Consejo General Del Poder Judicial. III. Otras disposiciones. Juzgados de Primera Instancia e Instrucción. (BOE-A-2025-10368)
Acuerdo de 8 de abril de 2025, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se acuerda la distribución de los antiguos procedimientos de ejecución civil que siguen tramitándose en los juzgados de instrucción a los juzgados de primera instancia del partido judicial de Castellón, excepto los números 7 y 9.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 126

Lunes 26 de mayo de 2025

Sec. III. Pág. 69027

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL
10368

Acuerdo de 8 de abril de 2025, de la Comisión Permanente del Consejo
General del Poder Judicial, por el que se acuerda la distribución de los
antiguos procedimientos de ejecución civil que siguen tramitándose en los
juzgados de instrucción a los juzgados de primera instancia del partido
judicial de Castellón, excepto los números 7 y 9.

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión del
día 8 de abril de 2025, adoptó el siguiente acuerdo:
Primero.
Tomar conocimiento del acuerdo de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior
de Justicia de la Comunidad Valenciana de fecha 10 de abril de 2024, que trae causa del
acuerdo de la Junta sectorial de Jueces de los Juzgados de Instrucción y de
los Juzgados de Primera Instancia de Castellón, a excepción de los juzgados de familia y
discapacidad (juzgados de primera instancia n.º 7 y n.º 9) y mercantil, de fecha 26 de
marzo de 2024, relativos la propuesta para la distribución de asuntos entre los juzgados
de primera instancia, excepto los números 7 y 9, y los juzgados de instrucción
de Castellón, con el objeto de dar cumplimiento efectivo a la separación de jurisdicciones
acordada por Real Decreto 282/2001, de 16 de marzo (BOE número 66, de 17 de marzo
de 2001), cuya efectividad se produjo desde el día siguiente al de su publicación en
el «Boletín Oficial del Estado».
Segundo.
Acordar la distribución de los antiguos procedimientos de ejecución civil que siguen
tramitándose en los juzgados de instrucción a los juzgados de primera instancia del
partido judicial de Castellón, excepto los números 7 y 9, en la forma que por norma de
reparto se apruebe.
Las presentes normas de distribución de asuntos se aplicarán a partir del 1 de junio
de 2025.
Esta distribución afectará exclusivamente a aquellos procedimientos de ejecución
cuyo último proveído se haya dictado en el año 2024. Los restantes permanecerán en
sus juzgados de origen, para ser actualizados y dictar la resolución actual que
corresponde en cada uno de esos procedimientos, habida cuenta de los plazos de
paralización que se aprecian. Una vez actualizados, se remitirán todos a los juzgados de
primera instancia.
Tercero.

Cuarto.
Particípese este acuerdo al Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana
para su conocimiento, divulgación y ejecución, y traslado a la junta general de jueces del
partido judicial de Castellón, así como a los servicios de Inspección y de Personal
del Consejo General del Poder Judicial.
Madrid, 8 de abril de 2025.–La Presidenta del Consejo General del Poder Judicial,
María Isabel Perelló Doménech.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2025-10368
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Publíquese este acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado».