que la presente Resolución, y la
relación a que se refiere el artículo 17 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de
diciembre de 1954, sea publicada en el "Boletín Oficial del Estado", en el Boletín
Oficial de la provincia de Salamanca y en uno de los diarios de mayor circulación
de dicha provincia, comunicándose, además, a los Ayuntamientos en cuyo término
radique la cosa a expropiar, para que la fijen en el tablón de anuncios (artículo 18.2
de dicha Ley).
e) Remita la documentación del Proyecto de Trazado sometido a información
pública a las corporaciones locales afectadas, para su exposición al público, en
cumplimiento del artículo 34.7 del Reglamento General de Carreteras (Real
Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre).
f) Señale el lugar de exhibición del expediente, que en todo caso deberá estar
a disposición de las personas que lo soliciten a través de medios electrónicos en la
sede electrónica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, de acuerdo
con el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Es por ello por lo que, en virtud de lo ordenado en de dicha Resolución y
cuanto establece la legislación citada, esta Demarcación de Carreteras somete a
información pública el citado proyecto de trazado durante un plazo de treinta (30)
días hábiles contados a partir del primer día hábil siguiente al de la última fecha de
las publicaciones reglamentarias (Boletín Oficial del Estado, Boletín Oficial de la
provincia de Salamanca, y un diario de amplia circulación de la provincia de
Salamanca), a los efectos contemplados en:
- Los artículos 12 y 16 de la vigente Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de
Carreteras, y concordantes de su Reglamento aprobado por Real Decreto 1812/
1994, de 2 de septiembre, a los efectos de que se puedan realizar alegaciones
sobre las circunstancias que justifican la declaración de interés general de la
carretera y sobre la concepción global de su trazado.
- Los artículos 17, 18 y 19.1 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de
diciembre de 1954, y concordantes con el Decreto de 26 de abril de 1957 por el
que se aprueba el Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, en aplicación
del artículo 12.4 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras, todo ello a
los efectos de la declaración de utilidad pública y la necesidad de urgente
cve: BOE-B-2025-19179
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Núm. 126